Días Feriados en Chile: anexos.

Aquí hay una serie de anexos con información extra acerca de los Días Feriados en Chile.


Índice.

Este documento tiene las siguientes secciones:

  1. Índice.
  2. Breve historia de los feriados.
  3. ¿Qué se celebra en Fiestas Patrias y qué días lo componen?
  4. Feriados de rango constitucional.
  5. ¿Qué es el Domingo de Resurrección? ¿Cómo se calcula?
  6. Feriados en días de elecciones o de plebiscitos.
  7. Feriados en días de censos de población.
  8. Historia de los feriados bancarios.
  9. ¿Qué exactamente cubren los días de asueto o feriados escolares?
  10. Día de los Estudiantes o Fiesta de la Primavera.
  11. Historia de los feriados administrativos vespertinos.
  12. ¿Seguro que no hay más feriados ocupacionales?
  13. Suspensión de feriados.
  14. ¿Qué feriados son retroactivos y por qué son problemáticos?
  15. ¿Seguro que este feriado es singular y no recurrente?
  16. Jefes de Estado de Chile desde 1826 en adelante.
  17. Listado de leyes y otras normas relevantes.
  18. Proyectos de ley acerca de feriados que han sido abandonados o siguen en trámite.

Breve historia de los feriados.

Originalmente, todos los feriados recurrentes en Chile correspondían a fiestas religiosas. Isabel Cruz Ovalle, en su ensayo Lo Sagrado Como Raíz de la Fiesta, indica lo siguiente:

El sistema de las fiestas religiosas en el Reino de Chile era complicado. Existían las fiestas fijas, en fechas determinadas, y las fiestas movibles, cuyas fechas variaban en el curso de los años; las fiestas religiosas de precepto, que eran todas aquellas en que era obligatorio oír misa y abstenerse de trabajar; las fiestas de tabla y las fiestas votivas, en algunas de las cuales la celebración era obligatoria; los días de vísperas de tablas y los días de punto o períodos entre fiestas; por otra parte, estaban todas las fiestas religiosas ocasionales, en las cuales se llamaba a la celebración por medio de bandos.

[...]

El año 1760 el Cabildo de Santiago recogió y sistematizó toda la normativa referente a las fiestas religiosas que se realizaban en la ciudad a lo largo de todo el año y la puso por escrito, en la «Tabla de la Ceremonia y Etiqueta que observará el Ilustre Cabildo en todas sus fiestas», mencionada, reglamento cuyo conocimiento es indispensable para la reconstitución del ritual festivo chileno.

Además de lo anterior, durante los primeros años de la independencia, el gobierno estableció los primeros feriados cívicos (hoy "civiles") recurrentes como parte de un esfuerzo para crear una identidad nacional: el 12 de febrero, el 5 de abril y el 18 de septiembre (que gozaron brevemente de rango constitucional - véase el anexo Feriados de rango constitucional. para más información), aunque solamente sobrevivió el tercero.

En 1824, el gran número de fiestas religiosas y la dificultad de seguirlas llevaron a la autoridad eclesiástica a emitir, con la anuencia del gobierno, un indulto apostólico que las redujo a una cantidad manejable.

Falta información sobre el período que va entre 1837 y 1877, pero aparentemente no hubo muchos cambios en la lista de feriados durante esta época.

Debe notarse que las primeras normas acerca de los feriados fueron decretos, y solamente a partir del siglo XX se regularon por ley. El ÍNDICE JENERAL de leyes promulgadas en Chile desde 1810 hasta el 1º de julio de 1913, de Ricardo Anguita, solamente lista las leyes 1.464 (p.316 y p.407), 1.479 (p.316, p.407 y p.891), 1.752 (p.316 y p.407), 1.990 (p.311 y p.330) y 2.379 (p.160, p.316 y p.407) (también menciona otras leyes que hablan de feriados, pero se refieren a lo que hoy se entiende como vacaciones).

La ley 1.990, de 1907, establece el descanso obligatorio de un día a la semana (generalmente el domingo) y también los días 1 de enero, 18 y 19 de septiembre y 25 de diciembre; esta ley puede ser considerada como precursora de las normas modernas sobre feriados. En 1915, la ley 2.977 redujo la lista de feriados vigentes.

Durante el siglo XX, se crearon nuevos feriados civiles y se eliminaron varios religiosos; actualmente la cantidad de ambos grupos es similar (contrástese con la situación durante el inicio de la república, en que casi todos eran religiosos).


¿Qué se celebra en Fiestas Patrias y qué días lo componen?

Las Fiestas Patrias (o, informalmente, "el 18") en Chile tienen una historia bastante más compleja que las demás festividades observadas en el país.

El feriado del 18 de septiembre fue establecido en 1811 y ha sido observado desde entonces, excepto durante el período de restauración monárquica (conocido popularmente como "reconquista"); inicialmente, celebraba la formación en 1810 de la primera Junta Nacional de Gobierno, leal al Rey de España. Durante el proceso de independencia, se transformó en la celebración de la "regeneración política de Chile" (frase usada en esa época para dar a entender lo que hoy se denominaría "génesis de la nación"), referida al mismo suceso.

Tras la independencia, el gobierno estableció los primeros feriados cívicos (hoy "civiles") como parte de un esfuerzo para crear una identidad nacional: instituyó el 12 de febrero y el 5 de abril, y retuvo el 18 de septiembre, cuyo motivo se mantuvo (de hecho, el decreto del 14 de agosto de 1824, que elimina el feriado del 5 de abril, dice explícitamente "regeneración política de Chile" en referencia al 18 de septiembre). Los dos primeros fueron eliminados a los pocos años, dejando al último (curiosamente, el menos independentista de los tres) como el único feriado civil; por ello, el 18 de septiembre empezó a ser usado a partir de 1837 para conmemorar la independencia de Chile y con el paso de las décadas se desarrolló en torno a éste el concepto de "fiestas patrias". Otro factor que realzaba aún más a esta fecha es que, desde 1831 hasta 1906, la transmisión del mando presidencial se efectuaba en este día.

Prácticamente desde el principio, la celebración del 18 de septiembre cubrió varios días en vez de uno solo (usualmente tres, aunque en los primeros años las fechas en que efectivamente se observó variaron bastante), como era la costumbre con las fiestas más importantes (esta dilatada extensión también ocurría con el Carnaval y el Aniversario de la Declaración de Independencia). La importancia de esta fiesta aumentó aun más tras la desaparición de los otros dos feriados civiles, y en poco tiempo se convirtió en la principal del año. Hacia la mitad del siglo XIX, la duración de las fiestas patrias se había estabilizado, celebrándose desde el 17 hasta el 20 de septiembre (una revisión de las fechas de publicación en el Diario Oficial confirma que éste fue el caso desde por lo menos 1877). Debe notarse que estos cuatro días correspondían a la celebración de fiestas patrias, sin que ninguno de ellos, salvo el 18 de septiembre mismo, tuviese identidad propia; en particular, el 19 de septiembre se asoció al ejército porque este era el día en que los soldados salían a celebrar (ya en 1840 se hablaba de dicha fecha como el día en que siempre salen las tropas al llano a divertirse en celebración de nuestro aniversario); la Parada Militar comenzó varias décadas más tarde, en 1896, y se escogió efectuarla el 19 de septiembre debido a esta asociación.

En 1897, la extensión de las fiestas patrias se redujo a tres días (del 18 al 20 de septiembre). En 1915, la ley 2.977 eliminó varios feriados y redujo las fiestas patrias a dos días, dándoles, por primera vez, identidades propias: el 18 pasó a celebrar la Independencia Nacional, recogiendo oficialmente la costumbre arraigada por décadas; el 19, las Glorias del Ejército (ídem, con el agravante de dejar de lado otras fechas más merecedoras de semejante título, como el 15 de enero [Batalla de Miraflores], el 20 de enero [Batalla de Yungay], el 7 de junio [Asalto y Toma del Morro de Arica] y el 10 de julio [Batalla de Huamachuco]).

En la práctica, la celebración de las fiestas patrias engloba, de ser posible, el fin de semana más cercano (por ejemplo, si el 18 de septiembre cae en jueves, las celebraciones llegarán hasta el domingo 21). Esto y la presión popular a lo largo de los siglos XX y XXI por aumentar la duración de esta fiesta han llevado a reinstaurar el 20 de septiembre (entre 1932 y 1944), a decretar feriados singulares de "sandwich" en varias ocasiones (20/09/1930, 17/09/1934, 20/09/1958, 17/09/2004 y 17/09/2007; también han habido intentos en otros años, pero han fracasado) y a la creación de uno recurrente el 2007 [sí, 2007] (el llamado Día de la Libación Nacional); además, las fiestas patrias en el (mal llamado) centenario y el (mal llamado) bicentenario de la independencia gozaron de duraciones mayores que lo habitual. Por añadidura, el 18 de septiembre es uno de los pocos feriados que goza del status de irrenunciable; en los años 2010 y 2011, el 19 de septiembre también lo ha tenido.

Eso de "mal llamado" en el párrafo anterior no es un adjetivo caprichoso: por mucho que se celebre la independencia de Chile el 18 de septiembre, independientemente de la fecha "correcta" (12 de febrero), el hecho es que la declaración de independencia se efectuó en 1818 y no en 1810. Por lo tanto, el centésimo aniversario (i.e.: el centenario) de la independencia de la República ocurrió en 1918, y el bicentenario ocurrirá en 2018.


Feriados de rango constitucional.

Prueba de la importancia que el gobierno de la época daba a los feriados civiles que había creado (el 12 de febrero, el 5 de abril y el 18 de septiembre), estos fueron mencionados explícitamente en la constitución de 1822 (promulgada el 30 de octubre de dicho año), lo que les dio el curioso rango de "feriado constitucional" (innovando respecto de las cartas fundamentales anteriores: los reglamentos constitucionales de 1811, 1812 y 1814 y la constitución de 1818); los artículos de interés de dicha norma son:

Art. 22. La Cámara de los Diputados se formará del modo siguiente: En la fiesta cívica del 5 de abril se expedirá una convocatoria, pidiéndose por los Cabildos a los inspectores, alcaldes de barrio y jueces de distrito, listas de los ciudadanos elegibles para electores, prefijándoles el perentorio término de quince días para que las remitan.

[...]

Art. 36. Concluída la elección, se avisará inmediatamente a los Diputados electos, para que concurran a la capital del Estado, y se abran las sesiones en la fiesta cívica del 18 de septiembre.

[...]

Art. 86. Para los casos de muerte, si el Congreso no estuviese reunido, se observará lo siguiente.- Habrá una caja de tres llaves de distintas guardas, depositada en una pieza contigua a la Sala Directorial. En los aniversarios cívicos del 12 de febrero, 5 de abril y 18 de septiembre el Director llevará un pliego escrito y firmado de su letra y nombre, y sellado con el sello de la Nación, y a presencia de todas las autoridades, lo guardará en dicha caja [...]

La constitución de 1822 tuvo corta vida: fue reemplazada el 29 de diciembre de 1823 por la constitución de 1823 (conocida como "moralista"), que no repite la mención a esas fiestas cívicas... aunque sí prescribe la celebración de otras cuatro:

Art. 258. Se establecerán cuatro fiestas cívicas en el año, decoradas de toda la pompa exterior e incentivos heroicos posibles; en cuyos días serán también honrados y premiados los que se hayan distinguido en las virtudes análogas a aquella fiesta. Ellas se dedicarán:

Esta carta fundamental resultó ser impracticable, por lo que fue suspendida en julio de 1824 y derogada en diciembre del mismo año; posteriormente fue reemplazada por la constitución de 1828, que no menciona feriados ni fiestas explícitamente, algo que se repite en las constituciones posteriores (las de 1833, de 1925 y de 1980).

Se desconoce si las fiestas prescritas por la constitución de 1823 llegaron a ser observadas alguna vez, aunque es altamente improbable que esto haya ocurrido.


¿Qué es el Domingo de Resurrección? ¿Cómo se calcula?

El Domingo de Resurrección es la fiesta más importante del calendario litúrgico cristiano; varias otras fiestas se observan cierta cantidad de días antes o después de ésta, conociéndose todas ellas como fiestas móviles. Por extensión, los feriados que las siguen son conocidos como feriados móviles.

En Chile existen dos feriados móviles vigentes (Viernes Santo y Sábado Santo) y otros cuatro que fueron derogados en el pasado (Carnaval, Jueves Santo, Ascensión del Señor y Corpus Christi). Hasta 1925, se observaron en las fechas establecidas por la Iglesia Católica Romana, pues ésta y el Estado no se habían separado. Tras la separación, se continuó con esta práctica, aunque probablemente no haya ninguna ley que la establezca explícitamente.


En vez de celebrarse en una fecha fija (como ocurre con la Navidad), el Domingo de Resurrección se observa el primer domingo tras el primer plenilunio primaveral; por motivos históricos, las diferentes iglesias cristianas calculan de distinta manera la fecha exacta que corresponde a cada año.

La siguiente fórmula permite calcular cuándo cae el Domingo de Resurrección en un año dado, de acuerdo con la Iglesia Católica Romana, y utilizando el calendario gregoriano. Todas las variables son enteras (int); la división ('/') es entera; el operador '%' corresponde al remanente de la división entera.

    G = año % 19
    C = año/100
    H = (C - C/4 - (8*C+13)/25 + 19*G + 15) % 30
    I = H - (H/28)*(1 - (29/(H + 1))*((21 - G)/11))
    J = (año + año/4 + I + 2 - C + C/4) % 7
    L = I - J

    mes = 3 + (L + 40)/44
    dia = L + 28 - 31*(mes/4)

La clase Java FechasMoviles utiliza esta fómula para entregar el Domingo de Resurrección y otras fechas móviles para un año entregado como parámetro.


Feriados en días de elecciones o de plebiscitos.

Durante el siglo XIX, los días de elecciones no eran declarados feriados. Esto probablemente se haya debido a que, sencillamente, no era necesario: el universo electoral era bastante reducido, especialmente durante las primeras décadas de la República. La situación desde el inicio del siglo XX en adelante es diferente, como se detalla en las siguientes secciones.

Elecciones presidenciales.


Elecciones parlamentarias.


Elecciones municipales.


Plebiscitos (o plebiscitos nacionales).


Plebiscitos comunales.

En marzo de 1990, la ley 18.963 creó los plebiscitos comunales (y renombró los plebiscitos a secas a "plebiscitos nacionales" para poder distinguir entre ambos tipos de consulta popular). Entre otros cambios, el artículo 169 de la ley 18.700 pasó a decir [énfasis añadido en la oración agregada]:

Artículo 169.- El día que se fije para la realización de las elecciones y plebiscitos será feriado legal.
Los plebiscitos comunales se efectuarán en día domingo.

De esto se desprende que los plebiscitos comunales no gozan de feriados (ni siquiera locales).

Nota: muchas municipalidades han dictado "ordenanzas de participación ciudadana", mediante decretos o resoluciones municipales; casi todas ellas indican que Los plebiscitos comunales se realizarán, preferentemente, en días sábado y en lugares de fácil acceso., lo que contradice directamente la ley. Debido a la similitud que todas estas ordenanzas presentan (sin ir más lejos, la frase citada está casi siempre en el artículo 25), es evidente que fueron creadas a partir de una plantilla que ya contenía el error; muy pocas municipalidades se han molestado en corregirlo.


Feriados en días de censos de población.

En Chile se han realizado censos de población desde el siglo XIX (en rigor, desde antes, si se considera el período previo a la independencia). A partir del censo de 1907, los días en que se efectuaban eran declarados feriados para facilitar el proceso y disponer de personal (bajo órdenes o voluntario) para las labores requeridas; inicialmente se recurría a funcionarios públicos y profesores y después se agregó a los alumnos mayores de los colegios. Inicialmente, los feriados en días de censo eran de ámbito restringido; desde 1982 hasta 2002 fueron de ámbito normal; esta práctica terminó (¿o no? ver más abajo) en el censo de 2012.

Las primeras leyes de censos son las del 12 de julio de 1843 y 8 de julio de 1853, a las que no se ha tenido acceso; es improbable que hayan declarado feriados los días de censo (pues de ser así, las normas dictadas al respecto desde 1907 en adelante habrían sido innecesarias).

Los censos de población que se han efectuado son:

  1. 1835: sin información (recuérdese que éste correspondió más bien a la aglutinación de los censos parciales de 1831 y 1834).

  2. 01/10/1843: sin información (probablemente no hubo feriado de ningún tipo).

  3. 19/04/1854: sin información (probablemente no hubo feriado de ningún tipo); se sabe que hubo un decreto "de 25 de febrero de 1854" que gobernó este censo.

  4. 19/04/1865: sin información (probablemente no hubo feriado de ningún tipo).

  5. 19/04/1875: sin información (probablemente no hubo feriado de ningún tipo).

  6. 26/11/1885: no hubo feriado. El decreto S/N de 1885 del Ministerio de lo Interior, que gobernó este censo, no efectúa tal declaración.

  7. 28/11/1895: no hubo feriado. El decreto 2.601 de 1895 del Ministerio de lo Interior, que gobernó este censo, no efectúa tal declaración.


  8. 28/11/1907: el decreto 4.935 de 1907 del Ministerio del Interior declaró feriado administrativo (incluyendo a los funcionarios municipales) el 28 de noviembre de 1907. Nótese que habla de "empadronamiento de habitantes" (que es, en rigor, la actividad dentro de un censo de población que se efectúa durante el "día del censo" - el resto del trabajo [recopilación de los datos, tabulación, etcétera] se efectúa posteriormente y durante bastante más tiempo que un día).

  9. 15/12/1920: el decreto 6.644 de 1920 del Ministerio de Instrucción Pública declaró feriado escolar el 15 de diciembre de 1920.

  10. 27/11/1930: el decreto 5.715 de 1930 del Ministerio de Educación Pública declaró feriado escolar el 27 de noviembre de 1930.

  11. 28/11/1940: el decreto 6.617 de 1940 del Ministerio de Educación Pública declaró feriado escolar el 28 de noviembre de 1940.

  12. 24/04/1952: el decreto 1.242 de 1951 del Ministerio de Economía y Comercio declaró feriado escolar los días 23, 24 y 25 de abril de 1952.

  13. 29/11/1960: este fue el único censo de población del siglo XX que no gozó de un feriado.

  14. 22/04/1970: el decreto 1.046 de 1970 del Ministerio de Educación Pública declaró feriado escolar el 22 de abril de 1970.


  15. 21/04/1982: la ley 18.116 declaró feriado normal el 21 de abril de 1982.

  16. 22/04/1992: la ley 19.116 declaró feriado normal el 22 de abril de 1992.

  17. 24/04/2002: la ley 19.790, publicada en febrero de 2002, incorpora el artículo 43 a la ley 17.374, que declara feriados los días en que se efectúen los censos oficiales; esto cubre el del 24 de abril de 2002 y todos los posteriores.


  18. No habrá feriado (¿o sí?): en el censo de 2012 se utilizará una nueva metodología, cuyo cambio más importante es que en vez de hacer el empadronamiento en un solo día, éste se efectuará durante un período de unos dos meses, eliminando de esta manera la necesidad de declarar un día feriado.

    La situación no es tan simple, en todo caso...

    En febrero de 2002, la ley 19.790 introdujo los siguientes artículos en la ley 17.374 [énfasis añadido]:

    Artículo 43.- Tendrá el carácter de feriado legal el día en que deba procederse al levantamiento de los censos oficiales.
    La fecha del censo será determinada por resolución del Director Nacional del Instituto Nacional de Estadísticas.

    Artículo 44.- Quedan prohibidas, desde las 6 hasta las 18 horas del día mencionado en el artículo anterior, las actividades, espectáculos y reuniones públicas al aire libre o en recintos cubiertos, las funciones teatrales, exhibiciones cinematográficas, competencias deportivas y eventos similares a los indicados.
    La misma prohibición se extenderá al funcionamiento de los restaurantes, supermercados, rotiserías, panaderías, bares, clubes, y, en general, a todo comercio de venta de artículos alimenticios y de bebidas, todos los cuales deberán permanecer cerrados hasta la hora indicada.

    En febrero de 2010 se publicó el decreto 321 de 2010 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que ordena levantar el censo de 2012. En su versión original, decía lo siguiente [énfasis añadido]:

    Artículo 1º.- El Instituto Nacional de Estadísticas procederá a levantar en todo el país, durante el curso del año 2012, el XVIII Censo Nacional de Población y VII de Vivienda, facultándose al(la) Director(a) Nacional de Estadísticas para fijar el día de la realización del Censo mediante resolución que deberá publicarse en el Diario Oficial.

    En agosto de 2011 se publicó el decreto 36 de 2011 del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que regula este censo. Esta norma contiene, entre otros, los siguientes artículos [énfasis añadido]:

    Artículo 1º.- El Instituto Nacional de Estadísticas (INE) procederá a levantar en todo el país, durante el año 2011, el Precenso Nacional, y en el curso del año 2012, el XVIII Censo Nacional de Población y VII de Vivienda, correspondiendo al Director(a) Nacional de Estadísticas fijar el día de la realización de este último evento, mediante resolución que deberá publicarse en el Diario Oficial.

    Artículo 2º.- El XVIII Censo Nacional de Población y VII de Vivienda, corresponde a un conteo y calificación universal de las viviendas y del número de hogares y personas que están en el país el día de la realización del levamentamiento, que contempla recoger, compilar, evaluar, procesar, tabular, analizar y publicar datos demográficos, económicos y sociales, relativos a un momento dado o a cierto período dado. Con los datos recolectados en este operativo se elaborará información que permitirá conocer las características socioeconómicas de la población y su calidad habitacional y, a partir de ello, se lograrán fundamentar diversos procesos estratégicos, como la elaboración de políticas públicas, estudios académicos, entre otros.

    [...]

    Artículo 54º.- Censista es un tipo de empadronador(a) voluntario(a) que el día del censo debe aplicar el cuestionario censal en un sector de empadronamiento determinado.

    [...]

    Artículo 66º.- Todos los comandantes de unidades militares, comandantes de buques de guerra o capitanes de barcos mercantes, jefes de bases navales o aeropuertos, jefes(as) de establecimientos penales o correccionales, directores(as) de internados de cualquier naturaleza, hospitales, superiores de congregaciones religiosas o de otra orden, dueños(as) o administradores(as) de hoteles, residenciales, fundos, albergues, residencias del adulto mayor, fábricas, talleres, etc., serán responsables del empadronamiento de las personas que hayan pernoctado la noche anterior al día del levantamiento Censal en aquellos lugares o recintos, debiendo ceñirse en todo a las instrucciones impartidas por los funcionarios(as) ejecutivos(as) de los censos.

    Artículo 67º.- Los(as) responsables de los medios de locomoción colectiva terrestre, marítima, fluvial y aérea, deberán participar en el empadronamiento de los pasajeros a su cargo que, la noche anterior al día del levantamiento Censal, hayan pernoctado en el respectivo medio de transporte. Para estos efectos, deberán ceñirse a las instrucciones impartidas por el Jefe(a) Ejecutivo(a) Censal correspondiente.

    Artículo 68º.- Las personas que viajen el día del Censo, tendrán la obligación de proporcionar previamente o durante el viaje, los datos censales que les sean solicitados por la autoridad competente, los que se consignarán en un cuestionario ad-hoc.

    Artículo 69º.- Las personas que no alojen en ninguna parte la noche anterior al día del Censo, en razón de desempeñar labores nocturnas y otras, deberán adoptar las medidas necesarias para ser empadronados en su residencia habitual.

    Tanto la ley como ambos decretos hacen referencia explícita a que el censo debe ser levantado en un día, como siempre se ha hecho. Hasta aquí, todo bien: solamente faltaba que el director del INE emitiera una resolución que fijara el día en que el censo se efectuaría.

    Sin embargo, en septiembre de 2011 el INE anunció cambios significativos en la forma de ejecutar los censos de población: en vez de recurrir a una gran cantidad de voluntarios que efectuaren el empadronamiento en un solo día, éste sería realizado por un número relativamente reducido de trabajadores remunerados durante un período de aproximadamente dos meses; de esta manera, el feriado correspondiente a este censo no sería necesario. Véanse los artículos Inédito cambio en Censo 2012 mejorará calidad y cobertura, Drásticos cambios en Censo 2012: Recolección de datos durará dos meses e INE propone importante modificación metodológica para el Censo 2012 para más información.

    Pero... la normativa vigente dice otra cosa.

    Durante varios meses, nadie se molestó en modificar ni la ley ni los dos decretos ya mencionados, por lo que seguían vigentes y ordenaban levantar el censo de manera tradicional, contrario a lo que se pretende hacer. Dado esto, ¿podría verse el director del INE expuesto a una sanción, por estar actuando fuera del marco legal?

    El 4 de enero de 2012 se publicó el decreto 143 de 2011 del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que buscó resolver este problema reemplazando el artículo 1 del decreto 321 de 2010 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción por el siguiente:

    Artículo 1º.- El Instituto Nacional de Estadísticas procederá a levantar en todo el país, durante el curso del año 2012, el XVIII Censo Nacional de Población y VII de Vivienda.

    Como se puede ver, se elimina la (única) referencia a realizar el censo en un solo día que existe en el decreto 321 de 2010 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción... pero éste ahora solamente dice que el censo se efectuará durante el año 2012 - no que "se levantará en un período de dos meses" o que "se hará entre abril y mayo". La Contraloría General de la República cursó con alcance este decreto, diciendo que Esta entidad [...] cumple con hacer presente que el artículo 43 de la ley Nº 17.374, señala que tendrá el carácter de feriado legal el día en que deba procederse al levantamiento de los censos oficiales y que la fecha del censo será determinada por resolución del Director Nacional del Instituto Nacional de Estadísticas.: el problema no está resuelto: se requiere una modificación legal para poder hacer el censo de la forma que pretende el INE... y modificar también el decreto 36 de 2011 del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo.

    Y ojo, que los censistas, de acuerdo con el inalterado artículo 54, deben ser voluntarios... ¿qué pasará si el ministerio intenta pagar a los censistas supuestamente remunerados y la Contraloría suspende los pagos? ¿Podría el censo fracasar debido a una huelga?

    La teleserie continúa.

    Si, de alguna manera, el cambio en la forma de hacer este censo queda a firme, el aún vigente artículo 43 de la ley 17.374 (ése que declara feriados los días en que se efectúen censos) se convertirá en letra muerta. Compárese con la ley 2.977, que todavía declara feriados los días de elecciones de electores de Presidente de la República.


    Nota: en versiones antiguas de este documento, previas a los anuncios del INE, se había informado que este censo se efectuaría, probablemente, el 25 de abril de 2012, lo que parece que ya no es el caso; dicha fecha fue estimada siguiendo el patrón dejado por las fechas de los censos realizados en 1970, 1982, 1992 y 2002. ¿Será necesario reponerla?


Historia de los feriados bancarios.

Los feriados bancarios sirven a dos propósitos:

  1. Permitir a los bancos hacer sus balances semestrales o anuales, suspendiendo la atención al público. No fueron creados para dejar de trabajar ese día, como algunas personas creen (compárese con un feriado ocupacional genuino, como el Día Nacional del Cinematografista).
  2. Suspender por uno o más días las actividades financieras, para evitar que un hecho extremo desestabilice en demasía al mercado.

Las leyes o decretos que establecen algunos (antiguos) feriados bancarios permiten (en vez de obligar) el cierre de puertas a los bancos. En estos casos, son marcados como "feriado bancario (voluntario)" en vez de "feriado bancario" a secas.

Feriados bancarios recurrentes.

Antiguamente, los bancos (y otras instituciones, como la Caja de Crédito Hipotecario) estaban obligados por ley a atender al público de lunes a sábado en horarios determinados. La norma más antigua conocida es la ley de bancos de emisión, de 1860, que establece lo siguiente en el artículo 28:

Los bancos i sus sucursales mantendrán abiertas sus oficinas a disposicion del público todos los dias no feriados, desde las diez de la mañana hasta las cuatro de la tarde, bajo una multa que no exceda de mil pesos por cada vez que sin justa causa contravengan a esta disposicion.

Posteriormente, el decreto 136 de 1875 del Ministerio de Hacienda autoriza cerrar el 1 de julio de cada año [énfasis añadido]:

Artículo único. Agréguese al artículo 28 de la lei de Bancos de Emision el siguiente inciso: Exceptúase asimismo el dia primero de julio de cada año, en que podrán mantener sus oficinas cerradas durante todo el dia.

En 1901, se publica la ley 1.479, que dice [énfasis añadido]:

ARTICULO PRIMERO. La Caja de Crédito Hipotecario i los Bancos podrán cerrar sus oficinas:
a) El Lunes, Mártes i Miércoles de Ceniza;
b) El Jueves, Viérnes i Sábado de la Semana Santa;
c) Los dias 18, 19 i 20 de Setiembre; i
d) El dia 1.º de Julio de cada año.

En 1915, la ley 2.977 indica que las instituciones de crédito i el comercio podrán cerrar sus puertas el dia 1º de julio i los sábados, a las dos de la tarde.. Algo no está bien aquí: no se ha encontrado ninguna norma (emitida antes que la ley 2.977) que reemplace la ley 1.479, por lo que (con la información disponible) habrían dos leyes vigentes referidas al mismo día: una que decreta un feriado bancario (voluntario) y otra que presume que se atiende público (y simplemente autoriza reducir el horario de atención). La situación se complica aún más en 1927: la ley 4.127 reemplaza en la ley 2.977 el 1 de julio por el 30 de junio.

A partir del 8 de junio de 1931, el D.F.L. 157 de 1931 del Ministerio de Hacienda deja solamente un feriado bancario: el 30 de junio (aunque varios de los días eliminados [Viernes y Sábado Santos, 18 y 19 de septiembre] ya eran feriados de ámbito normal, por lo que solamente cinco de estos feriados bancarios voluntarios se vieron realmente afectados [lunes, martes y miércoles de ceniza, Jueves Santo y 20 de septiembre; éste último, además, volvió a ser feriado (de ámbito normal) entre 1932 y 1944]):

Art. 3.º Las instituciones a que se refiere esta ley, podrán cerrar sus puertas el día 30 de Junio, sin que por esta circunstancia deba considerarse ese día como festivo o feriado para los efectos legales.

Esta norma permite acotar la (posible) inconsistencia entre la ley 1.479 y la ley 2.977.

El cierre de puertas a fin de año aparece recién en 1934, mediante la ley 5.547, que especifica que Los bancos [...] podrán cerrar sus puertas el 31 de diciembre del presente año, [...]. El año siguiente, la ley 5.784 modifica el D.F.L. 157 de 1931 del Ministerio de Hacienda, añadiendo el 31 de diciembre de forma permanente desde 1936 en adelante.

En julio de 1956, la ley 12.051 reemplaza el artículo 3 del D.F.L. 157 de 1931 del Ministerio de Hacienda, estableciendo por primera vez el cierre obligatorio. Dicha norma pasa a decir:

Artículo 3º Las instituciones a que se refiere esta ley, como asimismo la Caja de Crédito Popular, no atenderán al público los días 30 de junio y 31 de diciembre, sin que por estas circunstancias deban considerarse esos días como festivos o feriados para los efectos legales, excepto en lo que se refiere al pago y protesto de letras de cambio, que deberán hacerse al siguiente día hábil".

En el listado de feriados recurrentes se indican 1957 y 1956 como años de inicio de los feriados bancarios de fin de semestre y fin de año, respectivamente, por este motivo.

Posteriormente, el D.F.L. 252 de 1960 del Ministerio de Hacienda fija la Ley General de Bancos, con este artículo:

Artículo 33º.- El Banco Central de Chile, el Banco del Estado de Chile y los bancos comerciales e hipotecarios no atenderán al público los días 30 de Junio y 31 de Diciembre, sin que por esta circunstancia deban considerarse esos días como festivos o feriados para los efectos legales, excepto en lo que se refiere al pago y protesto de letras de cambio.

En 1965, la ley 16.324 establece un nuevo horario de atención al público, indicando por primera vez que es solamente de lunes a viernes, y convierte a los sábados en feriados bancarios (esta medida fue revertida por un breve lapso en 1973).

En 1975, los avances computacionales permitieron eliminar el balance de fin de semestre. Por ello, el decreto ley 1.171 de 1975 elimina el feriado bancario del 30 de junio, dejando solamente el del 31 de diciembre.

En 1997, la ley 19.528 elimina el feriado bancario de fin de año, provocando las protestas de los trabajadores bancarios (que lo consideraban erradamente un feriado ocupacional); unos meses después, se publica la ley 19.559, que lo restablece.

Feriados bancarios singulares.

Históricamente, se han utilizado (varias veces con el nombre explícito de "feriado bancario") para evitar desastres en el mercado debido a hechos extremos. En Chile, a diferencia de otros países de la región, se han decretado con muy poca frecuencia - no ha habido ninguno desde el 14 de enero de 1983.


¿Qué exactamente cubren los días de asueto o feriados escolares?

Durante el siglo XIX y principios del XX se utilizaba el término "asueto" para referirse a la suspensión de clases, fuera por vacaciones programadas ("asueto de semana santa", "asueto de septiembre", etcétera) o por un feriado escolar propiamente tal ("día de asueto"). Este vocablo cayó en desuso con el paso de los años - todas las normas posteriores a 1921 hablan de "feriado escolar" o de "vacaciones".

Hoy en día se entiende que un feriado escolar suspende las clases en todos los colegios (o escuelas, liceos, etcétera) de enseñanza básica, media y técnico-profesional (a veces también se incluye la enseñanza pre-básica en el lote, aunque en rigor esto no corresponde), tanto pública como privada. En cambio, en el pasado esto no necesariamente era así: antes de la creación del Ministerio de Educación Pública (ver el D.F.L. 7.912 de 1927 del Ministerio del Interior), era frecuente que los decretos al respecto del Ministerio de Instrucción Pública (y antes, los del Ministerio de Justicia e Instrucción Pública) decretaran días de asueto solamente para algunas ramas de la enseñanza, o que fueran válidos sólo para las escuelas públicas, dejando fuera a los colegios privados. Por añadidura, había establecimientos educacionales que dependían del Ministerio de Industria y Obras Públicas, por lo que no estaban afectos a dichas normas (todo esto es independiente de si el feriado escolar de turno era nacional o local, recurrente o singular).

En este documento se determina el alcance de cada feriado escolar mediante el siguiente criterio:

El lector atento habrá notado que algunos feriados escolares de antaño cubrían también a la educación superior (las universidades). Se desconoce cuándo dejó de considerarse a esta rama como parte de lo "escolar".


Día de los Estudiantes o Fiesta de la Primavera.

A principios del siglo XX, los estudiantes universitarios santiaguinos empezaron a observar el "Día de los Estudiantes" (también denominado "Fiesta de los Estudiantes"); lo que al principio fue una ocasión de alcance reducido creció y se convirtió en un evento que se celebraba en todo el país (según una fuente, la primera vez que se celebró a nivel nacional fue en 1915... lo que hace pensar que esta fiesta fue concebida como una suerte de reemplazo del Carnaval, que fue feriado por última vez en 1914). Como esta fiesta era efectuada el tercer o cuarto sábado de octubre (aunque se observó en noviembre en [por lo menos] 1930, 1932 y 1938), durante la estación vernal, adquirió con el tiempo una identidad dual y terminó siendo más conocida como "Fiesta de la Primavera".

Los gobiernos de la época veían con buenos ojos esta celebración, por lo que frecuentemente declararon como feriado escolar el día en que se efectuaba: se han encontrado decretos al respecto para el 21 de octubre de 1916, el 20 de octubre de 1917, el 8 de noviembre de 1930, el 17 de octubre de 1936 y el 19 de noviembre de 1938, como "Fiesta de los Estudiantes", y para el 22 de octubre de 1927 y el 24 de octubre de 1931 como "Fiesta de la Primavera". También se cuenta con el decreto 1.944 de 1932 del Ministerio de Fomento, que declaró (retroactivamente) feriado escolar el sábado 12 de noviembre de 1932 para los alumnos de la Escuela de Minas de Copiapó, por celebrarse en ese día la fiesta de los estudiantes.

Es probable que hayan habido más feriados escolares dedicados al mismo motivo, pero no se sabe a ciencia cierta: el Ministerio de Instrucción Pública/Educación Pública/Educación tenía (y sigue teniendo) el mal hábito de no publicar todos sus decretos en el Diario Oficial (ni en el Boletín de Leyes y Decretos del Gobierno); hay fuentes no oficiales (y no confirmadas) que indican que hubo feriado escolar el 23 de octubre de 1915 (la primera vez en que se celebró a nivel nacional el Día de los Estudiantes) y en 1951; en 1932 seguramente también hubo uno.

Con el paso de las décadas, la importancia de esta fiesta decayó y dejó de celebrarse. Hubo un último intento de revitalizarla en la década del '70, pero para 1980 era solamente un recuerdo.

La creación del Día del Alumno (un día nacional de ámbito restringido) es un hecho muy posterior y completamente independiente.


Historia de los feriados administrativos vespertinos.

Los funcionarios públicos no están obligados a trabajar en las tardes de las vísperas de algunos feriados; este privilegio, establecido por el Estatuto Administrativo que gobierna sus condiciones laborales, tiene la siguiente historia:

En resumen: la víspera de Navidad y la víspera de Año Nuevo fueron feriados administrativos vespertinos desde 1944 hasta 1988. La víspera de Fiestas Patrias lo fue desde 1953 hasta 1959. Desde 1989 en adelante, ninguno de estos tres feriados está vigente, aunque siguen existiendo beneficios en el Estatuto Administrativo que tienen el mismo efecto.


Los funcionarios municipales han tenido históricamente un tratamiento un tanto diferente al resto de la administración pública, incluyendo un estatuto administrativo separado (usualmente llamado "estatuto de los empleados municipales" o, a veces, simplemente "estatuto municipal").

El actual estatuto administrativo para funcionarios municipales (establecido por la ley 18.883), extiende el mismo beneficio de no tener que trabajar en las tres vísperas discutidas, sin que llegue a tratarse de un feriado:

Artículo 63.- El alcalde podrá ordenar trabajos extraordinarios a continuación de la jornada ordinaria, de noche o en días sábados, domingos y festivos, cuando hayan de cumplirse tareas impostergables.
Los trabajos extraordinarios se compensarán con descanso complementario. Si ello no fuere posible por razones de buen servicio, aquéllos serán compensados con un recargo en las remuneraciones.

[...]

Artículo 68.- Los funcionarios no estarán obligados a trabajar las tardes de los días 17 de septiembre y 24 y 31 de diciembre de cada año, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 63.

Nótese que estos artículos y los del Estatuto Administrativo son prácticamente idénticos.

Este beneficio aparenta ser reciente, pues aparece explícitamente recién en 1989, pero en realidad es anterior:


¿Seguro que no hay más feriados ocupacionales?

Hasta donde se ha podido determinar, solamente han existido dos feriados ocupacionales: el Día Nacional del Cinematografista y el Día Nacional del Campesino (recuérdese que los feriados bancarios, administrativos y militares se cuentan aparte en este documento). Es improbable que hayan existido otros, pues en tal caso la ley 18.018 habría derogado las leyes que los instituyeron (como ocurrió con las leyes 17.772 y 17.827).

De todas maneras, existen algunas industrias que establecen de motu proprio el tomarse un día de descanso o celebración; los casos más conocidos son:

Existe un día nacional, el Día del Trabajador de la Empresa de Transportes Colectivos del Estado, que puede ser interpretado erróneamente como un feriado ocupacional; la entrada dedicada a dicho día explica por qué no es el caso.

Por último, el Día Nacional del Comercio estuvo cerca de ser un feriado ocupacional vespertino voluntario, pero esto no llegó a concretarse; la entrada dedicada a dicho día explica esto en detalle.


Suspensión de feriados.

Los feriados recurrentes son establecidos y derogados por ley, por lo que se requiere una norma del mismo rango para suspenderlos. Las suspensiones conocidas son:


¿Qué feriados son retroactivos y por qué son problemáticos?

Uno de los principios básicos de la ley es la seguridad jurídica, que representa la certeza de que se conoce todo aquello que es mandado, prohibido o permitido por el poder público. De ella deriva la irretroactividad de las leyes, que significa que éstas no pueden tener efectos en el pasado (antes de la vigencia de la norma de turno).

En Chile, las leyes y los decretos de gobierno entran en vigencia una vez que son publicados en el Diario Oficial o en una fecha indicada explícitamente (que no puede ser anterior a la de su publicación). Así, las normas que declaren un día feriado deben publicarse, a más tardar, el mismo día.

Si un día fue hábil, de acuerdo con lo que decía la ley en ese momento, pero después una norma lo declara feriado retroactivamente, se viola la seguridad jurídica, lo que tiene efectos bastante serios; por ejemplo: una empresa podría enfrentarse a una multa de la Dirección del Trabajo por no haber pagado a sus empleados las horas extraordinarias de trabajo... que eran normales cuando las efectuaron en ese día.

Debe recordarse además que la fecha de vigencia inicial a considerar es la de la publicación de la norma, no la de su promulgación; una norma promulgada podría ser detenida por varios motivos antes de publicarse, e incluso podría terminar desechada (por ejemplo: el Frente Liberal Estatista Lista Azul detenta el gobierno y una amplia mayoría en el Congreso; dicho partido decide otorgar un día feriado que solamente pueden gozar los miembros de su partido; el trámite es rápido y el presidente promulga la ley, pero... el partido de Restauración Democrática Permanente presenta un requerimiento ante el Tribunal Constitucional, exigiendo que anule esta ley por ser discriminatoria; este organismo concuerda con esa apreciación y falla en consecuencia: finalmente el proyecto no se publica como ley y por lo tanto el feriado no llega a existir).

Habiendo dicho todo esto, se listan los feriados retroactivos conocidos. Las normas correspondientes a cada uno de ellos fueron publicadas en el Diario Oficial a destiempo; las que además fueron promulgadas tardíamente son destacadas con un fondo amarillo claro (nótese que se concede el beneficio de la duda a aquellas cuya fecha de promulgación es desconocida).

feriado singular norma fecha de promulgación fecha de publicación
feriado singular norma fecha de promulgación fecha de publicación
18 a 23 de mayo de 1903 (fechas presuntas) decreto 2.673 de 1903 del Ministerio de Instrucción Pública 14/05/1903 06/07/1903
22 y 23 de mayo de 1903 decreto 2.801 de 1903 del Ministerio de Instrucción Pública 19/05/1903 09/07/1903
25 y 26 de mayo de 1903 decreto 2.812 de 1903 del Ministerio de Instrucción Pública 23/05/1903 09/07/1903
25 de mayo de 1915 decreto 1.967 de 1915 del Ministerio de Instrucción Pública 24/05/1915 12/10/1915
24 de agosto de 1916 decreto 3.596 de 1916 del Ministerio de Instrucción Pública 23/08/1916 06/10/1916
12 de octubre de 1916 decreto 4.340 de 1916 del Ministerio de Instrucción Pública 09/10/1916 31/10/1916
decreto 4.421 de 1916 del Ministerio de Instrucción Pública 11/10/1916 31/10/1916
21 de octubre de 1916 decreto 4.436 de 1916 del Ministerio de Instrucción Pública 20/10/1916 10/11/1916
12 de octubre de 1917 decreto 4.529 de 1917 del Ministerio de Instrucción Pública 04/10/1917 18/10/1917
20 de octubre de 1917 decreto 4.603 de 1917 del Ministerio de Instrucción Pública 18/10/1917 26/10/1917
decreto 1.727 de 1917 del Ministerio de Industria y Obras Públicas 19/10/1917 27/10/1917
12 de noviembre de 1917 decreto 4.913 de 1917 del Ministerio de Instrucción Pública 08/11/1917 19/11/1917
10 de agosto de 1920 decreto 4.918 de 1920 del Ministerio de Instrucción Pública 09/08/1920 18/11/1920
27 de noviembre de 1920 decreto 6.514 de 1920 del Ministerio de Instrucción Pública 25/11/1920 29/12/1920
15 de diciembre de 1920 decreto 6.644 de 1920 del Ministerio de Instrucción Pública 09/12/1920 06/01/1921
25 de mayo de 1921 decreto 1.740 de 1921 del Ministerio de Instrucción Pública 25/05/1921 11/07/1921
25 de mayo de 1926 decreto 1.993 de 1926 del Ministerio de Instrucción Pública 24/05/1926 05/06/1926
10 de agosto de 1926 decreto 4.143 de 1926 del Ministerio de Instrucción Pública ¿? 20/08/1926
27 de noviembre de 1926 (fecha presunta) decreto 6.744 de 1926 del Ministerio de Instrucción Pública ¿? 15/12/1926
25 de mayo [de 1927] decreto 2.502 de 1927 del Ministerio de Instrucción Pública ¿? 15/06/1927
4 de julio [de 1927] decreto 3.494 de 1927 del Ministerio de Instrucción Pública ¿? 23/07/1927
21 de julio [de 1927] decreto 3.877 de 1927 del Ministerio de Instrucción Pública ¿? 08/08/1927
10 de agosto [de 1927] decreto 4.624 de 1927 del Ministerio de Instrucción Pública ¿? 07/10/1927
22 de octubre de 1927 decreto 5.912 de 1927 del Ministerio de Instrucción Pública ¿? 29/11/1927
25 de mayo de 1928 (fecha presunta) decreto 1.878 de 1928 del Ministerio de Educación Pública ¿? 15/01/1929
8 de noviembre de 1930 decreto 5.715 de 1930 del Ministerio de Educación Pública 06/11/1930 18/11/1930
24 de octubre de 1931 decreto 4.430 de 1931 del Ministerio de Educación Pública ¿? 12/11/1931
23 de abril de 1932 decreto 1.267 de 1932 del Ministerio del Interior 22/04/1932 26/04/1932
30 de noviembre de 1933 decreto 4.759 de 1933 del Ministerio del Interior 29/11/1933 11/12/1933
3 y 4 de julio de 1934 (solamente en Castro) decreto 3.011 de 1934 del Ministerio del Interior 30/06/1934 10/07/1934
17 de octubre de 1936 (fecha presunta) decreto 7.115 de 1936 del Ministerio de Educación Pública ¿? 30/10/1936
30 de octubre de 1937 decreto 4.205 de 1937 del Ministerio del Interior 29/10/1937 09/11/1937
19 de noviembre de 1938 (fecha presunta) decreto 7.137 de 1938 del Ministerio de Educación Pública ¿? 24/11/1938
29 de marzo [de 1939] decreto 1.038 de 1939 del Ministerio de Educación Pública ¿? 01/04/1939
25 de mayo de 1939 decreto 2.589 de 1939 del Ministerio de Educación Pública ¿? 05/06/1939
30 de junio de 1939 decreto 3.648 de 1939 del Ministerio de Educación Pública ¿? 14/08/1939
28 de marzo de 1940 decreto 1.179 de 1940 del Ministerio del Interior 27/03/1940 05/04/1940
8 de abril de 1940, escolar y 8 de abril de 1940, administrativo decreto 1.392 de 1940 del Ministerio del Interior 08/04/1940 30/04/1940
7 de noviembre de 1941 decreto 5.660 de 1941 del Ministerio de Educación Pública ¿? 19/11/1941
24 de octubre de 1942 ley 7.367 09/11/1942 20/11/1942
29 de septiembre de 1943 ley 7.707 23/10/1943 13/11/1943
20 de junio de 1944 decreto 2.395 de 1944 del Ministerio del Interior 16/06/1944 23/06/1944
24 de agosto de 1944 decreto 3.230 de 1944 del Ministerio del Interior 18/08/1944 29/08/1944
23 y 24 de marzo de 1945 decreto 1.590 de 1945 del Ministerio del Interior 22/03/1945 05/04/1945
5 de noviembre de 1964 ley 15.909 17/11/1964 05/12/1964
3 de septiembre de 1970 y 5 de septiembre de 1970 decreto 2.912 de 1970 del Ministerio de Educación Pública 26/08/1970 09/09/1970
3 de noviembre de 1970 decreto 3.871 de 1970 del Ministerio de Educación Pública 02/11/1970 12/11/1970
29 a 31 de marzo de 1971 decreto 641 de 1971 del Ministerio de Educación Pública 11/03/1971 03/04/1971

¿Seguro que este feriado es singular y no recurrente?

Se ha debido presumir que varios de los feriados singulares documentados son de ese tipo (en vez de recurrentes) debido a que la información disponible es incompleta o errónea.

Cuando se declara un feriado recurrente, se utilizan las frases "[día] de [mes]" o "[día] de [mes] de cada año". En cambio, cuando se declara un feriado singular, se utilizan frases que indican explícitamente esta condición: "el [día] de [mes] de [año]", "el [día] de [mes] del presente año", "el [día] de [mes] en curso", "el [día] de [mes] del actual" (actual mes), etcétera. Para ilustrar la diferencia entre ambos tipos de declaración, se citan varias normas que establecen feriados:


En el caso de los feriados de 25 de mayo (de 1921), 1 de mayo (de 1925), 25 de mayo (de 1925) y 2 de octubre (de 1964), una interpretación apegada a la letra de la norma respectiva indica que se trata de feriados recurrentes, pero hay información, aparte de la propia norma, que lleva a concluir que fueron singulares.

En el caso de los feriados del 25 de mayo [de 1927], 4 de julio [de 1927], 21 de julio [de 1927], 10 de agosto [de 1927] y 29 de marzo [de 1939], el problema deriva del hecho de que los decretos correspondientes no fueron publicados íntegramente en el Diario Oficial, sino que apenas se publicó un resumen de cada uno. En estos casos, no se sabe con exactitud si el feriado decretado es recurrente o singular, aunque se cuenta con otros datos que permiten presumir que se trata de lo segundo.


Jefes de Estado de Chile desde 1826 en adelante.

La siguiente tabla lista a los jefes de Estado que han habido en Chile desde la asunción del primero que usó el título "Presidente de la República"; esta información es utilizada para determinar cuándo debieron observarse los feriados escolares variables Cumpleaños del Presidente de la República y Onomástico del Presidente de la República.

período título jefe de estado fecha de nacimiento onomástico
período título jefe de estado fecha de nacimiento onomástico
09/07/1826..09/09/1826 Presidente Provisional de la República Manuel Blanco Encalada 21/04/1790 17/06
09/09/1826..25/01/1827 Vicepresidente de la República Agustín Eyzaguirre 03/05/1768 28/08
25/01/1827..15/02/1827 Presidente Provisional Ramón Freire 27/11/1787 31/08
15/02/1827..08/05/1827 Presidente de la República Ramón Freire 27/11/1787 31/08
08/05/1827..16/07/1829 Vicepresidente de la República Francisco Antonio Pinto 23/07/1785 04/10
16/07/1829..19/10/1829 Presidente Delegado Francisco Vicuña 1775 04/10
19/10/1829..02/11/1829 Presidente de la República Francisco Antonio Pinto 23/07/1785 04/10
02/11/1829..07/12/1829 Vicepresidente de la República Francisco Vicuña 1775 04/10
07/12/1829..24/12/1829 nadie (acefalía durante la guerra civil)
24/12/1829..18/02/1830 Presidente de la Junta de Gobierno José Tomás Ovalle 21/12/1787 19/03
18/02/1830..01/04/1830 Presidente Provisional Francisco Ruiz-Tagle Portales 05/1787 04/10
01/04/1830..21/03/1831 Vicepresidente de la República José Tomás Ovalle 21/12/1787 19/03
08/03/1831..22/03/1831 Vicepresidente Accidental de la República Fernando Errázuriz 1777 30/05
22/03/1831..18/09/1831 Vicepresidente de la República Fernando Errázuriz 1777 30/05
18/09/1831..18/09/1841 Presidente de la República José Joaquín Prieto 27/08/1786 19/03
18/09/1841..18/09/1851 Presidente de la República Manuel Bulnes 25/12/1799 17/06
18/09/1851..18/09/1861 Presidente de la República Manuel Montt 04/09/1809 17/06
18/09/1861..18/09/1871 Presidente de la República José Joaquín Pérez 06/05/1801 19/03
18/09/1871..18/09/1876 Presidente de la República Federico Errázuriz Zañartu 25/04/1825 18/07
18/09/1876..18/09/1881 Presidente de la República Aníbal Pinto 15/03/1825 15/04
18/09/1881..18/09/1886 Presidente de la República Domingo Santa María 04/08/1824 12/05
18/09/1886..18/09/1891 Presidente de la República José Manuel Balmaceda 19/07/1840 19/03
29/08/1891..31/08/1891 Jefe de Gobierno Provisional Manuel Baquedano 01/01/1823 17/06
31/08/1891..26/12/1891 Presidente de la Junta de Gobierno Jorge Montt 26/04/1845 23/04
26/12/1891..18/09/1896 Presidente de la República Jorge Montt 26/04/1845 23/04
18/09/1896..12/07/1901 Presidente de la República Federico Errázuriz Echaurren 16/11/1850 18/07
12/07/1901..18/09/1901 Vicepresidente de la República Aníbal Zañartu 1847 15/04
18/09/1901..18/09/1906 Presidente de la República Germán Riesco 28/05/1854 28/05
18/09/1906..16/08/1910 Presidente de la República Pedro Montt 29/06/1849 29/06
16/08/1910..06/09/1910 Vicepresidente de la República Elías Fernández 1845 20/07
06/09/1910..23/12/1910 Vicepresidente de la República Emiliano Figueroa 12/07/1866 27/05
23/12/1910..23/12/1915 Presidente de la República Ramón Barros Luco 09/06/1835 31/08
23/12/1915..23/12/1920 Presidente de la República Juan Luis Sanfuentes 27/12/1858 24/06
23/12/1920..12/09/1924 Presidente de la República Arturo Alessandri 20/12/1868 01/09
12/09/1924..23/01/1925 Presidente de la Junta de Gobierno Luis Altamirano 07/06/1876 25/08
23/01/1925..27/01/1925 Presidente de la Junta de Gobierno Pedro Pablo Dartnell 31/12/1870 29/06
27/01/1925..12/03/1925 Presidente de la Junta de Gobierno Emilio Bello 1868 27/05
12/03/1925..01/10/1925 Presidente de la República Arturo Alessandri 20/12/1868 01/09
01/10/1925..23/12/1925 Vicepresidente de la República Luis Barros Borgoño 26/03/1858 25/08
23/12/1925..10/05/1927 Presidente de la República Emiliano Figueroa 12/07/1866 27/05
10/05/1927..21/07/1927 Vicepresidente de la República Carlos Ibáñez del Campo 03/11/1877 04/11
21/07/1927..26/07/1931 Presidente de la República Carlos Ibáñez del Campo 03/11/1877 04/11
26/07/1931..27/07/1931 Vicepresidente de la República Pedro Opazo 20/07/1876 29/06
27/07/1931..03/09/1931 Vicepresidente de la República Juan Esteban Montero 12/02/1879 24/06
03/09/1931..15/11/1931 Vicepresidente de la República Manuel Trucco 18/03/1875 01/01
15/11/1931..04/12/1931 Vicepresidente de la República Juan Esteban Montero 12/02/1879 24/06
04/12/1931..04/06/1932 Presidente de la República Juan Esteban Montero 12/02/1879 24/06
04/06/1932..16/06/1932 Presidente de la Junta de Gobierno Arturo Puga 1879 01/09
16/06/1932..08/07/1932 Presidente de la Junta de Gobierno Carlos Dávila 15/09/1887 04/11
08/07/1932..13/09/1932 Presidente Provisional Carlos Dávila 15/09/1887 04/11
13/09/1932..02/10/1932 Presidente Provisional Bartolomé Blanche 06/06/1879 24/08
02/10/1932..24/12/1932 Vicepresidente de la República Abraham Oyanedel 25/05/1874 09/10
24/12/1932..24/12/1938 Presidente de la República Arturo Alessandri 20/12/1868 01/09
24/12/1938..25/11/1941 Presidente de la República Pedro Aguirre Cerda 06/02/1879 29/06
25/11/1941..02/04/1942 Vicepresidente de la República Jerónimo Méndez 25/09/1887 30/09
02/04/1942..27/06/1946 Presidente de la República Juan Antonio Ríos 10/11/1888 24/06
27/06/1946..03/08/1946 Vicepresidente de la República Alfredo Duhalde 30/06/1898 12/01
03/08/1946..13/08/1946 Vicepresidente de la República Vicente Merino 1889 22/01
13/08/1946..17/10/1946 Vicepresidente de la República Alfredo Duhalde 30/06/1898 12/01
17/10/1946..03/11/1946 Vicepresidente de la República Juan Antonio Iribarren 1885 24/06
03/11/1946..02/11/1952 Presidente de la República Gabriel González Videla 22/11/1898 29/09
03/11/1952..02/11/1958 Presidente de la República Carlos Ibáñez del Campo 03/11/1877 04/11
03/11/1958..02/11/1964 Presidente de la República Jorge Alessandri 19/05/1896 23/04
03/11/1964..02/11/1970 Presidente de la República Eduardo Frei Montalva 16/01/1911 13/10
03/11/1970..10/09/1973 Presidente de la República Salvador Allende 26/06/1908 05/06
11/09/1973..27/06/1974 Presidente de la Junta de Gobierno Augusto Pinochet 25/11/1915 07/10
27/06/1974..17/12/1974 Jefe Supremo de la Nación Augusto Pinochet 25/11/1915 07/10
17/12/1974..11/03/1990 Presidente de la República Augusto Pinochet 25/11/1915 07/10
11/03/1990..11/03/1994 Presidente de la República Patricio Aylwin 26/11/1918 17/03
11/03/1994..11/03/2000 Presidente de la República Eduardo Frei Ruiz-Tagle 24/06/1942 13/10
11/03/2000..11/03/2006 Presidente de la República Ricardo Lagos 02/03/1938 03/04
11/03/2006..11/03/2010 Presidente de la República Michelle Bachelet 29/09/1951 29/09
11/03/2010..11/03/2014 Presidente de la República Miguel Juan Sebastián Piñera 01/12/1949 29/09

Notas:


Listado de leyes y otras normas relevantes.

Este anexo lista todas las leyes, decretos ley, decretos con fuerza de ley, decretos y resoluciones ministeriales y otras normas que tienen alguna relación con los feriados, las fechas nacionales y las efemérides oficiales. Para las normas posteriores al 1 de marzo de 1877, las fechas de publicación son las correspondientes a la aparición de cada una en el Diario Oficial.

Se incluyen enlaces a las normas (en sus versiones única u original) disponibles en Ley Chile; dicho sitio no cuenta con varias normas antiguas, pero puede accederse a ellas (si son posteriores al 1 de marzo de 1877) en el archivo del Diario Oficial.

norma fecha de promulgación fecha de publicación notas
norma fecha de promulgación fecha de publicación notas
constitución de 1822 30/10/1822 Constitución de 1822. Entre otras cosas, da rango constitucional a tres feriados.
constitución de 1823 29/12/1823 Constitución de 1823. En su título XXII, sobre "moralidad nacional", prescribe la celebración de cuatro fiestas nacionales
 
indulto apostólico de 1824
(no disponible en línea)
09/08/1824

Reduce los feriados religiosos (en rigor, las fiestas de precepto) existentes hasta entonces, indicando que deben observarse solamente todos los domingos del año y las fiestas de:


El título completo del indulto es Reducción de fiestas. Indulto apostólico dirigido a los Sres. Ordinarios, Clérigos seculares y regulares, y a todos los fieles del Estado de Chile. Fue emitido por el Vicario Monseñor Giovanni Muzi, en ese momento de visita en Chile, el 7 de agosto de 1824 y fue publicado con el "Ejecútese, circule y publíquese en el Boletín" del Director Supremo Ramón Freire y del Ministro Francisco Antonio Pinto el 9 del mismo mes en el Boletín de Leyes y Decretos del Gobierno (t. II, pp. 14-15).

Esta norma precede en más de medio siglo al Diario Oficial, por lo que evidentemente éste no lo tiene en línea. No obstante, aparece en el libro Instituciones de Derecho Canónico Americano, y se transcribe a continuación (el uso de estilo itálico y las erratas están presentes en la fuente):

Los jefes supremos de la Iglesia Católica, los Romanos Pontífices, en la plenitud del poder divino recibido de Jesucristo, así como custodiaron inviolable el depósito de la fé divina, asi tambien templaron la disciplina puramente eclesiástica, segun lo exijian la necesidad de los tiempos, lugares i personas. Esta solicitud paternal se estendió frecuentemente aun a aquellos objetos, que instituidos para el aumento del culto del Señor, sin embargo, por el abuso que de ellos hicieron los hombres, se convirtieron en desórdenes, o porque siendo obtáculo a la pública i privada utilidad fueron convertidos en daño gravísimo. — Por tanto habiéndonos representado el Escmo. Supremo Director del Estado de Chile, los inconvenientes i perjuicios causados por la multiplicidad e inobservancia de los dias de fiesta, asi de medio como de riguroso precepto, i que tales inconvenientes perjudican al bien público i privado: Nos en virtud de las facultades apostólicas, que especialmente tenemos por el Sumo Pontífice Leon XII, decretamos lo que sigue: — 1.º Están derogadas todas las fiestas de solo obligacion de oir misa. — 2.º Las fiestas de riguroso precepto quedan reducidas solamente a las siguientes: Todos los domingos del año, la Circuncision del Señor, la Adoracion de los Santos Reyes, la Encarnacion del Hijo de Dios, la Ascension del Señor, Corpus Christi, los Santos Apóstoles S. Pedro i S. Pablo, la Asuncion de N. S.ª, la Natividad de N. S.ª, el dia de Todos los Santos, la inmaculada Concepcion de N. S.ª, Pascua de Natividad de Nuestro Señor — 3.º Las festividades de los Santos Patronos de cada una de las ciudades, villas i lugares del Estado de Chile, cuando no sean contenidas en las festividades de riguroso precepto, se trasladarán al próximo domingo que sigue. — Por este nuestro decreto no entendemos disminuir de algun modo el culto divino practicado hasta ahora en las iglesias Catedrales, colejiales y conventuales de Regulares de ambos sexos en los dias de las fiestas derogadas; antes sí mandamos i queremos que queden firmes i estables en el tiempo venidero, como lo han sido en el pasado, todos los oficios, misas solemnes i otras funciones. — Amonestamos i exhortamos en Nuestro Senor Jesucristo a todos los Señores Ordinarios, i a todo el clero secular i regular, que en publicándose este nuestro indulto insinuen con eficacia a los fieles cristianos, que este indulto apostólico de reduccion de fiestas, lejos de fomentar el ocio i los vicios que de él emanan, es dirijido únicamente a la observancia mas devota i mas relijiosa de aquellas fiestas que han quedado. En ellas los fieles cesando de obrar i trabajar, tienen que emplear el tiempo en honrar a Dios, en asistir con el debido respeto al sacrificio incruento del altar, en oir la divina palabra, i en aplicarse con todo empeño al interesante i único negocio de su propia salud; i a este fin principalmente conduce la devota frecuencia de los santos sacramentos de confesion y comunion. En fé etc. — Dado en Santiago de Chile a siete de Agosto de mil ochocientos veinticuatro — Juan Muzi Arzobispo de Filipi, Vicario Apostólico. — Juan María canónigo Mastai.


Versiones antiguas de este documento mencionaban una aparente omisión de este indulto - se cita el párrafo original:

Algo no cuadra con esta norma, pues esta lista no incluye las fechas de Viernes Santo, Sábado Santo y Carnaval, lo que es extraño, pues estas fiestas eran importantes y se sabe que eran observadas por la sociedad chilena. El artículo 146 del Reglamento de Administración de Justicia (decreto de 2 de junio de 1824) sostenía que las inspecciones extraordinarias debían tener lugar "los días en que se cierra el punto para los feriados de Diciembre y Semana Santa, y además el 17 de septiembre en celebridad del aniversario de la Libertad de la Patria". Es posible que las fiestas religiosas a las que se refiere el primer decreto hayan sido solamente las de menor nivel, por lo que Carnaval y Semana Santa simplemente hayan estado fuera del contexto del decreto, sin que haya habido realmente ánimo de suprimirlos. Queda la duda, de todas maneras: ¿habrá habido otro decreto al respecto?

El Diario de Juan María Mastai Ferretti (que llegó a ser el Papa Pío IX) contiene la crónica de la visita del Vicario Apostólico, Monseñor Giovanni Muzi, a Chile en 1824. En ésta aparece lo siguiente:

87.- El día 7 de agosto salió el Indulto Apostólico de reducción de las fiestas. Cuando yo confesaba en una misión de campo había tocado con la mano la gran dificultad que tenían los campesinos en el cumplimiento del precepto de oír Misa en muchos días del año en que era permitido trabajar. Monseñor Vicario con la facultad apostólica suprimió estos días y algunos de riguroso precepto, quedando -además de los domingos- la Circuncisión, la Epifanía, la Anunciación, el Corpus, la Ascensión, San Pedro y San Pablo, la Asunción, Todos los Santos, Natividad del Señor y de la Virgen, la Concepción.

Este párrafo confirma que las fiestas de mayor rango (Carnaval y Semana Santa) estaban fuera del contexto del indulto apostólico, por lo que sus omisiones en éste no implican que hubiesen sido suprimidas.

Nota: la fuente citada dice 87.- El día 6 de agosto, pero todas las demás fuentes que se han revisado (incluyendo otra página del mismo libro) dicen que el indulto fue emitido el 7 de agosto. Se asume que ese seis es una errata.

 
ley S/N de 23 de julio de 1860
(no disponible en línea)
23/07/1860 Ley de bancos de emisión.
decreto 136 de 1875 del Ministerio de Hacienda
(no disponible en línea)
19/06/1875 Autoriza el cierre de los bancos de emisión los días 1 de julio.
 
decreto S/N de 1885 del Ministerio de lo Interior
(no disponible en línea)
31/08/1885 04/09/1885 Convoca al VI censo de población y lo regula.
decreto 4.384 de 1887 del Ministerio del Interior
(no disponible en línea)
30/12/1887 11/01/1888 Aprueba el presupuesto de la Municipalidad de Maullín para 1888.
decreto S/N de 1888 del Ministerio del Interior
(no disponible en línea)
15/05/1888 15/05/1888 Declara feriado el 21 de mayo de 1888.
decreto 3.702 de 1892 del Ministerio del Interior
(no disponible en línea)
28/09/1892 30/09/1892 Declara feriado el 12 de octubre de 1892.
decreto 1.706 de 1894 del Ministerio de Justicia e Instrucción Pública
(no disponible en línea)
12/07/1894 20/07/1894 Establece un reglamento uniformado de asuetos y vacaciones escolares en los establecimientos de instrucción secundaria, superior y especial dependientes del ministerio; esto incluye la creación del feriado escolar Onomástico del Presidente de la República. Deroga todas las normas previas al respecto.
decreto 952 de 1895 del Ministerio de Justicia e Instrucción Pública
(no disponible en línea)
20/05/1895 21/05/1895 Declara día de asueto en los establecimientos de instrucción superior, secundaria y primaria (i.e.: feriado escolar) el 21 de mayo de 1895.
decreto 2.601 de 1895 del Ministerio de lo Interior
(no disponible en línea)
05/07/1895 05/07/1895
10/07/1895
Convoca al VII censo de población y lo regula. Fue publicado dos veces en el Diario Oficial, sin diferencias de consideración.
ley 343 18/02/1896 22/02/1896 Reforma la ley de elecciones de 1890. Entre otras cosas, indica que las elecciones de electores de Presidente de la República deben efectuarse en días 25 de junio; las parlamentarias y municipales, el primer domingo de marzo.
decreto sección 1ª 1.010 de 1896 del Ministerio de Marina
(no disponible en línea)
18/05/1896 19/05/1896

Crea el feriado naval Conmemoración del Combate Naval de Iquique; también dispone que toda la Escuadra de la República debe presentarse en la rada de Iquique al amanecer de cada 21 de mayo.

El texto completo de este decreto es:

Seccion 1.ª, núm. 1,010.—Santiago, 18 de mayo de 1896.—He acordado i decreto:

Art. 1.º En conmemoracion del 21 de mayo de 1879, se presentará anualmente en la rada de Iquique, al amanecer de dicho dia, toda la Escuadra de la República, debidamente empavezada, i hará una salva mayor, procediendo en seguida a ejecutar en el puerto todos los ejercicios de combate i maniobras que disponga el comandante de ella.
Cuando el acorazado Esmeralda forme parte de la Escuadra, hará las veces de buque insignia en esta solemnidad.

Art. 2º En el mismo dia se harán tambien por los fuertes de todos los puertos militares de la República las salvas prescritas para los dias de festividades nacionales.

Art. 3.º Dicho dia 21 de mayo será feriado para todos los establecimientos navales de la República.

Anótese, comuníquese i publíquese.—MONTT—Luis Barros Borgoño.

decreto 886 de 1896 del Ministerio de Justicia e Instrucción Pública
(no disponible en línea)
20/05/1896 20/05/1896 Crea el feriado escolar Conmemoración del Combate Naval de Iquique.
decreto sección 1ª 836 de 1897 del Ministerio de Marina
(no disponible en línea)
30/04/1897 15/05/1897

Deroga el decreto sección 1ª 1.010 de 1896 del Ministerio de Marina, suprimiendo el feriado naval Conmemoración del Combate Naval de Iquique.

El texto completo de este decreto es:

Sección 1.ª, núm. 836.—Santiago, 30 de abril de 1897.—En vista del oficio que antecede, en que la Comandancia Jeneral de Marina pide que se modifique el decreto supremo número 1,010, sección 1.a, de 18 de mayo del año último, i considerando:
1.º Que la medida ordenada por dicho decreto, dado el aumento del material de la Armada i la naturaleza de ella, impone un fuerte desembolso; i
2.º Que ella trae necesariamente perturbaciones en el servicio, sobre todo para los buques que se encuentran en comisión,

Decreto:

1.º Derógase el decreto supremo número 1,010, sección 1.ª, de 18 de mayo del año próximo pasado.
2.º En conmemoracion del 21 de mayo de 1879, todos los buques de guerra de la Nación que estén armados empavezarán por completo en dicho dia i harán las salvas prescritas por la Ordenanza para los dias de festividades nacionales, en los puertos en que se encuentren.
3.º Las mismas salvas se harán también en ese dia por el fuerte Covadonga en Valparaíso, cuando no haya allí buques que no puedan efectuarlos.

Anótese, comuníquese i publíquese.—ERRAZURlZ. —Elias Fernández A.

decreto 1.532 de 1898 del Ministerio de Hacienda
(no disponible en línea)
06/07/1898 06/07/1898 Declara feriados bancarios los días 6 a 11 de julio de 1898.
decreto 1.533 de 1898 del Ministerio de Hacienda
(no disponible en línea)
06/07/1898 06/07/1898 Complementa el feriado bancario del 6 a 11 de julio de 1898, suspendiendo las operaciones de las oficinas públicas que efectúan pagos.
ley 1.051 11/07/1898 11/07/1898 Establece una moratoria de pagos de 30 días, como parte de las medidas para eliminar la convertibilidad del dinero.
ley 1.054 31/07/1898 31/07/1898 Elimina la convertibilidad del dinero.
decreto 4.548 de 1900 del Ministerio del Interior
(no disponible en línea)
28/12/1900 28/12/1900 Declara feriado el 31 de diciembre de 1900.
ley 1.464 22/06/1901 22/06/1901 Declara feriado el 25 de junio de 1901.
decreto 3.553 de 1901 del Ministerio de Instrucción Pública
(no disponible en línea)
12/07/1901 13/07/1901
21/08/1901

Declara feriados escolares los días 13, 15 y 16 de julio de 1901.

Por motivos que se desconocen, este decreto fue publicado dos veces en el Diario Oficial - ambas versiones son idénticas, por lo que no se trató de una rectificación.

ley 1.479 16/09/1901 16/09/1901 Fija diez días feriados para la Caja de Crédito Hipotecario y los bancos.
decreto 2.673 de 1903 del Ministerio de Instrucción Pública
(no disponible en línea)
14/05/1903 06/07/1903 Declara (retroactivamente) feriado escolar los días 18 a 23 de mayo de 1903 [fechas presuntas], en (la ciudad de) Santiago.
decreto 2.801 de 1903 del Ministerio de Instrucción Pública
(no disponible en línea)
19/05/1903 09/07/1903 Declara (retroactivamente) feriados escolares los días 22 y 23 de mayo de 1903.
decreto 2.812 de 1903 del Ministerio de Instrucción Pública
(no disponible en línea)
23/05/1903 09/07/1903 Declara (retroactivamente) feriados escolares los días 25 y 26 de mayo de 1903 en la ciudad de Santiago.
ley 1.752 31/08/1905 02/09/1905 Declara feriado el día en que se verifica la elección de electores de Presidente de la República.
ley 1.990 26/08/1907 29/08/1907 Establece el descanso obligatorio un día a la semana (generalmente el domingo) y en cuatro días de fiesta (1 de enero, 18 y 19 de septiembre y 25 de diciembre).
decreto 4.935 de 1907 del Ministerio del Interior
(no disponible en línea)
22/10/1907
23/10/1907
28/10/1907
18/11/1907

Convoca al VIII censo de población y lo regula; declara feriado administrativo el 28 de noviembre de 1907.

Este decreto fue publicado dos veces, con algunas diferencias (¿tal vez una rectificación?); la mas notoria es la fecha de promulgación del decreto (el 22 de octubre en la primera publicación y el 23 en la segunda).

decreto 3.810 de 1908 del Ministerio del Interior
(no disponible en línea)
28/08/1908 01/09/1908 Convoca a elección extraordinaria de senador en la provincia de Valparaíso para el 20 [sic] de septiembre de 1908.
decreto 4.290 de 1908 del Ministerio del Interior
(no disponible en línea)
23/09/1908 24/09/1908 Declara feriado administrativo el 26 de septiembre de 1908 en la provincia de Valparaíso.
decreto 1.797 de 1910 del Ministerio del Interior
(no disponible en línea)
19/05/1910 21/05/1910 Declara feriado el 25 de mayo de 1910.
decreto 5.615 de 1910 del Ministerio de Instrucción Pública
(no disponible en línea)
17/08/1910 18/08/1910 Declara feriados escolares los días 18 a 20 de agosto de 1910.
decreto 1.748 de 1910 del Ministerio de Industria y Obras Públicas
(no disponible en línea)
16/08/1910 19/08/1910 Declara feriados escolares-industriales los días 19 y 20 de agosto de 1910.
decreto 3.509 de 1910 del Ministerio del Interior
(no disponible en línea)
26/08/1910 26/08/1910 Convoca a elección de electores de Presidente de la República el 15 de octubre de 1910.
ley 2.379 07/09/1910 07/09/1910 Aumenta el feriado de Fiestas Patrias de 1910 a una semana (16 a 22 de septiembre).
decreto 2.221 de 1912 del Ministerio del Interior
(no disponible en línea)
18/05/1912 20/05/1912 Declara feriado el 21 de mayo de 1912.
decreto 2.622 de 1912 del Ministerio de Justicia
(no disponible en línea)
11/09/1912 14/09/1912 Concede personalidad jurídica a la Gran Federación Obrera de Chile (posteriormente renombrada a Federación Obrera de Chile).
ley 2.883 21/02/1914 21/02/1914 Traslada las elecciones municipales al segundo domingo de abril.
ley 2.977 28/01/1915 01/02/1915 Fija los días feriados (todos los días domingo, 1 de enero, Viernes Santo, Sábado Santo, Ascensión del Señor, Corpus Christi, 21 de mayo, 29 de junio, 15 de agosto, 18 de septiembre, 19 de septiembre, 1 de noviembre, 8 de diciembre, 25 de diciembre y días de elecciones de electores de Presidentes de la República); además autoriza a las instituciones de crédito y al comercio a cerrar los sábados y el 1 de julio a las 14:00.
decreto 1.967 de 1915 del Ministerio de Instrucción Pública
(no disponible en línea)
24/05/1915 12/10/1915 Declara (retroactivamente) feriado escolar el 25 de mayo de 1915.
decreto 3.596 de 1916 del Ministerio de Instrucción Pública
(no disponible en línea)
23/08/1916 06/10/1916 Declara (retroactivamente) feriado escolar el 24 de agosto de 1916 en (la ciudad de) Santiago.
decreto 4.340 de 1916 del Ministerio de Instrucción Pública
(no disponible en línea)
09/10/1916 31/10/1916 Declara (retroactivamente) feriado escolar ("para las escuelas públicas") el 12 de octubre de 1916.
decreto 4.421 de 1916 del Ministerio de Instrucción Pública
(no disponible en línea)
11/10/1916 31/10/1916 Declara (retroactivamente) feriado escolar ("para los establecimientos de instrucción secundaria, superior, comercial y especial dependientes del ministerio") el 12 de octubre de 1916.
decreto 4.436 de 1916 del Ministerio de Instrucción Pública
(no disponible en línea)
20/10/1916 10/11/1916 Declara (retroactivamente) feriado escolar el 21 de octubre de 1916.
ley 3.261 28/08/1917 29/08/1917 Declara feriado el 31 de agosto de 1917 en ¿la ciudad de? Santiago.
ley 3.262 28/08/1917 29/08/1917 Establece la vigencia de la ley 3.261.
decreto 4.529 de 1917 del Ministerio de Instrucción Pública
(no disponible en línea)
04/10/1917 18/10/1917 Declara (retroactivamente) feriado escolar el 12 de octubre de 1917.
decreto 4.913 de 1917 del Ministerio de Instrucción Pública
(no disponible en línea)
08/11/1917 19/11/1917 Declara (retroactivamente) feriado escolar el 12 de noviembre de 1917 en la ciudad de Quillota.
decreto 4.603 de 1917 del Ministerio de Instrucción Pública
(no disponible en línea)
18/10/1917 26/10/1917 Declara (retroactivamente) feriado escolar el 20 de octubre de 1917.
decreto 1.727 de 1917 del Ministerio de Industria y Obras Públicas
(no disponible en línea)
19/10/1917 27/10/1917 Declara (retroactivamente) feriado escolar-industrial el 20 de octubre de 1917.
ley 3.358 03/04/1918 03/04/1918 Declara feriado el 5 de abril de 1918.
ley 3.654 26/08/1920 26/08/1920 Ley de instrucción primaria obligatoria.
ley 3.669 13/09/1920 16/09/1920 Declara feriado el 20 de septiembre de 1920 en la provincia de Valparaíso.
decreto 4.918 de 1920 del Ministerio de Instrucción Pública
(no disponible en línea)
09/08/1920 18/11/1920 Declara (retroactivamente) feriado escolar el 10 de agosto de 1920.
decreto 6.514 de 1920 del Ministerio de Instrucción Pública
(no disponible en línea)
25/11/1920 29/12/1920 Declara (retroactivamente) feriado escolar el 27 de noviembre de 1920.
decreto 6.644 de 1920 del Ministerio de Instrucción Pública
(no disponible en línea)
09/12/1920 06/01/1921 Declara (retroactivamente) feriado escolar el 15 de diciembre de 1920.
decreto 1.740 de 1921 del Ministerio de Instrucción Pública
(no disponible en línea)
25/05/1921 11/07/1921 Declara (retroactivamente) feriado escolar el 25 de mayo de 1921.
decreto 5.147 de 1921 del Ministerio de Instrucción Pública
(no disponible en línea)
10/10/1921 Declara feriado escolar el 12 de octubre de 1921.
ley 3.810 14/11/1921 24/11/1921 Crea el feriado Aniversario del Descubrimiento de América.
ley 3.887 06/09/1922 06/09/1922 Declara feriado el 7 de septiembre de 1922.
decreto ley 44 de 1924 14/10/1924 21/10/1924 Crea el Departamento de Estado de Higiene, Asistencia y Previsión Sociales.
decreto ley 78 de 1924
(no disponible en línea)
05/11/1924 14/11/1924 Ley sobre elecciones; está orientada a las que debían efectuarse el 10 de mayo de 1925 (que finalmente no se hicieron), de acuerdo con lo establecido por su norma hermana, el decreto ley 79 de 1924. Deroga las leyes electorales vigentes hasta ese momento y da pie para la dictación del decreto ley 542 de 1925.
decreto ley 79 de 1924
(no disponible en línea)
05/11/1924 14/11/1924 Convoca a elecciones parlamentarias y a elección directa del Presidente de la República para el 10 de mayo de 1925, con arreglo a lo establecido por su norma hermana, el decreto ley 78 de 1924; estas elecciones finalmente no se hicieron.
decreto ley 145 de 1924
(no disponible en línea)
05/12/1924 06/12/1924 Declara feriado el 9 de diciembre de 1924.
decreto ley 234 de 1925 30/01/1925 31/01/1925

Suspende los efectos del decreto ley 78 de 1924 y deroga el decreto ley 79 de 1924.

En el archivo del Diario Oficial falta la edición del 31 de enero de 1925, por lo que el texto de este decreto ley no se pudo encontrar ahí. Ahora bien, está en línea en Ley Chile y en el Boletín de Leyes y Decretos del Gobierno (año 1925, tomo I, pp.77-78) aparece el texto completo de la norma y se confirma que fue publicado en el Diario Oficial de la fecha indicada.

decreto ley 372 de 1925
(no disponible en línea)
18/03/1925 19/03/1925 Declara feriado el 20 de marzo de 1925.
decreto ley 346 de 1925
(no disponible en línea)
14/03/1925 23/03/1925

Renombra la Alameda de las Delicias en Santiago a Avenida Presidente Alessandri; esta norma era parte de una campaña que buscaba conseguir el regreso de Arturo Alessandri a Chile. Para cuando fue publicada en el Diario Oficial, éste ya había vuelto (véase el feriado del 20 de marzo de 1925).

Este nombre tuvo muy poca duración: el decreto ley 432 de 1925 (publicado cuatro días después de este decreto) estableció que la Avenida de las Delicias [sic] se denominaría "Avenida Bernardo O'Higgins". Años después, en 1944, la ley 7.767 cambió de nuevo el nombre, ahora a "Alameda Bernardo O'Higgins".

decreto ley 432 de 1925
(no disponible en línea)
20/03/1925 27/03/1925 Renombra la Alameda de las Delicias en Santiago (en rigor, la Avenida Presidente Alessandri, de acuerdo con lo establecido por el decreto ley 346 de 1925) a "Avenida Bernardo O'Higgins".
decreto 2.113 de 1925 del Ministerio del Interior
(no disponible en línea)
29/04/1925 30/04/1925 Declara feriado el 1 de mayo (de 1925).
decreto 2.678 de 1925 del Ministerio del Interior
(no disponible en línea)
23/05/1925 23/05/1925 Declara feriado el 25 de mayo (de 1925).
decreto 3.315 de 1925 del Ministerio del Interior
(no disponible en línea)
03/07/1925 03/07/1925 Declara feriado el 4 de julio de 1925.
decreto ley 461 de 1925
(no disponible en línea)
31/07/1925 03/08/1925 Convoca al plebiscito del 30 de agosto de 1925.
decreto ley 462 de 1925
(no disponible en línea)
31/07/1925 03/08/1925 Reglamenta el plebiscito del 30 de agosto de 1925.
decreto 3.701 de 1925 del Ministerio del Interior
(no disponible en línea)
03/08/1925 05/08/1925 Declara feriado el 6 de agosto de 1925.
decreto ley 513 de 1925
(no disponible en línea)
27/08/1925 28/08/1925 Otorga facilidades a los electores para votar en el plebiscito del 30 de agosto de 1925.
decreto 4.240 de 1925 del Ministerio del Interior
(no disponible en línea)
03/09/1925 05/09/1925 Declara feriado el 7 de septiembre de 1925.
ley S/N de 18 de septiembre de 1925 18/09/1925 18/09/1925 Promulga la Constitución de 1925.
decreto ley 542 de 1925 19/09/1925 23/09/1925
30/09/1925

Ley de Elecciones.

La versión original de la ley no declara feriados los días de elecciones presidenciales. Se citan los primeros cuatro artículos:

Artículo 1.o.—Las elecciones ordinarias y estraordinarias para Presidente de la República, para diputados y senadores, se rejirán por las disposiciones de la presente lei.

Art. 2.o—Las elecciones ordinarias para Presidente de la República se verificarán sesenta dias ántes de aquel en que deba cesar en el cargo el que estuviere en funciones.

Art. 3.o Las elecciones ordinarias para diputados y senadores se verificarán conjuntamente, pero en cédula separada, el primer domingo de marzo del año en que deba renovarse totalmente la Cámara de Diputados y parcialmente el Senado.

Art. 4.o.—Las elecciones estraordinarias para Presidente de la República y para diputados o senadores se verificarán el dia que indique el decreto supremo que ordene practicarlas.

Este decreto ley fue publicado de nuevo (como "duplicado-rectificado") el 30/09/1925, pero los artículos citados no cambian.

La ley 6.250 modificó el artículo 2 de esta norma, declarando feriados los días de elecciones presidenciales.

decreto ley 544 de 1925
(no disponible en línea)
19/09/1925 23/09/1925 Reglamenta las consultas plebiscitarias referidas a reformas a la constitución de 1925. Nunca tuvo aplicación.
decreto ley 612 de 1925
(no disponible en línea)
16/10/1925 17/10/1925 Declara feriado el 24 de octubre de 1925.
decreto 5.791 de 1925 del Ministerio del Interior
(no disponible en línea)
18/11/1925 21/11/1925 Declara feriado el 19 de enero de 1926.
decreto ley 741 de 1925 10/12/1925 14/12/1925
21/12/1925

Establece la ley orgánica de los funcionarios civiles del Estado o "Estatuto Administrativo". Vigente desde 01/02/1926.

Fue publicado nuevamente como un "duplicado-rectificado" el 21/12/1925.

decreto 1.993 de 1926 del Ministerio de Instrucción Pública
(no disponible en línea)
24/05/1926 05/06/1926 Declara (retroactivamente) feriado escolar el 25 de mayo de 1926.
decreto 4.143 de 1926 del Ministerio de Instrucción Pública
(no disponible en línea)
20/08/1926 Declara (retroactivamente) feriado escolar el 10 de agosto de 1926.
decreto 6.744 de 1926 del Ministerio de Instrucción Pública
(no disponible en línea)
15/12/1926 Declara (retroactivamente) feriado escolar vespertino el 27 de noviembre de 1926 [fecha presunta] en la ciudad de Osorno.
D.F.L. 2.484 de 1927 del Ministerio del Interior
(no disponible en línea)
27/04/1927 05/05/1927 Crea Carabineros de Chile.
decreto 3.100 de 1927 del Ministerio del Interior
(no disponible en línea)
10/05/1927 10/05/1927 Convoca a una elección presidencial para el domingo 22 de mayo de 1927.
decreto 2.502 de 1927 del Ministerio de Instrucción Pública
(no disponible en línea)
15/06/1927

Declara (retroactivamente) feriado escolar el 25 de mayo [de 1927].

Nota: este decreto es listado en el Diario Oficial de 15 de junio de 1927 como un decreto del Ministerio de Justicia, pero es evidente que se trata de un simple error de compaginación.

ley 4.127 23/06/1927 24/06/1927 Las instituciones de crédito y el comercio podrán cerrar a las 14:00 el 30 de junio en vez del 1 de julio.
decreto 3.494 de 1927 del Ministerio de Instrucción Pública
(no disponible en línea)
23/07/1927 Declara (retroactivamente) feriado escolar el 4 de julio [de 1927].
decreto 3.877 de 1927 del Ministerio de Instrucción Pública
(no disponible en línea)
08/08/1927 Declara (retroactivamente) feriado escolar el 21 de julio [de 1927].
decreto 4.923 de 1927 del Ministerio de Instrucción Pública
(no disponible en línea)
29/08/1927 08/09/1927 Crea el Día del Libro.
decreto 4.624 de 1927 del Ministerio de Instrucción Pública
(no disponible en línea)
07/10/1927 Declara (retroactivamente) feriado escolar el 10 de agosto [de 1927].
decreto 5.912 de 1927 del Ministerio de Instrucción Pública
(no disponible en línea)
29/11/1927 Declara (retroactivamente) feriado escolar el 22 de octubre de 1927 en ¿la ciudad de? Santiago.
D.F.L. 7.912 de 1927 del Ministerio del Interior 30/11/1927 05/12/1927 Organiza las secretarías de Estado. Entre otras cosas, crea el Ministerio de Educación Pública, que reúne en una sola cartera todas las tareas del Estado referidas a la educación.
decreto 8.674 de 1927 del Ministerio del Interior
(no disponible en línea)
31/12/1927 12/01/1928 Establece normas transitorias a la espera de la dictación de un Estatuto Administrativo definitivo. Vigente desde 01/01/1928 (i.e.: retroactivo).
decreto 353 de 1928 del Ministerio del Interior
(no disponible en línea)
19/01/1928 06/02/1928 Aprueba el presupuesto para 1928 de la Municipalidad de Castro, que menciona el Día del Carabinero.
decreto 6.297 de 1928 del Ministerio del Interior
(no disponible en línea)
24/12/1928 28/12/1928 Establece para los Carabineros de Chile el "Premio al Valor" y las medallas y Distribuciones de Constancia. Menciona el Día del Carabinero.
decreto 1.878 de 1928 (año presunto) del Ministerio de Educación Pública
(no disponible en línea)
15/01/1929 Declara (retroactivamente) feriado escolar el 25 de mayo de 1928 [fecha presunta].
ley 4.536 17/01/1929 18/01/1929

Ley sobre alcoholes y bebidas alcohólicas. No hace referencia explícita al Año Nuevo. La ley dice simplemente:

Art. 122.
[...]
Los establecimientos clasificados en la letra e), deberán, además, permanecer cerrados los días feriados y festivos, desde las 12 horas del día Sábado hasta las 8 horas del Lunes siguiente.
No obstante, el Presidente de la República podrá autorizar la apertura de un número limitado de los establecimientos a que se refiere el inciso anterior, en los días indicados en el mismo, siempre que paguen una patente adicional sobre la que corresponda a los establecimientos de categoría más alta de la respectiva comuna.

La normativa posterior habla específicamente de fiestas patrias y Año Nuevo. Véase el D.F.L. 239 de 1931 del Ministerio del Interior.

decreto 3.355 de 1929 del Ministerio de Educación Pública
(no disponible en línea)
23/08/1929 30/08/1929 Instituye la Semana de la Patria en la enseñanza primaria.
decreto 5.200 de 1929 del Ministerio de Educación Pública 18/11/1929 10/12/1929 Crea la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Museos.
decreto 6.234 de 1929 del Ministerio de Educación Pública 26/12/1929 30/01/1930 Establece el reglamento para la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Museos; hace referencia al festivo de Año Nuevo.
decreto supremo 1.167 de 1930 del Ministerio del Interior
(no disponible en línea)
21/03/1930 10/04/1930 Fusiona los servicios de aviación dependientes de los ministerios de Guerra y de Marina, y crea la Subsecretaría de Aviación (futura Fuerza Aérea de Chile).
decreto 3.524 bis de 1930 del Ministerio del Interior
(no disponible en línea)
01/08/1930 04/09/1930 Crea el Ministerio de Agricultura.
ley 4.887
(no disponible en línea)
11/09/1930 15/09/1930 Declara feriado el 20 de septiembre de 1930.
decreto 3.740 de 1930 del Ministerio del Interior 22/08/1930 23/10/1930 Establece el Estatuto Administrativo.
decreto 5.715 de 1930 del Ministerio de Educación Pública
(no disponible en línea)
06/11/1930 18/11/1930 Declara (retroactivamente) feriado escolar el 8 de noviembre de 1930 en ¿la ciudad de? Santiago; declara feriado escolar el 27 de noviembre de 1930.
decreto 5.326 de 1930 del Ministerio del Interior
(no disponible en línea)
06/12/1930 11/12/1930 Declara feriado administrativo el 17 de diciembre de 1930.
decreto 1.133 de 1931 del Ministerio del Interior
(no disponible en línea)
11/04/1931 18/04/1931 Declara feriados administrativos los días 20 y 21 de abril de 1931 en el departamento de Ovalle.
D.F.L. 130 de 1931 del Ministerio del Interior
(no disponible en línea)
30/04/1931 30/04/1931 Declara feriado el 1 de mayo de 1931.
D.F.L. 157 de 1931 del Ministerio de Hacienda
(no disponible en línea)
08/05/1931 08/05/1931 Establece el horario de atención al público de los bancos e instituciones financieras; indica solamente el 30 de junio como feriado bancario. Vigente desde 07/06/1931.
D.F.L. 181 de 1931 del Ministerio de Agricultura
(no disponible en línea)
15/05/1931 15/05/1931 Limita la zona productora de pisco a los departamentos de Copiapó, Huasco, La Serena, Elqui y parte de Ovalle y da denominación de origen a dicha bebida alcohólica.
D.F.L. 178 de 1931 del Ministerio de Bienestar Social 13/05/1931 28/05/1931 Crea el feriado Día del Trabajo. Vigente desde 28/11/1931.
D.F.L. 239 de 1931 del Ministerio del Interior 15/05/1931 30/05/1931

Establece la ley sobre expendio de bebidas alcohólicas y penalidad de la embriaguez; hace referencia al festivo de Año Nuevo.

El Diario Oficial olvida indicar la fecha de promulgación de esta norma, aunque obviamente es el 15 de mayo de 1931: se publicó en la misma edición del diario que varias otras normas que lo preceden y suceden en número de secuencia, y todas ésas fueron promulgadas ese día.

Hay un par de artículos de interés:

Art. 12. En las comunas de la primera y segunda categorías, el Presidente de la República podrá autorizar a un número limitado de los establecimientos que deben figurar en la letra j), para que, mediante el pago de una petente especial, puedan funcionar durante todos los días, incluso los Sábados, Domingos, festivos y feriados, desde las ocho hasta las veinticuatro horas.

[...]

Art. 22. Los alcaldes podrán, excepcionalmente, conceder permisos para expender bebidas alcohólicas en los sitios públicos que fijen en cada caso, durante los días de fiestas patrias, pascua y año nuevo, no pudiendo estos permisos durar más de cuarenta y ocho horas.

El artículo 75 deroga buena parte de la ley 4.536, de enero de 1929, que no hace referencia alguna al Año Nuevo; se cree que el D.F.L. 239 de 1931 del Ministerio del Interior es la primera norma referida a alcoholes que menciona dicho festivo con ese nombre.

decreto 2.374 de 1931 del Ministerio del Interior
(no disponible en línea)
08/07/1931 21/07/1931 Modifica el reglamento para la concesión y uso del "Premio al Valor". Menciona el Día del Carabinero.
ley 4.968
(no disponible en línea)
27/07/1931 27/07/1931 Declara feriados bancarios los días 27 a 30 de julio de 1931.
decreto 2.696 de 1931 del Ministerio del Interior
(no disponible en línea)
05/08/1931 17/08/1931 Convoca a una elección presidencial para el domingo 4 de octubre de 1931.
decreto 4.430 de 1931 del Ministerio de Educación Pública
(no disponible en línea)
12/11/1931 Declara (retroactivamente) feriado escolar el 24 de octubre de 1931.
decreto 1.267 de 1932 del Ministerio del Interior
(no disponible en línea)
22/04/1932 26/04/1932 Declara (retroactivamente) feriado administrativo y escolar el 23 de abril de 1932 en la ciudad de Valparaíso a partir de las 12:00.
decreto 1.392 de 1932 del Ministerio del Interior
(no disponible en línea)
06/05/1932 12/05/1932 Declara feriado administrativo y escolar el 16 de mayo de 1932 en la ciudad de Copiapó.
decreto ley 1 de 1932
(no disponible en línea)
06/06/1932 06/06/1932 Declara feriados bancarios los días 6 a 8 de junio de 1932.
decreto ley 476 de 1932 23/08/1932 25/08/1932

La versión original de este decreto ley convoca a elecciones para un Congreso Constituyente el día domingo 30 de octubre de 1932; el artículo 6º indica que se efectuarán elecciones presidenciales en la fecha determinada por dicho congreso.

El decreto ley 639 de 1932 modificó esta norma, incluyendo una elección presidencial en la misma fecha.

decreto ley 636 de 1932
(no disponible en línea)
16/09/1932 17/09/1932 Crea (restablece) el feriado 20 de septiembre.
decreto ley 639 de 1932 21/09/1932 21/09/1932 Modifica el decreto ley 476 de 1932, que llamaba a elecciones para un Congreso Constituyente el domingo 30 de octubre de 1932, convocando también a una elección presidencial el mismo día. Ninguna de las dos normas menciona la palabra "feriado".
decreto 1.944 de 1932 del Ministerio de Fomento
(no disponible en línea)
11/11/1932 17/11/1932 Declara (retroactivamente) feriado escolar el 12 de noviembre de 1932 para los alumnos de la Escuela de Minas de Copiapó, por la celebración de la Fiesta de los Estudiantes.
decreto 596 de 1932 del Ministerio del Trabajo 14/11/1932 02/02/1933 Fija el texto único de los decretos ley previamente vigentes sobre sociedades cooperativas.
decreto 3.868 de 1933 del Ministerio de Educación Pública
(no disponible en línea)
11/10/1933 Crea el Día de la Bandera de la Raza (más bien, lo habría creado si se hubiese publicado en el Diario Oficial).
decreto 3.989 de 1933 del Ministerio del Interior
(no disponible en línea)
05/10/1933 21/11/1933 Establece el reglamento de concesión y uso de condecoraciones y distintivos de constancia, para Carabineros de Chile, Nº 18. Menciona el Día del Carabinero.
decreto 4.759 de 1933 del Ministerio del Interior
(no disponible en línea)
29/11/1933 11/12/1933 Declara (retroactivamente) feriado administrativo y escolar el 30 de noviembre de 1933 en la provincia de Concepción.
ley 5.357 15/01/1934 18/01/1934 Fija normas referidas a las elecciones municipales y otros temas relacionados.
decreto 2.801 de 1934 del Ministerio del Interior
(no disponible en línea)
19/06/1934 30/06/1934 Declara feriados administrativos y escolares los días 3 y 4 de julio de 1934 en la ciudad de Ancud.
decreto 3.011 de 1934 del Ministerio del Interior
(no disponible en línea)
30/06/1934 10/07/1934 Declara (retroactivamente) feriados administrativos y escolares los días 3 y 4 de julio de 1934 en la ciudad de Castro.
ley 5.480
(no disponible en línea)
11/09/1934 12/09/1934 Declara feriado el 17 de septiembre de 1934.
ley 5.547
(no disponible en línea)
28/12/1934 29/12/1934 Declara feriado bancario el 31 de diciembre de 1934.
decreto 1.592 de 1935 del Ministerio de Defensa Nacional
(no disponible en línea)
01/10/1935 09/10/1935 Crea el Día de la Cruz Roja Chilena.
decreto 4.134 de 1935 del Ministerio del Interior
(no disponible en línea)
07/10/1935 14/10/1935 Declara feriados administrativos y escolares los días 5 y 6 de noviembre de 1935 en la ciudad de Chillán.
ley 5.744
(no disponible en línea)
31/10/1935 04/11/1935 Declara feriados los días 5 y 6 de noviembre de 1935 en la provincia de Ñuble.
ley 5.784
(no disponible en línea)
31/12/1935 31/12/1935 Establece el feriado bancario de fin de año y declara feriado bancario el 2 de enero de 1936. Vigente desde 01/01/1936.
decreto 7.115 de 1936 del Ministerio de Educación Pública
(no disponible en línea)
30/10/1936 Declara (retroactivamente) feriado escolar el 17 de octubre de 1936 [fecha presunta] en el departamento de Santiago.
ley 5.976
(no disponible en línea)
30/12/1936 31/12/1936 Autoriza a los bancos e instituciones financieras a cerrar sus puertas el 2 de enero de 1937.
ley 6.038 16/02/1937 04/03/1937 Aprueba el Estatuto de los Empleados Municipales de la República.
ley 6.055
(no disponible en línea)
25/06/1937 26/06/1937 Autoriza a los bancos e instituciones financieras a cerrar sus puertas el 28 de junio de 1937.
decreto 1.257 de 1937 del Ministerio de Defensa Nacional
(no disponible en línea)
06/07/1937 19/07/1937 Crea el feriado escolar y militar Aniversario del Combate de La Concepción.
ley 6.058
(no disponible en línea)
20/07/1937 21/07/1937 Declara feriado el 21 de julio de 1937 en la provincia de Magallanes.
decreto 4.205 de 1937 del Ministerio del Interior
(no disponible en línea)
29/10/1937 09/11/1937 Declara (retroactivamente) feriado administrativo y escolar el 30 de octubre de 1937 en la ciudad de Nueva Imperial.
ley 6.250 03/09/1938 14/09/1938 Modifica la Ley General de Elecciones (el decreto ley 542 de 1925), declarando feriados los días en que se efectúan elecciones presidenciales.
decreto 7.137 de 1938 del Ministerio de Educación Pública
(no disponible en línea)
24/11/1938 Declara (retroactivamente) feriado escolar el 19 de noviembre de 1938 [fecha presunta].
decreto 487 de 1939 del Ministerio de Fomento
(no disponible en línea)
06/03/1939 11/03/1939 Convoca a un censo de población y vivienda para las provincias de Linares, Maule, Ñuble y Concepción para el 29 de marzo [de 1939].
decreto 1.038 de 1939 del Ministerio de Educación Pública
(no disponible en línea)
01/04/1939 Declara (retroactivamente) feriado escolar el 29 de marzo [de 1939] en las provincias de Linares, Maule, Ñuble y Concepción.
decreto 2.589 de 1939 del Ministerio de Educación Pública
(no disponible en línea)
05/06/1939 Declara (retroactivamente) feriado escolar el 25 de mayo de 1939.
decreto 1.020 de 1939 del Ministerio de Defensa Nacional
(no disponible en línea)
30/06/1939 03/08/1939 Modifica el Juramento a la Bandera de las Fuerzas Armadas y lo traslada de fecha al 9 de julio, coincidiendo con el feriado escolar y militar Aniversario del Combate de La Concepción.
decreto 3.648 de 1939 del Ministerio de Educación Pública
(no disponible en línea)
14/08/1939 Declara (retroactivamente) feriado escolar el 30 de junio de 1939.
decreto 4.157 de 1939 del Ministerio del Interior
(no disponible en línea)
18/08/1939 28/08/1939

Crea la Institución "Defensa de la Raza y Aprovechamiento de las Horas Libres" y el Día Oficial de la Institución "Defensa de la Raza y Aprovechamiento de las Horas Libres".

El texto del decreto aparece en dos folletos propagandísticos de la institución: Defensa de la Raza y Aprovechamiento de las Horas Libres, de 1940, y Defensa de la raza: 1939-1941, de 1941.

decreto 1.179 de 1940 del Ministerio del Interior
(no disponible en línea)
27/03/1940 05/04/1940 Declara (retroactivamente) feriado administrativo y escolar vespertino el 28 de marzo de 1940 en el departamento de Santiago.
decreto 1.392 de 1940 del Ministerio del Interior
(no disponible en línea)
08/04/1940 30/04/1940 Declara (retroactivamente) feriado escolar el 8 de abril de 1940 en la ciudad de Chillán y feriado administrativo vespertino el 8 de abril de 1940 (presumiblemente, también en la ciudad de Chillán).
decreto 4.364 de 1940 del Ministerio del Interior
(no disponible en línea)
30/08/1940 10/10/1940 Establece el reglamento de concesión y uso de medallas y condecoraciones para Carabineros, Nº 18, reemplazando al instituido por el decreto 3.989 de 1933 del Ministerio del Interior. Menciona el Día del Carabinero.
ley 6.744
(no disponible en línea)
29/10/1940 09/11/1940 Autoriza la entrega de fondos para celebrar el cuadringentenario de la fundación de Santiago.
decreto 6.617 de 1940 del Ministerio de Educación Pública
(no disponible en línea)
27/11/1940 Declara feriado escolar el 28 de noviembre de 1940.
decreto 849 bis de 1940 del Ministerio de Defensa Nacional
(no disponible en línea)
10/12/1940 17/12/1940 Crea El Día de la Fuerza Aérea de Chile.
ley 6.823
(no disponible en línea)
11/02/1941 11/02/1941 Declara feriados los días 12 y 13 de febrero de 1941 en los departamentos de Santiago y San Bernardo.
ley 6.834
(no disponible en línea)
17/02/1941 20/02/1941 Ley General de Elecciones; declara feriados los días en que se efectúan elecciones presidenciales.
decreto 1.472 de 1941 del Ministerio del Interior 17/03/1941 24/07/1941 Fija el texto "definitivo" de la Ley de Organización y Atribuciones de las Municipalidades.
decreto supremo 3.791 de 1941 del Ministerio de Educación Pública
(no disponible en línea)
28/07/1941

Establece normas sobre el enaltecimiento de los valores patrios.

Se desconoce la fecha exacta de publicación de esta norma; no aparece en los sumarios del Diario Oficial publicados entre el 16 de julio y el 31 de diciembre de 1941 (es posible que no haya sido publicado nunca).

decreto 5.660 de 1941 del Ministerio de Educación Pública
(no disponible en línea)
19/11/1941 Declara feriado escolar el 7 de noviembre de 1941.
ley 7.136
(no disponible en línea)
26/11/1941 27/11/1941 Declara feriado el 28 de noviembre de 1941.
decreto 6.316 de 1941 del Ministerio del Interior
(no disponible en línea)
04/12/1941 06/12/1941 Convoca a elección presidencial extraordinaria para el 1 de febrero de 1942.
decreto 1.052 de 1942 del Ministerio del Interior
(no disponible en línea)
20/02/1942 07/03/1942 Establece el reglamento de concesión y uso de medallas y condecoraciones para Carabineros, Nº 18, reemplazando al instituido por el decreto 4.364 de 1940 del Ministerio del Interior. Menciona el Día del Carabinero.
decreto 1.535 de 1942 del Ministerio del Interior
(no disponible en línea)
23/03/1942 30/03/1942 Declara feriado administrativo y escolar el 2 de abril de 1942.
decreto 3.488 de 1942 del Ministerio de Educación Pública
(no disponible en línea)
04/07/1942 Instituye el Día del Maestro.
D.F.L. 6-4.817 de 1942 del Ministerio del Interior 26/08/1942 09/09/1942 Establece una nueva estructura de los servicios de la Administración Pública. Entre otras cosas, refunde en un solo servicio varias reparticiones del Ministerio del Interior, incluyendo la Institución "Defensa de la Raza y Aprovechamiento de las Horas Libres". Por ello, se interpreta que este decreto con fuerza de ley también deroga el Día Oficial de la Institución "Defensa de la Raza y Aprovechamiento de las Horas Libres" (la entrada dedicada a dicho día justifica dicha interpretación).
ley 7.289 22/09/1942 02/10/1942 Reduce los feriados disponibles en la industria del carbón durante la Segunda Guerra Mundial.
ley 7.367 09/11/1942 20/11/1942 Conmemora el centenario de la muerte de Bernardo O'Higgins; declara (retroactivamente) feriado escolar el 24 de octubre de 1942.
decreto 265 de 1943 del Ministerio de Agricultura 26/04/1943 01/06/1943 Establece el reglamento sobre alcoholes y bebidas alcohólicas; hace referencia al festivo de Año Nuevo en el artículo 20.
decreto 523 de 1943 del Ministerio del Trabajo
(no disponible en línea)
29/07/1943 20/08/1943 Publica el Reglamento para la aplicación de la ley 7.289.
ley 7.553
(no disponible en línea)
16/09/1943 17/09/1943 Declara feriado el 21 de septiembre de 1943 en la Provincia de Magallanes.
ley 7.707 23/10/1943 13/11/1943 Autoriza gastos para la construcción de obras públicas en la ciudad de Tocopilla; declara (retroactivamente) feriado el 29 de septiembre de 1943 en el Departamento de Tocopilla.
ley 7.767 31/01/1944 28/02/1944 Renombra la Avenida Bernardo O'Higgins a "Alameda Bernardo O'Higgins".
decreto 2.395 de 1944 del Ministerio del Interior
(no disponible en línea)
16/06/1944 23/06/1944 Declara (retroactivamente) feriado administrativo el 20 de junio de 1944 en el departamento de Tierra del Fuego.
decreto 2.500 de 1944 del Ministerio del Interior
(no disponible en línea)
24/06/1944 07/07/1944 Fija el Estatuto Orgánico de los funcionarios de la Administración Civil del Estado. Crea los feriados administrativos vespertinos víspera de Navidad y víspera de Año Nuevo.
decreto 3.230 de 1944 del Ministerio del Interior
(no disponible en línea)
18/08/1944 29/08/1944 Declara (retroactivamente) feriado administrativo el 24 de agosto de 1944 en el departamento de La Serena.
decreto 5.153 de 1944 del Ministerio del Interior
(no disponible en línea)
06/12/1944 09/12/1944 Declara feriado administrativo el 9 de diciembre de 1944 en el departamento de Copiapó.
decreto 1.590 de 1945 del Ministerio del Interior
(no disponible en línea)
22/03/1945 05/04/1945 Declara (retroactivamente) feriados administrativos los días 23 y 24 de marzo de 1945 en el departamento de La Serena.
ley 8.109
(no disponible en línea)
11/04/1945 13/04/1945 Autoriza al Presidente de la República a "reconocer" el estado de guerra con Japón.
decreto 303 de 1945 del Ministerio de Relaciones Exteriores
(no disponible en línea)
13/04/1945 14/04/1945 "Reconoce" y declara el estado de guerra con Japón.
ley 8.223
(no disponible en línea)
12/09/1945 13/09/1945 Deroga el feriado 20 de septiembre.
ley 8.282 21/09/1945 24/09/1945 Establece la nueva versión del Estatuto Administrativo ("Estatuto Orgánico de los Funcionarios de la Administración Civil del Estado").
decreto 5.655 de 1945 del Ministerio del Interior 14/11/1945 04/12/1945 Fija el texto refundido de la Ley de Organización y Atribuciones de las Municipalidades.
decreto 1.308 de 1946 del Ministerio de Hacienda
(no disponible en línea)
07/03/1946 20/03/1946 Concede un nuevo plazo a los tenedores de bonos de deuda externa para acogerse a un plan de pagos; menciona a la Segunda Guerra Mundial y la situación de fuerza mayor que provocó como asuntos pretéritos, lo que implica que el Estado reconoce el fin del "conflicto bélico" (la Segunda Guerra Mundial), y que por ello la ley 7.289 deja de estar vigente.
decreto 1.892 de 1946 del Ministerio de Hacienda
(no disponible en línea)
22/04/1946 06/06/1946 Elimina las cuotas máximas de consumo de gasolina y aceite de automóviles fiscales; menciona que esa medida tuvo origen en las restricciones de aprovisionamiento motivadas por el "conflicto bélico" (la Segunda Guerra Mundial), que ya cesó; esto implica que el Estado reconoce dicho fin, y que por ello la ley 7.289 deja de estar vigente.
decreto 3.780 de 1946 del Ministerio del Interior
(no disponible en línea)
06/07/1946 15/07/1946 Convoca a elección presidencial extraordinaria para el 4 de septiembre de 1946.
ley 9.334
(no disponible en línea)
21/03/1949 05/05/1949 Ley General de Elecciones; declara feriados los días en que se efectúan elecciones presidenciales.
ley 9.342 04/07/1949 14/09/1949 Fija el texto refundido de la Ley de Organización y Atribuciones de las Municipalidades.
ley 9.601
(no disponible en línea)
06/04/1950 17/04/1950 Declara feriado el 17 de agosto de 1950.
decreto 786 de 1950 del Ministerio de Salubridad, Previsión y Asistencia Social
(no disponible en línea)
06/04/1950 04/05/1950 Crea, en Chile, el Día Mundial de la Salud.
ley 9.933
(no disponible en línea)
26/06/1951 28/06/1951 Declara feriado el 30 de junio de 1951 en la provincia de Valparaíso.
decreto 1.242 de 1951 del Ministerio de Economía y Comercio
(no disponible en línea)
11/10/1951 09/01/1952 Convoca al XII censo de población y I de vivienda y lo regula; declara feriados escolares los días 23, 24 y 25 de abril de 1952.
ley 10.258
(no disponible en línea)
09/02/1952 11/02/1952 Declara feriado el 12 de febrero de 1952 en la provincia de Valdivia.
ley 10.595 26/09/1952 13/10/1952 Autoriza gastos para la celebración del cuarto centenario de la fundación de Angol. El artículo 6 declara feriado el 24 de octubre de 1953 en la provincia de Malleco.
ley 10.571 23/09/1952 16/10/1952 Autoriza gastos con ocasión del centenario de la fundación de la ciudad de San Javier; declara feriado el 18 de noviembre de 1952 en el Departamento de Loncomilla.
ley 10.985 29/10/1952 30/10/1952 Declara feriado el 3 de noviembre de 1952 y autoriza la permanencia de tropas extranjeras en el territorio.
D.F.L. 54 de 1953 del Ministerio de Hacienda 24/04/1953 02/05/1953 Crea la Empresa de Transportes Colectivos del Estado.
D.F.L. 256 de 1953 del Ministerio de Hacienda 24/07/1953 29/07/1953 Fija el nuevo Estatuto Administrativo para los empleados de la Administracion Pública.
ley 11.469 11/12/1953 22/01/1954 Refunde la ley 6.038 y aprueba la nueva versión del Estatuto de los Empleados Municipales de la República.
ley 11.742 10/11/1954 12/11/1954 Declara feriados los días 12 y 13 de noviembre de 1954 en la comuna de Illapel.
ley 11.837 24/05/1955 31/05/1955 Declara feriados los días 6 y 7 de junio de 1955 en el departamento de Arica.
decreto supremo 1.747 de 1940 del Ministerio de Relaciones Exteriores 06/11/1940 21/06/1955

Fija los límites del territorio antártico nacional.

No, las fechas de promulgación y publicación no contienen erratas: hay una diferencia de más de catorce años entre ambas.

ley 11.862 03/08/1955 26/08/1955 Entrega fondos a la Municipalidad de Arica para financiar las celebraciones por el 75º aniversario de la toma del morro homónimo.
ley 11.860 26/07/1955 14/09/1955 Fija el texto refundido de la Ley de Organización y Atribuciones de las Municipalidades.
decreto 176 de 1954 del Ministerio de Relaciones Exteriores 29/04/1954 27/10/1955

Ordena cumplir como ley el Tratado de San Francisco, que declaró la paz entre Japón y Estados Unidos de América y otros países (incluido Chile).

No, las fechas de promulgación y publicación no contienen erratas: hay una diferencia de dieciocho meses entre ambas (claro que eso no anda ni cerca del decreto supremo 1.747 de 1940 del Ministerio de Relaciones Exteriores).

decreto 4.326 de 1955 del Ministerio del Interior
(no disponible en línea)
29/09/1955 17/11/1955 Aprueba el Reglamento de Bienestar para Carabineros, Nº24; éste menciona la Semana de la Patria.
ley 11.999 27/12/1955 31/12/1955 Da facultades a las municipalidades para decretar el cierre de establecimientos comerciales en ciertos horarios; hace referencia al festivo de Año Nuevo.
decreto 1.377 de 1956 del Ministerio del Interior
(no disponible en línea)
09/04/1956 11/04/1956 Crea el Día de las Américas y la Semana de las Américas.
ley 12.051 27/06/1956 12/07/1956 Hace obligatorio el cierre de atención a público de los bancos los días 30 de junio y 31 de diciembre.
decreto 198 de 1957 del Ministerio de Educación Pública
(no disponible en línea)
18/01/1957 19/02/1957 Crea el Día Universal del Niño para los establecimientos educacionales dependientes del Ministerio de Educación Pública.
ley 12.502 08/08/1957 17/08/1957 Declara feriado el 20 de agosto de 1957 en el Departamento de Chillán.
ley 12.879 21/03/1958 25/03/1958 Declara feriado el 27 de marzo de 1958 en la Provincia de Osorno.
ley 12.889 26/05/1958 31/05/1958 Modifica la Ley General de Elecciones y autoriza refundirla. Da lugar inmediatamente a la ley 12.891.
ley 12.891 10/06/1958 26/06/1958 Ley General de Elecciones; declara feriados los días en que se efectúan elecciones presidenciales.
ley 12.902 03/07/1958 08/07/1958 Concede dinero a la Municipalidad de Taltal para obras de adelanto local, con motivo de la celebración del centenario de la fundación de dicha ciudad, y declara feriado el 12 de julio de 1958 en el Departamento de Taltal.
ley 13.009 12/09/1958 13/09/1958 Declara feriado el 20 de septiembre de 1958.
D.F.L. 25 de 1959 del Ministerio de Hacienda 14/10/1959 29/10/1959 Crea los Ministerios de Trabajo y Previsión Social y de Salud Pública.
D.F.L. 252 de 1960 del Ministerio de Hacienda 30/03/1960 04/04/1960 Fija el texto de la Ley General de Bancos. Vigente desde 01/05/1960.
D.F.L. 338 de 1960 del Ministerio de Hacienda 05/04/1960 06/04/1960 Aprueba el Estatuto Administrativo de los funcionarios públicos.
D.F.L. 313 de 1960 del Ministerio de Hacienda 01/04/1960 06/04/1960 Aprueba la ley orgánica de la Dirección de Estadística y Censos.
decreto 319 de 1960 del Ministerio de Economía 19/05/1960 30/07/1960 Convoca al XIII censo de población y II de vivienda.
decreto 322 de 1960 del Ministerio de Economía
(no disponible en línea)
19/05/1960 09/08/1960 Regula el XIII censo de población y II de vivienda.
decreto 4.952 de 1961 del Ministerio de Justicia
(no disponible en línea)
23/11/1961 07/12/1961

Autoriza la celebración de la Semana Penitenciaria. En particular,

  • Autoriza al Servicio de Prisiones (hoy Gendarmería de Chile) para que organice todos los años la Semana Penitenciaria.
  • Durante la Semana Penitenciaria se efectuará la celebración del Día del Vigilante, que se conmemora el 30 de noviembre de cada año.
ley 14.852 02/05/1962 16/05/1962 Ley General de Elecciones; declara feriados los días en que se efectúan elecciones presidenciales.
ley 14.866 27/06/1962 30/06/1962 Crea El Día del Bombero.
ley 14.997 06/11/1962 15/11/1962 Autoriza gastos en obras de adelanto local, con ocasión del centenario de la fundación de la ciudad de Angol; declara feriado el 7 de diciembre de 1962 en el Departamento de Nacimiento y en la Provincia de Malleco.
ley 15.020 15/11/1962 27/11/1962 Ley de reforma agraria.
decreto 1.361 de 1964 del Ministerio de Educación Pública
(no disponible en línea)
14/02/1964 18/02/1964 Establece el calendario escolar para 1964.
decreto 14.591 de 1964 del Ministerio de Educación Pública
(no disponible en línea)
23/09/1964 01/10/1964 Crea el Día de la Educación Física, del Deporte y la Recreación.
ley 15.716 29/09/1964 01/10/1964 Declara feriado el 2 de octubre (de 1964) en la ciudad de Rancagua y dispone fondos para habilitar el hospital de dicha ciudad.
ley 15.909 17/11/1964 05/12/1964 Autoriza préstamos a la Municipalidad de Talcahuano y declara (retroactivamente) feriado el 5 de noviembre de 1964 en la comuna de Talcahuano.
decreto 1.486 de 1965 del Ministerio de Educación Pública
(no disponible en línea)
19/02/1965 09/03/1965 Establece el calendario escolar para 1965.
ley 16.324 16/09/1965 28/09/1965 Establece que las instituciones bancarias trabajarán de lunes a viernes (hasta entonces también lo hacían los sábados), y designa los sábados como feriados bancarios. Ley vigente desde 28/10/1965.
decreto 778 de 1965 del Ministerio de Relaciones Exteriores
(no disponible en línea)
10/12/1965 04/01/1966 Crea el Día de la Antártica Chilena.
decreto 533 de 1966 del Ministerio de Educación Pública
(no disponible en línea)
24/01/1966 19/02/1966 Establece el calendario escolar para 1966.
decreto 2.654 de 1966 del Ministerio de Educación Pública
(no disponible en línea)
22/03/1966 25/08/1966 Establece el calendario escolar para 1966; complementa el decreto 533 de 1966 del Ministerio de Educación Pública.
ley 16.535 19/08/1966 02/09/1966 Crea el feriado escolar Nacimiento del Prócer de la Independencia, válido solamente en la comuna de Chillán.
decreto 795 de 1967 del Ministerio de Educación Pública
(no disponible en línea)
18/02/1967 17/03/1967 Establece el calendario escolar para 1967.
ley 16.625 26/04/1967 29/04/1967 Establece el derecho de sindicación campesina.
ley 16.640 16/07/1967 28/07/1967 Ley de reforma agraria - expande el proceso iniciado por la ley 15.020.
ley 16.662 24/08/1967 08/09/1967 Eleva de status el Día del Maestro y lo traslada de fecha. Vigente desde 01/01/1967 [sic].
decreto 222 de 1968 del Ministerio del Interior
(no disponible en línea)
08/02/1968 10/02/1968 Manda ordenar el izamiento del pabellón nacional en todo el país el 12 de febrero de 1968, por el sesquicentenario de la Declaración de Independencia.
decreto 1.211 de 1968 del Ministerio de Educación Pública
(no disponible en línea)
21/02/1968 29/02/1968 Establece el calendario escolar para 1968.
decreto 444 de 1968 del Ministerio del Interior
(no disponible en línea)
15/03/1968 21/03/1968 Manda ordenar el izamiento del pabellón nacional en todo el país el 5 de abril de 1968, por el sesquicentenario de la Batalla de Maipú.
ley 16.840 20/05/1968 24/05/1968 Regula un montón de temas diferentes (esta ley tiene casi 300 artículos); el artículo 144 deroga los feriados de San Pedro y San Pablo, Ascensión del Señor y Corpus Christi.
ley 16.880 19/07/1968 07/08/1968 Ley sobre Juntas de Vecinos y demás organizaciones comunitarias.
ley 17.026 18/11/1968 25/11/1968 Crea el Día del Huaso.
decreto 18 de 1969 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción
(no disponible en línea)
08/01/1969 26/02/1969 Ordena levantar el XIV censo de población y III de vivienda; a diferencia de las normas anteriores, no establece la fecha en que se debe efectuar, sino que deja esa responsabilidad en el Director de la Dirección de Estadística y Censos (actual INE).
ley 17.146 25/04/1969 06/05/1969 Otorga personalidad jurídica a siete colegios profesionales, incluyendo el de Kinesiólogos.
ley 17.252 03/12/1969 06/12/1969 Dicta varias normas en favor de la Empresa de Transportes Colectivos del Estado y de la Empresa Portuaria de Chile. Esto incluye crear el Día del Trabajador de la Empresa de Transportes Colectivos del Estado.
decreto 1.806 de 1969 del Ministerio del Interior
(no disponible en línea)
23/12/1969 30/12/1969 Suspende régimen de zona seca por las festividades de Pascua y Año Nuevo.
decreto 1.259 de 1969 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción
(no disponible en línea)
26/11/1969 31/12/1969 Regula el XIV censo de población y III de vivienda. Al igual que el decreto 18 de 1969 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, no establece la fecha en que se debe efectuar el censo, sino que deja esa responsabilidad en el Director de la Dirección de Estadística y Censos (actual INE).
decreto 1.345 de 1969 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción
(no disponible en línea)
17/12/1969 15/01/1970 Crea la comisión nacional del XIV censo de población y III de vivienda. El considerando menciona el decreto 18 de 1969 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción y la resolución 128 de la Dirección de Estadísticas y Censos, de 22 de noviembre de 1969.
ley 17.276 07/01/1970 15/01/1970 Fomenta el deporte; el artículo 13 ordena la dictación de un reglamento que norme los Consejos Provinciales y Locales de Deportes; dicho reglamento fue aprobado mediante el decreto s.2 396 de 1971 del Ministerio de Defensa Nacional.
decreto 22 de 1970 del Ministerio de Educación Pública
(no disponible en línea)
02/01/1970 13/02/1970 Establece el calendario escolar para 1970.
decreto 1.046 de 1970 del Ministerio de Educación Pública
(no disponible en línea)
19/03/1970 21/04/1970 Declara feriado escolar el 22 de abril de 1970.
decreto 2.912 de 1970 del Ministerio de Educación Pública
(no disponible en línea)
26/08/1970 09/09/1970 Declara (retroactivamente) feriados escolares el 3 de septiembre de 1970 y el 5 de septiembre de 1970.
decreto 3.871 de 1970 del Ministerio de Educación Pública
(no disponible en línea)
02/11/1970 12/11/1970 Declara (retroactivamente) feriado escolar el 3 de noviembre de 1970.
decreto 3.755 de 1970 del Ministerio de Educación Pública 23/10/1970 04/12/1970 Fija el texto del Reglamento General de Liceos.
ley 17.374 15/10/1970 10/12/1970 Fija el texto refundido, coordinado y actualizado del D.F.L. 313 de 1960 del Ministerio de Hacienda, que crea el Instituto Nacional de Estadísticas (entidad sucesora de la Dirección de Estadística y Censos).
decreto 374 de 1971 del Ministerio de Educación Pública
(no disponible en línea)
22/02/1971 30/03/1971 Establece el calendario escolar para 1971.
decreto 464 de 1971 del Ministerio del Interior
(no disponible en línea)
31/03/1971 02/04/1971 Declara feriados escolares los días 2, 3 y 5 de abril de 1971.
decreto 641 de 1971 del Ministerio de Educación Pública
(no disponible en línea)
11/03/1971 03/04/1971 Declara (retroactivamente) feriados escolares los días 29 a 31 de marzo de 1971 en la ciudad de Chimbarongo.
decreto s.2 396 de 1971 del Ministerio de Defensa Nacional 13/07/1971 06/08/1971 Aprueba el reglamento para la aplicación de la ley 17.276; entre otras cosas, crea el Día del Deporte.
decreto 33 de 1972 del Ministerio de Educación Pública
(no disponible en línea)
03/01/1972 25/01/1972 Establece el calendario escolar para 1972.
decreto 443 de 1972 del Ministerio de Defensa Nacional
(no disponible en línea)
11/08/1972 06/10/1972 Crea el Día de Celebración al Escudo y Bandera Nacionales.
ley 17.772 29/09/1972 06/10/1972 Crea el feriado ocupacional Día Nacional del Cinematografista.
ley 17.827 03/11/1972 11/11/1972 Crea el feriado ocupacional Día Nacional del Campesino.
decreto 35 de 1973 del Ministerio de Educación Pública
(no disponible en línea)
10/01/1973 10/03/1973 Establece el calendario escolar para 1973.
resolución 428 de 1973 de la Dirección de Industria y Comercio
(no disponible en línea)
04/06/1973 05/06/1973 Establece horarios de atención durante los días 6 de junio para el comercio que expenda artículos de primera necesidad; menciona el Día Nacional del Comercio.
decreto ley 11 de 1973 17/09/1973 18/09/1973 Suspende el feriado del 19 de septiembre de 1973.
decreto ley 27 de 1973 21/09/1973 24/09/1973 Disuelve el Congreso Nacional.
resolución 24 de 1973 de la Superintendencia de Bancos
(no disponible en línea)
27/09/1973 03/10/1973 Establece el horario de atención al público de los bancos, que cubre los días lunes a sábado, eliminando (de facto) el feriado bancario sabatino. Vigente (retroactivamente) desde 28/09/1973.
decreto ley 63 de 1973 01/10/1973 08/10/1973 Deroga el feriado Aniversario del Descubrimiento de América.
resolución 32 de 1973 de la Superintendencia de Bancos
(no disponible en línea)
31/12/1973 03/01/1974 Establece el horario de atención al público de los bancos, que cubre los días lunes a viernes, revirtiendo el horario dictado por la resolución 24 de 1973 de la Superintendencia de Bancos y restableciendo (de facto) el feriado bancario sabatino.
decreto 5 de 1974 del Ministerio de Educación Pública
(no disponible en línea)
07/01/1974 25/01/1974 Establece el calendario escolar para 1974.
decreto 1.100 de 1974 del Ministerio del Interior
(no disponible en línea)
01/07/1974 03/07/1974 Crea el Día Oficial de la Bandera Nacional.
decreto ley 680 de 1974 01/10/1974 10/10/1974 Traslada el Día del Maestro al 10 de diciembre.
decreto ley 687 de 1974 07/10/1974 10/10/1974 Restablece el feriado Aniversario del Descubrimiento de América.
decreto ley 678 de 1974 01/10/1974 16/10/1974 Crea el Colegio de Profesores de Chile.
decreto 953 de 1974 del Ministerio de Educación Pública
(no disponible en línea)
02/10/1974 28/10/1974 Crea el Día del Patrullero de Seguridad Escolar.
decreto 573 de 1974 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo
(no disponible en línea)
04/11/1974 06/11/1974 Crea el Día Nacional del Urbanismo.
decreto 1.751 de 1974 del Ministerio del Interior
(no disponible en línea)
29/10/1974 08/11/1974 Declara a 1975 como el Año Universal de la Mujer.
decreto 1.178 de 1974 del Ministerio de Educación Pública
(no disponible en línea)
21/11/1974 27/12/1974 Modifica el decreto supremo 3.791 de 1941 del Ministerio de Educación Pública, reforzando las normas para el enaltecimiento de los valores patrios y ordenando efectuar actos cívicos basados en las efemérides señaladas en el calendario permanente de efemérides (que deberá ser definido por el Ministerio de Educación Pública).
decreto 17 de 1975 de la Intendencia de Santiago
(no disponible en línea)
15/01/1975 17/01/1975 Ordena izar el pabellón nacional el 20 de enero de 1975 en todos los edificios públicos de la Provincia de Santiago y autoriza hacer lo mismo en los inmuebles particulares.
decreto 8 de 1975 del Ministerio de Educación Pública
(no disponible en línea)
03/01/1975 01/02/1975 Establece el calendario escolar para 1975.
decreto 29 de 1975 del Ministerio de Educación Pública 09/01/1975 22/02/1975 Refunde el decreto supremo 3.791 de 1941 del Ministerio de Educación Pública. Establece, entre otras cosas, que los actos cívicos en los colegios deben seguir el calendario de efemérides que, por resolución, fije el Ministerio de Educación Pública.
resolución 1.707 de 1975 del Ministerio de Educación Pública 27/01/1975 10/03/1975 Fija el calendario permanente de efemérides.
decreto supremo 908 de 1975 del Ministerio del Interior 11/07/1975 22/07/1975 Crea el Día Nacional de la Juventud.
decreto ley 1.146 de 1975 20/08/1975 02/09/1975 Otorga el mote de "libertador" a Bernardo O'Higgins y declara a 1978 como el Año del Libertador Bernardo O'Higgins.
decreto ley 1.171 de 1975 03/09/1975 05/09/1975 Suprime el feriado bancario de fin de semestre.
decreto ley 1.299 de 1975 23/12/1975 26/12/1975 Otorga un bono para trabajadores y pensionados; hace referencia al festivo de Año Nuevo.
decreto ley 1.289 de 1975 12/12/1975 14/01/1976 Ley orgánica de las municipalidades; reemplaza a los regidores por un Consejo de Desarrollo Comunal ("CODECO"); refiere todo el tratamiento de los empleados municipales al Estatuto Administrativo "general" de los funcionarios públicos; el artículo final deroga las leyes 11.469 y 11.860.
decreto 15 de 1976 de la Intendencia de Santiago
(no disponible en línea)
15/01/1976 17/01/1976 Ordena izar el pabellón nacional el 20 de enero de 1976 en todos los edificios públicos de la Provincia de Santiago y autoriza hacer lo mismo en los inmuebles particulares.
decreto ley 1.329 de 1976 20/01/1976 21/01/1976 Declara feriado el 22 de enero de 1976 en la Provincia de Chiloé.
decreto 1.105 de 1975 del Ministerio de Educación Pública
(no disponible en línea)
31/12/1975 26/01/1976 Establece el calendario escolar para 1976.
decreto 4 de 1976 del Ministerio de Salud Pública
(no disponible en línea)
02/01/1976 31/01/1976 Crea el Día Nacional del Laboratorista Dental.
decreto ley 1.471 de 1976 31/05/1976 22/06/1976 Reemplaza el feriado Día Nacional del Campesino por el Día Nacional del Trabajador Agrícola (sin carácter de feriado).
decreto ley 1.539 de 1976 23/08/1976 25/08/1976 Autoriza la acuñación de monedas de $100 de oro en conmemoración del "Tercer Aniversario de la Liberación de Chile".
decreto 491 de 1976 de la Intendencia de Santiago
(no disponible en línea)
07/09/1976 09/09/1976 Ordena izar el pabellón nacional en todos los edificios públicos de la Región Metropolitana el 11 de septiembre de 1976 por el "Tercer Aniversario del Movimiento Restaurador de los Valores Nacionales" (también conocido como Aniversario de la Liberación Nacional), y autoriza hacer lo mismo en los inmuebles particulares.
decreto 492 de 1976 de la Intendencia de Santiago
(no disponible en línea)
07/09/1976 09/09/1976 Autoriza a los establecimientos comerciales a cerrar a partir de las 10:30 el 11 de septiembre de 1976, por la conmemoración del "Tercer Aniversario del Movimiento Restaurador de los Valores Nacionales" (también conocido como Aniversario de la Liberación Nacional).
decreto 777 de 1976 del Ministerio de Educación Pública
(no disponible en línea)
19/08/1976 10/09/1976 Crea el Día de la Educación Técnico-Profesional.
resolución 901 de 1976 de la Dirección Nacional de Correos y Telégrafos
(no disponible en línea)
30/08/1976 17/09/1976

Autoriza la emisión de estampillas conmemorativas del tercer Aniversario de la Liberación Nacional.

La Dirección Nacional de Correos y Telégrafos era un organismo dependiente del Ministerio del Interior.

decreto supremo 1.110 de 1976 del Ministerio del Interior 18/10/1976 29/10/1976 Crea el Día Nacional del Anciano, el Día Nacional del Abuelo, el Día Nacional de la Mujer, el Día Nacional del Padre, el Día Nacional de la Madre y el Día Nacional del Niño y recopila el Día del Maestro, oficializando las espontáneas celebraciones previamente existentes (excepto por el último, que ya tenía existencia legal).
decreto ley 1.613 de 1976 09/12/1976 11/12/1976 Otorga un bono para trabajadores y pensionados; hace referencia al festivo de Año Nuevo.
decreto 940 de 1976 del Ministerio del Interior
(no disponible en línea)
07/09/1976 04/01/1977 Autoriza la emisión del block souvenir conmemorativo de los sellos alusivos al tercer Aniversario de la Liberación Nacional.
decreto 50 de 1977 del Ministerio de Educación Pública
(no disponible en línea)
18/01/1977 17/02/1977 Establece el calendario escolar para 1977.
decreto 177 de 1977 del Ministerio del Interior
(no disponible en línea)
17/02/1977 04/03/1977 Modifica el decreto supremo 1.110 de 1976 del Ministerio del Interior, trasladando (sin explicaciones) el Día Nacional de la Mujer al 2 de diciembre.
decreto 61 de 1977 del Ministerio del Salud Pública
(no disponible en línea)
22/03/1977 05/05/1977 Designa a 1977 Año de la Participación de la Comunidad en la Salud.
decreto 754 de 1977 del Ministerio del Interior 22/07/1977 18/08/1977 Debido a las confusiones producidas, funde el Día Nacional del Abuelo y el Día Nacional del Anciano en el Día Nacional del Anciano y del Abuelo.
decreto ley 1.938 de 1977 05/10/1977 08/10/1977 Crea el Día del Profesor. Deroga la ley 16.662 y el decreto ley 680 de 1974, pero no modifica el decreto supremo 1.110 de 1976 del Ministerio del Interior (¡!).
decreto 1.308 de 1977 del Ministerio del Interior 27/12/1977 03/01/1978 Convoca y reglamenta la "consulta nacional" para apoyar o rechazar la legitimidad del gobierno.
decreto ley 2.098 de 1978 02/01/1978 12/01/1978 Autoriza la acuñación de monedas de oro y de plata en conmemoración del "Tercer Aniversario de la Liberación de Chile".
decreto 1.022 de 1977 del Ministerio de Educación Pública
(no disponible en línea)
13/12/1977 17/01/1978 Establece el calendario escolar para 1978.
decreto ley 2.200 de 1978 01/05/1978 15/06/1978 Fija normas relativas al contrato de trabajo y a la protección de los trabajadores; recopila la declaración de feriado el 1 de mayo de cada año (sin darle nombre), AUNQUE NO DEROGA el D.F.L. 178 de 1931 del Ministerio de Bienestar Social.
decreto ley 2.317 de 1978 11/08/1978 12/08/1978 Declara feriado el 14 de agosto de 1978.
decreto ley 2.332 de 1978 11/09/1978 11/09/1978 Declara feriado el 11 de septiembre de 1978 a partir de las 14:00, por las celebraciones del quinto Aniversario de la Liberación Nacional.
decreto ley 2.408 de 1978 11/12/1978 13/12/1978 Otorga un bono para trabajadores y pensionados; hace referencia al festivo de Año Nuevo.
decreto 2.037 de 1978 del Ministerio de Educación Pública
(no disponible en línea)
15/12/1978 11/01/1979 Establece el calendario escolar para 1979.
decreto 94 de 1979 del Ministerio de Educación Pública
(no disponible en línea)
10/01/1979 21/02/1979 Traslada el Día del Patrullero de Seguridad Escolar al segundo viernes de octubre.
decreto ley 2.618 de 1979 18/04/1979 25/04/1979 Declara feriado el 30 de abril de 1979.
decreto ley 2.763 de 1979 11/07/1979 03/08/1979 Reorganiza el Ministerio de Salud Pública (que pasa a ser "Ministerio de Salud"); crea el Sistema Nacional de Servicios de Salud.
decreto 484 de 1979 de la Intendencia de la Región Metropolitana
(no disponible en línea)
07/09/1979 08/09/1979 Ordena izar el pabellón nacional en todos los edificios públicos de la Región Metropolitana el 11 de septiembre de 1979 por el sexto Aniversario de la Liberación Nacional, y autoriza hacer lo mismo en los inmuebles particulares.
decreto ley 2.867 de 1979 20/09/1979 26/10/1979 Delimita varias regiones y provincias del país; entre otras cosas, en el artículo 14 se crea la provincia de Cauquenes.
decreto 23 de 1979 del Ministerio Secretaría General de Gobierno 18/09/1979 06/11/1979 Declara a la cueca Danza Nacional de Chile.
decreto 2.057 de 1979 del Ministerio de Educación Pública 09/08/1979 22/11/1979 Entre otras cosas, establece que los calendarios escolares nacional y regionales deben ser fijados anualmente.
decreto 4.465 de 1979 del Ministerio de Educación Pública
(no disponible en línea)
27/12/1979 10/01/1980 Fija el Calendario Escolar Nacional para 1980.
decreto ley 3.341 de 1980 24/04/1980 29/04/1980 Declara feriado el 2 de mayo de 1980.
decreto 271 de 1980 del Ministerio de Salud
(no disponible en línea)
22/07/1980 04/08/1980 Instituye el Aniversario del Sistema Nacional de Servicios de Salud.
decreto ley 3.465 de 1980 08/08/1980 12/08/1980 Convoca a plebiscito el 11 de septiembre de 1980 y declara feriado dicho día.
decreto 187 de 1980 del Ministerio de Defensa Nacional 08/10/1980 04/11/1980 Crea el Día Nacional del Deporte y la Recreación.
decreto 10.082 de 1980 del Ministerio de Educación Pública
(no disponible en línea)
24/11/1980 31/12/1980 Fija el Calendario Escolar Nacional para 1981.
decreto ley 3.659 de 1981 10/03/1981 08/04/1981 Disuelve la Empresa de Transportes Colectivos del Estado.
decreto 732 de 1981 del Ministerio del Interior
(no disponible en línea)
28/05/1981 29/05/1981 Crea el Día Nacional de la Operadora Telefónica.
ley 18.018 10/08/1981 14/08/1981 Introduce reformas a las leyes laborales; entre otras, deroga las leyes 17.772 y 17.827 y el decreto ley 1.471 de 1976, y modifica el decreto ley 2.200 de 1978, dándole el nombre "Día Nacional del Trabajo" al feriado del 1 de mayo (la versión original de dicha norma solamente lo menciona por fecha).
ley 18.026 27/08/1981 02/09/1981 Crea el feriado Aniversario de la Liberación Nacional.
decreto 9.170 de 1981 del Ministerio de Educación Pública
(no disponible en línea)
30/11/1981 07/01/1982 Fija el Calendario Escolar Nacional para 1982.
resolución 91 exenta de 1982 del INE
(no disponible en línea)
19/02/1982 23/02/1982 Determina ejecutar el XV censo nacional de población y IV de vivienda el 21 de abril de 1982.
ley 18.116 14/04/1982 16/04/1982 Declara feriado el 21 de abril de 1982.
resolución 330 de 1982 de la Empresa de Correos de Chile
(no disponible en línea)
11/08/1982 26/08/1982

Autoriza emisión postal conmemorativa "IX Aniversario de la Liberación Nacional".

La Empresa de Correos de Chile era (y sigue siendo) un organismo dependiente del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

ley 18.158 18/08/1982 09/09/1982 Establece un mecanismo para la publicación de tratados internacionales de gran extensión.
decreto 888 de 1982 de la Intendencia de la Región Metropolitana
(no disponible en línea)
03/09/1982 09/09/1982 Ordena izar el pabellón nacional en todos los edificios públicos de la Región Metropolitana el 11 de septiembre de 1982 por el noveno Aniversario de la Liberación Nacional, y autoriza hacer lo mismo en los inmuebles particulares.
decreto 4.048 de 1982 del Ministerio de Educación Pública
(no disponible en línea)
29/11/1982 06/01/1983 Fija el Calendario Escolar Nacional para 1983.
ley 18.202 13/01/1983 14/01/1983 Autoriza al Superintendente de Bancos e Instituciones Financieras ordenar la suspensión del funcionamiento de las entidades financieras.
resolución 12 de 1983 de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras
(no disponible en línea)
14/01/1983 14/01/1983 Decreta feriado bancario el 14 de enero de 1983.
decreto 29 de 1983 del Ministerio Secretaría General de Gobierno
(no disponible en línea)
08/08/1983 02/09/1983 Instituye condecoración conmemorativa denominada "10º Aniversario de la Liberación Nacional".
decreto 986 de 1983 de la Intendencia de la Región Metropolitana
(no disponible en línea)
09/09/1983 10/09/1983 Ordena izar el pabellón nacional en todos los edificios públicos de la Región Metropolitana el 11 de septiembre de 1983 por el décimo Aniversario de la Liberación Nacional, y autoriza hacer lo mismo en los inmuebles particulares.
decreto 829 de 1983 del Ministerio de Educación Pública 05/08/1983 11/10/1983 Reduce los actos cínicos cívicos en los colegios a uno mensual.
decreto 933 de 1983 del Ministerio de Educación Pública
(no disponible en línea)
13/09/1983 24/11/1983 Fija normas generales, nacionales y permanentes sobre Calendario Escolar.
resolución 2.904 de 1983 del Ministerio de Educación Pública 18/11/1983 24/12/1983 Añade el Día del Huaso al calendario permanente de efemérides.
ley 18.304 25/04/1984 26/04/1984 Declara feriado el 30 de abril de 1984.
resolución 1.019 de 1984 de la Empresa de Correos de Chile
(no disponible en línea)
08/06/1984 29/06/1984 Autoriza la revalorización de sellos postales correspondientes a la emisión "X Aniversario de la Liberación Nacional".
decreto 503 de 1984 del Ministerio de Educación Pública 16/08/1984 13/10/1984 Deroga el decreto 829 de 1983 del Ministerio de Educación Pública y confirma la reducción de frecuencia de los actos cívicos a uno mensual.
decreto 951 de 1984 del Ministerio del Interior
(no disponible en línea)
14/09/1984 28/11/1984 Crea el Día del Turismo.
decreto 1.040 de 1984 del Ministerio del Interior
(no disponible en línea)
15/10/1984 17/12/1984 Crea el Día Nacional del Minero.
decreto 126 de 1985 del Ministerio de Educación Pública 21/03/1985 27/04/1985 Declara a 1985 como el Año de la Educación Musical.
ordenanza 2 de 1985 de la Municipalidad de María Elena 20/03/1985 23/05/1985 Ordenanza local sobre derechos municipales por concesiones, permisos y servicios; hace referencia al festivo de Año Nuevo.
ley 18.432 23/08/1985 17/09/1985 Restablece el feriado de San Pedro y San Pablo.
decreto 336 exento de 1985 del Ministerio de Educación Pública 29/11/1985 18/12/1985 Refunde el decreto 933 de 1983 del Ministerio de Educación Pública, fijando las normas generales, nacionales y permanentes sobre Calendario Escolar.
decreto 20 exento de 1986 de la Municipalidad de Chañaral 13/01/1986 31/01/1986 Aprueba ordenanza local sobre derechos municipales por servicios, concesiones y permisos; hace referencia al festivo de Año Nuevo.
decreto 305 de 1986 del Ministerio del Interior 07/04/1986 23/04/1986 Crea el Día de la Mujer de las Américas.
ley 18.508 29/04/1986 30/04/1986 Declara feriado el 2 de mayo de 1986.
decreto 230 exento de 1986 del Ministerio de Educación Pública 19/06/1986 28/06/1986 Modifica el decreto 336 exento de 1985 del Ministerio de Educación Pública, añadiendo el Día del Carabinero al Calendario Escolar Nacional.
decreto 344 de 1986 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción 17/10/1986 06/12/1986 Crea El Mes de la Calidad en Chile.
decreto 31 de 1986 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social 12/06/1986 27/02/1987 Aprueba el Reglamento del Servicio de Bienestar del Personal de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles; hace referencia al festivo de Año Nuevo en el artículo 37.
ley 18.606 26/03/1987 28/03/1987 Declara feriado el 3 de abril de 1987.
ley 18.607 01/04/1987 14/04/1987 Restablece el feriado de Corpus Christi.
ley 18.620 27/05/1987 06/07/1987 Establece el Código del Trabajo. Deroga, entre otras normas, el D.F.L. 178 de 1931 del Ministerio de Bienestar Social y el decreto ley 2.200 de 1978; también deroga parcialmente la ley 18.018. Vigente desde 05/08/1987.
decreto 447 de 1987 del Ministerio de Salud 28/05/1987 22/10/1987 Establece el reglamento para el otorgamiento de la calidad de Miembros Honorarios del Sistema Nacional de Servicios de Salud a médicos cirujanos. Menciona por nombre el Día del Hospital.
decreto 225 exento de 1987 del Ministerio de Educación Pública 06/11/1987 19/12/1987 Reemplaza y deroga el decreto 336 exento de 1985 del Ministerio de Educación Pública. Mantiene prácticamente las mismas normas referidas al Calendario Escolar Nacional.
ley 18.695 29/03/1988 31/03/1988 Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades. El artículo 85 deroga el decreto ley 1.289 de 1975.
ley 18.700 19/04/1988 06/05/1988 Ley Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios; el artículo 169 declara feriados los días en que se efectúen elecciones o plebiscitos (nacionales).
decreto 473 de 1988 del Ministerio del Interior 02/04/1988 09/05/1988 Crea el Día Nacional de la Familia.
decreto 1.224 de 1988 del Ministerio del Interior 30/08/1988 31/08/1988 Convoca a plebiscito para el 5 de octubre de 1988.
decreto 612 de 1989 del Ministerio del Interior
(no disponible en línea)
21/04/1989 16/05/1989 Crea el Día Nacional del Relacionador Público.
decreto 939 de 1989 del Ministerio del Interior 15/06/1989 16/06/1989 Convoca a plebiscito para el 30 de julio de 1989.
ley 18.834 15/09/1989 23/09/1989 Aprueba el nuevo Estatuto Administrativo de los funcionarios públicos.
decreto 54 de 1989 del Ministerio Secretaría General de Gobierno 15/09/1989 28/10/1989 Crea el Día Nacional de la Cueca.
decreto 1.900 de 1989 del Ministerio del Interior 05/12/1989 11/12/1989 Convoca a elecciones presidencial y parlamentarias para el 14 de diciembre de 1989.
ley 18.883 15/12/1989 29/12/1989 Aprueba el Estatuto Administrativo para funcionarios municipales.
ordenanza 1 de 1990 de la Municipalidad de Quilpué 19/01/1990 30/01/1990 Ordenanza local sobre derechos municipales; hace referencia al festivo de Año Nuevo.
decreto 102 de 1990 de la Municipalidad de Villa Alemana 26/01/1990 30/01/1990 Aprueba ordenanza local sobre derechos municipales; hace referencia al festivo de Año Nuevo.
ley 18.956 22/02/1990 08/03/1990 Reorganiza el Ministerio de Educación Pública, pasando a ser "Ministerio de Educación".
ley 18.963 07/03/1990 10/03/1990

Modifica las leyes:

  • Orgánica Constitucional sobre el Tribunal Calificador de Elecciones (ley 18.460),
  • Orgánica Constitucional sobre el Sistema de Inscripciones Electorales y Servicio Electoral (ley 18.556),
  • Orgánica Constitucional de Municipalidades (ley 18.695),
  • Orgánica Constitucional de los Partidos Políticos (ley 18.603) y
  • Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios (ley 18.700)

para normar los plebiscitos comunales (entre otras cosas).

decreto supremo 524 de 1990 del Ministerio de Educación 20/04/1990 11/05/1990 Aprueba una nueva versión del reglamento general de organización y funcionamiento de los centros de alumnos de establecimientos de educación media.
decreto 960 de 1990 del Ministerio de Relaciones Exteriores 13/09/1990 11/12/1990 Declara a 1992 como el Año Interamericano del Quinto Centenario del Descubrimiento de América: Encuentro de Dos Mundos.
decreto 861 de 1990 del Ministerio del Interior 07/12/1990 14/12/1990 Crea el Día Nacional de los Derechos Humanos.
decreto 245 de 1991 del Ministerio del Interior 14/03/1991 07/05/1991 Crea el Día Nacional de la Protección Civil.
decreto 106 de 1991 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones 27/05/1991 26/06/1991 Crea el Día de la Marina Mercante Nacional.
decreto 559 de 1991 del Ministerio del Interior 28/06/1991 02/07/1991 Crea el Día del Congreso Nacional.
decreto 259 de 1991 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones 16/09/1991 05/11/1991 Crea el Día Nacional del Trabajador de la Radiodifusión Sonora.
decreto supremo 437 de 1991 del Ministerio de Educación 12/11/1991 19/12/1991 Crea el Día de la Educación Parvularia.
resolución 11 exenta de 1992 del INE 09/01/1992 20/01/1992 Determina ejecutar el XVI censo nacional de población y V de vivienda el 22 de abril de 1992.
ley 19.116 20/01/1992 29/01/1992 Declara feriado el 22 de abril de 1992.
ley 19.130 17/03/1992 19/03/1992 Modifica fuertemente la ley 18.695 e indica que la primera elección de concejales debe hacerse el 28 de junio de 1992.
decreto 147 de 1992 del Ministerio de Educación 24/03/1992 09/04/1992 Crea el Día del Alumno para los establecimientos educacionales de enseñanza básica y media.
decreto 48 de 1991 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social 09/10/1991 04/06/1992 Aprueba el reglamento del Servicio de Bienestar para los funcionarios del Ministerio de Planificación y Cooperación. Menciona por nombre el Día de la Secretaria.
decreto 662 de 1992 del Ministerio del Interior 16/06/1992 27/08/1992 Refunde la ley 18.695, sin cambiar normas referidas a fechas de elecciones municipales.
ley 19.175 05/11/1992 11/11/1992 Ley Orgánica Constitucional sobre gobierno y administración regional.
decreto 21 de 1993 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social 22/02/1993 17/04/1993 Aprueba el reglamento del Servicio de Bienestar del personal del Servicio Nacional de la Mujer. Menciona por nombre el Día de la Secretaria.
ley 19.218 07/05/1993 19/05/1993 Crea el Día de la Solidaridad.
decreto 303 de 1993 del Ministerio de Educación 21/06/1993 21/07/1993 Crea el Día Nacional del Cine.
decreto 344 de 1993 del Ministerio de Educación 12/07/1993 10/08/1993 Crea el Día del Ministerio de Educación.
decreto 515 de 1993 del Ministerio de Educación 19/08/1993 07/09/1993 Crea el Día Escolar por la Paz y la No Violencia.
ley 19.253 28/09/1993 05/10/1993 Establece normas sobre protección, fomento y desarrollo de los indígenas [sic], y crea la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena. Entre otras medidas, reconoce a ocho principales pueblos originarios: aymara, quechua, atacameño, colla, mapuche, yámana, kawésqar y rapanui.
decreto 615 de 1993 del Ministerio de Educación 07/09/1993 16/10/1993 Crea el Día de los Trabajadores de la Educación.
decreto 746 de 1993 del Ministerio de Educación 02/11/1993 26/11/1993 Declara a 1994 como el Año Escolar de la Paz y la No Violencia.
decreto 785 de 1993 del Ministerio de Educación 09/11/1993 18/12/1993 Renombra el Día de la Educación Parvularia a Día de la Educación Parvularia y del Educador de Párvulos.
decreto 691 exento de 1993 del Ministerio de Educación 24/12/1993 20/01/1994 Otorga nombres a varios establecimientos educacionales de la IX Región de la Araucanía. Carece de relación con el decreto supremo 691 de 1993 del Ministerio de Educación.
decreto supremo 691 de 1993 del Ministerio de Educación
(no disponible en línea)
??/??/1993 ??/??/????
(probablemente nunca haya sido publicado)

Según el decreto 18 de 1995 del Ministerio de Educación y el decreto 673 de 1995 del Ministerio de Educación, esta norma modifica el decreto 344 de 1993 del Ministerio de Educación y el decreto 615 de 1993 del Ministerio de Educación, pero no se sabe exactamente qué cambios introduce, pues no se ha podido encontrar.

Se revisaron los sumarios del Diario Oficial desde agosto de 1993 hasta abril de 1995, sin que apareciera este decreto; tampoco se encontró alguno con un número similar que atienda el mismo asunto; en los archivos en línea de la Contraloría General de la República tampoco aparece. Lo que sí se encontró fue el decreto 691 exento de 1993 del Ministerio de Educación, que no tiene nada que ver con el tema. Todo esto lleva a pensar que el "decreto supremo 691 de 1993 del Ministerio de Educación" (o con el número que realmente corresponda) simplemente no existe (eso, o que el trámite requerido para darle vida no haya sido completado).

ley 19.332 19/08/1994 24/08/1994 Declara feriado el 26 de agosto de 1994 en la comuna de La Serena.
decreto 491 exento de 1994 del Ministerio de Educación 20/10/1994 09/11/1994 Reemplaza y deroga el decreto 225 exento de 1987 del Ministerio de Educación Pública y establece normas referidas al Calendario Escolar Nacional.
decreto 631 exento de 1994 del Ministerio de Educación 19/12/1994 30/12/1994 Deroga el decreto 491 exento de 1994 del Ministerio de Educación y restablece el decreto 225 exento de 1987 del Ministerio de Educación Pública.
decreto 18 de 1995 del Ministerio de Educación 09/01/1995 06/03/1995 Modifica el decreto 344 de 1993 del Ministerio de Educación, autorizando celebrar el Día del Ministerio de Educación en una fecha distinta a la que corresponde.
decreto 179 de 1995 del Ministerio de Minería 21/07/1995 14/08/1995 Crea el Mes Nacional de la Minería.
decreto 673 de 1995 del Ministerio de Educación 12/09/1995 21/10/1995 Modifica el decreto 615 de 1993 del Ministerio de Educación, autorizando celebrar el Día de los Trabajadores de la Educación en una fecha distinta a la que corresponde.
decreto 634 exento de 1995 del Ministerio de Educación 16/11/1995 27/11/1995 Modifica el decreto 225 exento de 1987 del Ministerio de Educación Pública, eliminando el Aniversario de la Fuerza Aérea de Chile de la lista de efemérides escolares.
resolución 531 exenta de 1995 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones 20/12/1995 22/12/1995 Restringe temporalmente la circulación de vehículos por la ruta 68; hace referencia al festivo de Año Nuevo.
ley 19.434 22/12/1995 29/12/1995 Crea la comuna de Chillán Viejo.
ley 19.448 12/02/1996 20/02/1996 Modifica la constitución, añadiendo una disposición transitoria que manda realizar elecciones municipales el 27 de octubre de 1996.
decreto 383 de 1996 del Ministerio de Salud 12/02/1996 16/04/1996 Establece la nueva versión del reglamento para el otorgamiento de la calidad de Miembros Honorarios del Sistema Nacional de Servicios de Salud, que ya no es exclusivamente para médicos cirujanos; deroga el decreto 447 de 1987 del Ministerio de Salud. Menciona por nombre el Día del Hospital.
ley 19.452 04/04/1996 16/04/1996 Modifica la ley 18.695, indicando, entre otras cosas, que las elecciones municipales se deben efectuar cada cuatro años.
decreto 204 exento de 1996 del Ministerio de Educación 04/04/1996 29/04/1996 Modifica el decreto 225 exento de 1987 del Ministerio de Educación Pública, incorporando el Día de la Fuerza Aérea a la lista de efemérides escolares.
decreto 177 de 1995 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social 21/11/1995 09/07/1996 Aprueba el reglamento del Servicio de Bienestar del personal de la Agencia de Cooperación Internacional. Menciona por nombre el Día de la Secretaria.
decreto 657 de 1996 del Ministerio de Salud 10/07/1996 25/07/1996 Crea el Día Nacional del Donante de Órganos y Tejidos del Cuerpo Humano.
decreto 1.351 de 1996 del Ministerio de Justicia 26/12/1996 24/01/1997 Crea el Día Nacional de la Guardadora de Colocación Familiar.
resolución 42 de 1996 del Gobierno Regional de Magallanes y Antártica Chilena 15/10/1996 05/02/1997 Promulga el Reglamento de Símbolos Expresivos de Identidad Regional (válido para la XII Región de Magallanes y Antártica Chilena). El artículo 9º define las efemérides regionales; el 10º, las provinciales; el 11º autoriza la creación de efemérides comunales.
decreto 98 de 1996 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social 24/05/1996 06/05/1997 Aprueba el Reglamento del Servicio de Bienestar para los funcionarios del Servicio de Salud Llanquihue, Chiloé y Palena. Menciona por nombre el Día del Hospital.
decreto 26 de 1997 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social 30/04/1997 13/05/1997 Declara al período comprendido entre el 1 de mayo de 1997 y el 1 de mayo de 1998 [sic] como el Año Nacional de la Capacitación.
decreto 330 de 1997 del Ministerio de Defensa Nacional 22/04/1997 30/05/1997 Crea el Día Oficial de la Dirección General de Aeronáutica Civil.
decreto 2.118 de 1997 del Ministerio del Interior 15/09/1997 16/10/1997 Crea el Día de los Funcionarios Municipales.
ley 19.528 24/10/1997 04/11/1997 Modifica la Ley General de Bancos (contenida en el D.F.L. 252 de 1960 del Ministerio de Hacienda): entre otras cosas, suprime el feriado bancario de fin de año.
D.F.L. 3 de 1997 del Ministerio de Hacienda 26/11/1997 19/12/1997 Fija el texto refundido, sistematizado y concordado de la Ley General de Bancos (contenida hasta ese momento en el D.F.L. 252 de 1960 del Ministerio de Hacienda).
ley 19.559 30/03/1998 16/04/1998 Modifica la Ley General de Bancos (contenida en el D.F.L. 3 de 1997 del Ministerio de Hacienda), restableciendo el feriado bancario de fin de año y otorgando al Superintendente de Bancos e Instituciones Financieras la facultad de suspender éste y el feriado bancario sabatino.
decreto 149 de 1998 del Ministerio de Educación 07/04/1998 24/04/1998 Crea el Día Nacional de la Educación Rural.
decreto 108 de 1997 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social 04/11/1997 29/04/1998 Aprueba el Reglamento del Servicio de Bienestar del Servicio de Salud Ñuble. En su versión original, no menciona el Día del Hospital. Sí lo hace tras ser modificado por el decreto 38 de 1999 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
decreto 158 de 1998 del Ministerio de Planificación y Cooperación 24/06/1998 23/07/1998 Crea el Día Nacional de los Pueblos Indígenas.
decreto 1.527 de 1998 del Ministerio del Interior 22/07/1998 08/08/1998 Crea el Día Nacional del Dirigente de Juntas de Vecinos y de las demás Organizaciones Comunitarias.
decreto 207 de 1998 del Ministerio de Planificación y Cooperación 24/08/1998 03/11/1998 Crea (de nuevo) el Día Nacional de la Mujer.
ley 19.588 28/10/1998 11/11/1998 Reemplaza el feriado Aniversario de la Liberación Nacional por el Día de la Unidad Nacional.
decreto 631 de 1998 del Ministerio de Educación 23/11/1998 27/01/1999 Declara a 1999 como el Año de la Educación Rural.
ley 19.602 12/03/1999 25/03/1999 Modifica la ley 18.695, indicando, entre otras cosas, que las elecciones municipales se deben efectuar los días 27 de octubre (poco después, la ley 19.689 cambió de nuevo la fecha).
decreto 91 de 1999 del Ministerio de Educación 10/03/1999 08/04/1999 Crea el Día del Patrimonio Cultural de Chile.
decreto 232 de 1999 del Ministerio de Salud 26/04/1999 28/07/1999 Aprueba el reglamento para el otorgamiento de distinciones y establece el Día de la Excelencia en Salud; deroga el decreto 383 de 1996 del Ministerio de Salud.
decreto 38 de 1999 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social 08/06/1999 01/10/1999 Modifica el Reglamento del Servicio de Bienestar del Servicio de Salud Ñuble, instituido por el decreto 108 de 1997 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; añade, entre otras cosas, una mención por nombre del Día del Hospital.
decreto 6.404 de 1999 del Ministerio del Interior 29/09/1999 13/10/1999 Crea el Día de los Funcionarios del Ministerio del Interior.
ley 19.656 06/12/1999 15/12/1999 Declara feriado el 31 de diciembre de 1999.
ley 19.668 08/03/2000 10/03/2000 Traslada al lunes más cercano los feriados de Corpus Christi, San Pedro y San Pablo y Aniversario del Descubrimiento de América; renombra este último a "DescubrimientoEncuentro de Dos Mundos".
decreto 116 de 2000 del Ministerio de Educación 02/03/2000 25/03/2000 Declara a 2000 como el Año de la Educación Parvularia.
decreto 252 de 2000 del Ministerio de Educación 02/05/2000 07/06/2000 Traslada el Día del Patrimonio Cultural de Chile al último domingo de mayo. Deroga el decreto 91 de 1999 del Ministerio de Educación.
ley 19.689 11/08/2000 19/08/2000 Modifica la ley 18.695, indicando, entre otras cosas, que las elecciones municipales se deben efectuar el último domingo de octubre.
decreto 584 de 2000 del Ministerio de Salud 28/07/2000 12/10/2000 Modifica el decreto 232 de 1999 del Ministerio de Salud, sin alterar el artículo referido al Día de la Excelencia en Salud.
ley 19.712 22/01/2001 09/02/2001 Ley del deporte. Entre otras cosas, deroga la ley 17.276 y el decreto s.2 396 de 1971 del Ministerio de Defensa Nacional, eliminando de pasada el Día del Deporte.
ley 19.745 18/07/2001 19/07/2001 Modifica la ley 18.700, agregando un artículo transitorio que traslada las elecciones parlamentarias que debían efectuarse el 11 de diciembre de 2001 al 16 de diciembre de 2001.
resolución 1.086 exenta de 2001 del Instituto Nacional de Estadísticas 10/09/2001 02/10/2001 Fija el día 24 de abril de 2002 para el levantamiento del XVII censo nacional de población y VI de vivienda.
ley 19.790 21/01/2002 01/02/2002 Declara feriados los días en que se efectúen censos oficiales (de población y vivienda); las fechas en que estos ocurran deben ser determinadas mediante resoluciones emitidas por el Director Nacional del INE.
ley 19.793 19/02/2002 06/03/2002 Deroga el feriado Día de la Unidad Nacional.
resolución 30 de 2002 de la Intendencia de la Región del Maule
(no disponible en línea)
31/05/2002

Aprueba el Reglamento Regional sobre Símbolos y Expresiones Institucionales de la Región del Maule; el artículo 9 instituye el Día de la Región del Maule, el Mes de la Región del Maule, el Día de la Provincia de Talca, el Día de la Provincia de Curicó, el Día de la Provincia de Linares y el Día de la Provincia de Cauquenes.

Esta resolución no fue publicada en el Diario Oficial. Se presume que la fecha que tiene corresponde a la promulgación.

decreto 178 de 2002 del Ministerio de Educación 16/07/2002 29/08/2002 Declara a 2003 como el Año Claudio Arrau [sic].
D.F.L. 1 de 2002 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social 31/07/2002 16/01/2003 Refunde el Código del Trabajo.
ley 19.880 22/05/2003 29/05/2003 Establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la administración del Estado.
decreto 153 de 2003 del Ministerio de Educación 27/05/2003 24/07/2003 Crea el Día de la Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos y el de sus trabajadores.
decreto 238 de 2003 del Ministerio de Educación 18/07/2003 19/08/2003 Crea el Día Nacional del Artesano.
decreto 96 de 2003 del Ministerio de Planificación y Cooperación 09/06/2003 02/09/2003 Crea el Día Nacional para la Erradicación de la Pobreza.
decreto 339 de 2003 del Ministerio de Educación 22/09/2003 17/11/2003 Modifica el decreto 29 de 1975 del Ministerio de Educación Pública, indicando que los establecimientos educacionales deben tener una copia visible de la Declaración Universal de los Derechos Humanos.
ley 19.920 12/12/2003 20/12/2003 Modifica el Código del Trabajo y el Estatuto Administrativo, con el fin de permitir acuerdos en materia de descanso semanal.
ley 19.925 19/12/2003 19/01/2004 Ley sobre expendio y consumo de bebidas alcohólicas; hace referencia al festivo de Año Nuevo.
ley 19.973 07/09/2004 10/09/2004 Convierte los feriados del 1 de enero, 18 de septiembre y 25 de diciembre en irrenunciables; declara feriado el 17 de septiembre de 2004.
ley 19.978 25/10/2004 28/10/2004 Declara feriado el 19 de noviembre de 2004 en la Región Metropolitana.
decreto 1.412 de 2004 de la Municipalidad de Lo Prado 29/10/2004 09/11/2004 Crea el Día de las y los Asistentes Sociales de Lo Prado.
decreto 125 de 2004 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia 28/09/2004 12/02/2005 Crea el Día del Adulto Mayor.
D.F.L. 29 de 2005 del Ministerio de Hacienda 16/06/2004 16/03/2005 Aprueba el nuevo Estatuto Administrativo de los funcionarios públicos.
decreto 15 de 2005 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social 07/02/2005 15/04/2005 Modifica el reglamento del Servicio de Bienestar del Fondo de Solidaridad e Inversión Social. Menciona por nombre el Día de la Secretaria.
decreto 112 de 2005 del Ministerio de Educación 27/05/2005 11/06/2005 Crea el Día Mundial contra el Trabajo Infantil.
decreto 557 de 2005 del Ministerio de Justicia 13/05/2005 04/07/2005 Crea el Día Nacional de Lucha contra la Explotación Sexual Comercial Infantil.
decreto 162 de 2005 del Ministerio de Educación 04/08/2005 23/08/2005 Crea el Día del Profesor Normalista.
ley 20.050 18/08/2005 26/08/2005 Reforma la Constitución de 1980. Entre otros cambios, dicta que las elecciones presidenciales y parlamentarias deben efectuarse conjuntamente.
resolución 551 exenta de 2005 del Ministerio de Salud 20/09/2005 29/09/2005 Crea el Día de Conmemoración del Ministerio de Salud.
decreto 257 de 2005 del Ministerio de Planificación 10/11/2005 04/01/2006 Crea el Día Nacional de la Discapacidad.
decreto 263 de 2005 del Ministerio de Planificación 24/11/2005 04/01/2006 Crea el Día Nacional Para la Eliminación de la Violencia Contra la Mujer.
decreto 142 de 2005 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia 26/12/2005 14/02/2006 Crea el Día Nacional de las Iglesias Cristianas Evangélicas y Protestantes de Chile.
decreto 228 exento de 2006 del Ministerio de Educación 01/03/2006 16/03/2006 Modifica el decreto 225 exento de 1987 del Ministerio de Educación Pública, incorporando el Día de la Policía de Investigaciones de Chile a la lista de efemérides escolares.
ley 20.117 28/08/2006 08/09/2006 Reconoce al pueblo diaguita como originario.
decreto 121 de 2006 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia 30/08/2006 10/10/2006 Crea el Día Nacional del Detenido Desaparecido.
ley 20.148 27/12/2006 06/01/2007 Crea el feriado Virgen del Carmen; deroga el feriado de Corpus Christi.
ley 20.153 26/12/2006 21/03/2007 Crea el Día Nacional del Teatro.
decreto 2.212 de 2007 de la Municipalidad de Coquimbo
(no disponible en línea)
15/05/2007

Crea el Día del Pescador Artesanal.

Este decreto no fue publicado en el Diario Oficial por no ser un acto previsto en el artículo 48 de la ley 19.880. Ahora bien, la dirección jurídica municipal tuvo la deferencia de entregar una copia digitalizada del decreto 2.212 de 2007 de la Municipalidad de Coquimbo.

decreto 112 de 2007 del Ministerio de Defensa Nacional 15/05/2007 14/06/2007 Crea el Día del Soldado Conscripto.
resolución 471 exenta de 2007 del Ministerio de Salud 18/05/2007 16/06/2007 Instituye el Día del Patrimonio Cultural de la Salud en todos los organismos que constituyen el Sistema Nacional de Servicios de Salud; es una extensión del Día del Patrimonio Cultural de Chile.
decreto 207 de 2007 del Ministerio de Educación 05/06/2007 04/08/2007 Crea el Día Nacional del Folclor.
ley 20.215 10/09/2007 14/09/2007 Convierte al feriado del 1 de mayo en irrenunciable; crea el feriado sandwich dieciochero (o "Día De La Libación Nacional"); declara feriado el 17 de septiembre de 2007.
decreto 42 de 2007 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social 27/06/2007 24/09/2007 Deroga el decreto 108 de 1997 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social y aprueba la nueva versión del Reglamento del Servicio de Bienestar del Servicio de Salud Ñuble. Menciona por nombre el Día del Hospital.
decreto 939 de 2007 del Ministerio del Interior 24/08/2007 23/10/2007 Traslada el Día Nacional de la Juventud al 12 de agosto y deroga el decreto supremo 908 de 1975 del Ministerio del Interior.
resolución 354 exenta de 2008 del Ministerio de Salud 07/02/2008 25/02/2008 Crea el Día de la Atención Primaria de Salud.
decreto 49 de 2008 del Ministerio de Agricultura 18/04/2008 11/09/2008 Crea el Día del Ministerio de Agricultura.
ley 20.299 10/10/2008 11/10/2008 Crea el feriado Día Nacional de las Iglesias Evangélicas y Protestantes.
decreto 143 de 2009 del Ministerio del Interior 12/03/2009 06/04/2009 Crea el Día Nacional de la Ingeniería.
decreto 23 de 2009 del Ministerio de Agricultura 03/03/2009 21/04/2009 Crea el Día de la Cocina Chilena.
decreto 36 de 2009 del Ministerio de Agricultura 28/04/2009 14/05/2009 Crea el Día Nacional del Pisco.
ley 20.354 05/06/2009 12/06/2009 Reforma la constitución, cambiando la forma de calcular la fecha en que deben efectuarse las elecciones presidenciales, para que siempre caigan en un día domingo (recuérdese que la ley 18.700 indica que dichos días son feriados).
ley 20.363 06/07/2009 10/08/2009 Instituye el Día del Minero (que corresponde al preexistente "Día Nacional del Minero", creado por el decreto 1.040 de 1984 del Ministerio del Interior).
decreto 47 de 2009 del Ministerio de Agricultura 02/06/2009 14/08/2009 Crea el Día Nacional del Brigadista Forestal.
decreto 57 de 2009 del Ministerio de Agricultura 07/07/2009 31/08/2009 Crea el Día Nacional de la Miel.
decreto 77 de 2009 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia 20/07/2009 10/09/2009 Crea el Día Nacional Contra la Tortura.
ley 20.390 16/10/2009 28/10/2009 Reforma la constitución; entre otras cosas, indica que los miembros de los consejos regionales deben ser elegidos por sufragio universal en votación directa.
decreto 107 de 2009 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social 15/05/2009 09/11/2009 Modifica el Reglamento del Servicio de Bienestar del Servicio de Salud Llanquihue Chiloé Palena [sic] (y que pasa a ser el "Servicio de Salud del Reloncaví"), instituido por el decreto 98 de 1996 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. Menciona por nombre el Día del Hospital.
ley 20.409 02/12/2009 09/12/2009 Declara irrenunciables hasta las 14:00 los feriados correspondientes a los días 13 de diciembre de 2009 y 17 de enero de 2010.
decreto 119 de 2009 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia 30/10/2009 05/01/2010 Crea el Día Nacional del Ejecutado Político.
decreto 321 de 2010 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción 28/12/2009 12/02/2010

Ordena levantar el XVIII censo de población y VII de vivienda; en su versión original, indica que el censo se debe efectuar en un día y otorga al director del INE la facultad de determinar, mediante una resolución, el día en que deberá efectuarse (en rigor, esto último ya había sido establecido mediante la ley 19.790).

El decreto 143 de 2011 del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo modifica esta norma, indicando ahora simplemente que el censo se efectuará durante el año 2012.

ley 20.450 13/07/2010 19/07/2010 Declara feriados los días 17 y 20 de septiembre de 2010.
ley 20.457 31/08/2010 06/09/2010 Renombra el Día del Huaso a Día del Huaso y de la Chilenidad y lo traslada de fecha.
ley 20.465 14/09/2010 16/09/2010 Declara irrenunciables los feriados correspondientes al 19 de septiembre de 2010 y 20 de septiembre de 2010.
decreto 289 de 2010 del Ministerio de Educación 29/07/2010 03/11/2010 Establece normas generales sobre calendario escolar. Deroga el decreto 225 exento de 1987 del Ministerio de Educación Pública.
ley 20.502 09/02/2011 21/02/2011 Transforma el Ministerio del Interior en "Ministerio del Interior y Seguridad Pública".
decreto 13 exento de 2011 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social 20/01/2011 30/03/2011 Aprueba el reglamento del Servicio de Bienestar del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes. Menciona por nombre el Día de la Secretaria.
ley 20.517 24/05/2011 27/05/2011 Declara feriado el 31 de mayo de 2011 en la comuna de Puerto Natales.
ley 20.515 28/06/2011 04/07/2011 Reforma la constitución en varios aspectos referidos a fechas de elecciones presidenciales y plebiscitos: en particular, las elecciones presidenciales ordinarias deben efectuarse el tercer domingo de noviembre; la segunda vuelta, de ser necesaria, el cuarto domingo posterior; las elecciones extraordinarias y los plebiscitos deben efectuarse en días domingo.
decreto 36 de 2011 del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo 09/02/2011 12/08/2011 Aprueba el reglamento del XVIII censo de población y VII de vivienda.
ley 20.538 14/09/2011 16/09/2011 Declara irrenunciable el feriado correspondiente al 19 de septiembre de 2011.
resolución 902 exenta de 2011 del Ministerio de Salud 22/11/2011 28/11/2011 Crea el Día Nacional del Trasplante de Órganos (aunque, por tratarse de una resolución y no de un decreto ministerial, esta efeméride queda restringida al área de salud pública, en vez de ser válida en todos los ámbitos del país).
decreto 143 de 2011 del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo 21/10/2011 04/01/2012 Modifica el decreto 321 de 2010 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, reemplazando la declaración de que el XVIII censo de población y VII de vivienda debe hacerse en un día por una que solamente manda hacerlo durante el año 2012. Cursado con alcance por la Contraloría General de la República, que insiste en que se declare feriado el día en que dicho censo se efectúe.
ley 20.558 29/12/2011 07/01/2012 Crea el Día Nacional del Niño y Niña Prematuros.

Proyectos de ley acerca de feriados que han sido abandonados o siguen en trámite.

Como es bien sabido, por cada proyecto que es aprobado y convertido en ley hay varios que no tienen el mismo destino. Este anexo lista los proyectos de ley referidos a días feriados que han sido presentados ante el Congreso desde el 11 de marzo de 1990 en adelante que fueron declarados inadmisibles, fueron archivados, fueron rechazados, siguen en trámite o están a la espera de ser promulgados. Se han listado todos los proyectos conocidos, aun si varios tienen el mismo objetivo; los títulos fueron copiados desde la fuente (el Sistema de Tramitación de Proyectos del Congreso Nacional) sin cambiar nada (ni siquiera erratas evidentes).

Obviando los proyectos que tienen una fuerte carga política (si nos ponemos a discutir si reemplazar el Aniversario de la Liberación Nacional o derogar el Día de la Unidad Nacional fueron o no buenas decisiones, estaremos en eso varias horas), es claro que la calidad de las ideas presentadas fluctúa entre "¿Por qué esto no ha sido aprobado todavía?" y "¿De cuál estaban fumando?".

boletín fecha de ingreso estado título
notas
boletín fecha de ingreso estado título
notas
 
9-06 21/03/1990 rechazado Deroga la Ley Nº 18.026, que declaró feriado legal el 11 de Septiembre de cada año
Éste fue el primero de varios proyectos que pretendían eliminar el Aniversario de la Liberación Nacional; la entrada dedicada a dicho feriado entrega más información.
 
11-06 28/03/1990 archivado Deroga la Ley Nº 18.026, que declaró feriado legal el 11 de Septiembre de cada año y propone feriado que indica.

Este proyecto pretendía eliminar el Aniversario de la Liberación Nacional y establecer como feriado el 14 de diciembre de cada año, en recuerdo de las elecciones presidencial y parlamentarias del 14 de diciembre de 1989.

El 14 de diciembre habría sido un feriado notoriamente complicado, dados los ya existentes cercanos a la fecha indicada (8 de diciembre de cada año, 11 de diciembre en aquellos años en que se efectuaren elecciones presidencial y/o parlamentarias, y 25 de diciembre de cada año).

 
327-06 09/04/1991 archivado INSTITUYE COMO FERIADO LEGAL EL DIA 4 DE MARZO DE CADA AÑO.
El proyecto buscaba instituir este feriado en conmemoración de todas las víctimas de las graves violaciones a los Derechos Humanos, ocurridas en Chile, entre el 11 de septiembre de 1973 y 11 de marzo de 1990. La fecha escogida corresponde a la publicación del informe de la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación (conocido popularmente como "Informe Rettig"), hecho ocurrido el 4 de marzo de 1991.
 
790-13 10/09/1992 archivado Instituye el 10 de agosto de cada año como el día del trabajador minero y lo declara como feriado legal.

Este proyecto de ley buscaba declarar feriado de ámbito normal el 10 de agosto (fecha que ya había sido declarada como Día Nacional del Minero en diciembre de 1984), con el nombre "Día del Trabajador Minero". Dicho proyecto citaba como antecedente la restauración del día 29 de junio de San Pedro y San Pablo, como feriado legal y, día de celebración del Santo Patrono de los pescadores artesanales [sic].

Posteriormente, la ley 20.363 elevó de rango el Día Nacional del Minero (renombrándolo a Día del Minero), sin darle carácter de feriado.

 
937-13 11/03/1993 archivado Declara feriado para las trabajadoras el día internacional de la mujer.

La efeméride indicada se observa el 8 de marzo. Véase el Día Nacional de la Mujer para más información.

Menos mal que este proyecto fue archivado: es notoriamente discriminatorio y además es impracticable.

 
942-13 18/03/1993 archivado Instituye el dia 21 de marzo de cada año, como el dia de Santa Teresa de Los Andes, primera Santa Chilena, y lo declara feriado legal.
La fecha indicada corresponde a su canonización, hecho ocurrido el 21 de marzo de 1993.
 
1248-06 21/06/1994 archivado Deroga feriado de Corpus Christi y San Pedro y San Pablo y establece feriados regionales.

Este proyecto buscaba fomentar la regionalización ordenando la creación de un feriado local de ámbito normal para cada región del país. Para este efecto, cada Consejo Regional debía escoger un día correspondiente a hechos históricos, tradicionales o costumbres de significación regional e informarlo al Presidente de la República; este último, una vez que tuviera todas las fechas propuestas, debería presentar un proyecto de ley que las contuviera.

Para compensar la creación de estos (entonces) trece feriados regionales, el proyecto pretendía eliminar dos feriados nacionales: Corpus Christi y San Pedro y San Pablo.

El feriado de Corpus Christi fue eliminado posteriormente, mediante la ley 20.148; el de San Pedro y San Pablo sigue vigente. Compárese con el proyecto 1867-06.

Compárese con el proyecto de ley 7587-07.

 
1272-06 12/07/1994 archivado Proyecto de ley que establece el día 16 de Julio de cada año, como feriado regional en la I región de Tarapacá.

Este proyecto comprendía las actuales regiones de Arica y Parinacota (XV) y de Tarapacá (I). Compárese con los proyectos 2901-06 y 3868-06.

La ley 20.148, publicada en 2007, declaró feriado nacional esta fecha.

 
1647-06 11/07/1995 rechazado Deroga la Ley Nº 18.026, que estableció el día 11 de Septiembre como feriado nacional.
Este proyecto pretendía eliminar el Aniversario de la Liberación Nacional; la entrada dedicada a dicho feriado entrega más información.
 
1867-06 11/06/1996 archivado Proyecto de ley que deroga las leyes Nºs 18.432 y 18.607, con el objeto de suprimir los feriados que señala.
Este proyecto buscaba eliminar los feriados de San Pedro y San Pablo (aún vigente) y Corpus Christi (derogado posteriormente mediante la ley 20.148). Compárese con el proyecto 1248-06.
 
2384-06 19/08/1999 archivado Deroga la ley Nº 18.026, que establece como feriado el Día de la Unidad Nacional
La ley 19.588, publicada en noviembre de 1998, había modificado la ley 18.026, reemplazando el Aniversario de la Liberación Nacional por el Día de la Unidad Nacional, a celebrarse el primer lunes de septiembre. Este proyecto pretendió eliminar este feriado antes de que se observara por primera vez.
 
2584-06 07/09/2000 archivado Deroga la ley Nº 19.588, que establece el feriado llamado "Día de la Unidad Nacional".
Lo indicado en el título es incorrecto: este proyecto de ley tenía un artículo único que pretendía derogar la ley 18.026.
 
2685-06 04/04/2001 en trámite Establece el día 7 de junio de cada año como feriado legal en la comuna de Arica.
Compárese con el feriado singular del 6 y 7 de junio de 1955 y con el proyecto 6967-06.
 
2691-06 11/04/2001 archivado Interpreta ley Nº 15.716 que declaró feriado legal en la ciudad de Rancagua.
El propósito de este proyecto era "reactivar" el feriado del 2 de octubre (de 1964) en la comuna de Rancagua, haciéndolo recurrente; véase la entrada dedicada a dicho feriado singular para más información.
 
2808-06 10/10/2001 archivado Sustituye el artículo único de la ley Nº 18.026, que establece como feriado el Día de la unidad Nacional y delcara feriados los días 24 y 31 de diciembre de cada año.

Este proyecto buscaba eliminar el Día de la Unidad Nacional, reemplazándolo por las vísperas de Navidad y de Año Nuevo, descritos como fiestas esencialmente unitarias. Además justificaba este reemplazo de un feriado por dos diciendo que en los señalados días, habitual y generalmente la productividad es relativa, pues sólo se trabaja medio día, por lo cual declararlos feriados no afecta la productividad del país, sino que, por el contrario, se aumenta.. Es frecuente ver esta línea argumental para declarar feriados en las vísperas mencionadas (y en la del 18 de septiembre); véase la sección Feriados vespertinos de facto. para más información.

Compárese con los antiguos feriados administrativos vespertinos víspera de Navidad y víspera de Año Nuevo y con el proyecto 3644-06.

 
2901-06 04/04/2002 archivado Establece el día 16 de Julio de cada año como feriado regional en la I Región de Tarapacá.

Este proyecto comprendía las actuales regiones de Arica y Parinacota (XV) y de Tarapacá (I). Compárese con los proyectos 1272-06 y 3868-06.

La ley 20.148, publicada en 2007, declaró feriado nacional esta fecha.

 
3032-06 21/08/2002 rechazado Declara feriado legal el día 20 de septiembre del año 2002.
El propósito de este proyecto era tener un feriado de sandwich, pues las fiestas patrias de ese año cubrieron el miércoles 18 de septiembre y el jueves 19 de septiembre. Véase el anexo ¿Qué se celebra en Fiestas Patrias y qué días lo componen?.
 
3142-06 21/11/2002 archivado Fija el 21 de octubre de cada año como feriado para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena.
La fecha corresponde al descubrimiento del Estrecho de Magallanes, hecho ocurrido el 21 de octubre de 1520. Compárese con la efeméride regional dedicada al descubrimiento del territorio homónimo, con el proyecto 7646-24, que busca declarar la misma fecha como día nacional, con el feriado singular del 27 de noviembre de 1920 (sí, 27 de noviembre) y con los proyectos 3709-06, 5416-04, 7235-06 y 7242-06, referidos a la ocupación de la zona un 21 de septiembre.
 
3490-06 07/04/2004 archivado Traslada los días feriados correspondientes a fiestas patrias en la forma que indica.

Este proyecto buscaba trasladar el feriado del 18 de septiembre al viernes inmediatamente anterior, si correspondiere a sábado o domingo; si esto ocurriere con el feriado del 19 de septiembre, éste se trasladaría al lunes siguiente.

Esta fórmula es más interesante que la actualmente vigente (la dada por el Día de la Libación Nacional, vigente desde 2007). La siguiente tabla permite comparar cuántos días feriados habrían en cada caso (contando el sábado y el domingo como feriados englobados en las fiestas patrias):

Si el 18 de septiembre es... ... el mecanismo vigente produce esta cantidad de días feriados... ... mientras que el propuesto por el proyecto entrega esta cantidad.
lunes 4 (16 a 19 de septiembre) 4 (16 a 19 de septiembre)
martes 5 (15 a 19 de septiembre) 2 (15 y 16 de septiembre), un día hábil (17), y otros 2 (18 y 19)
miércoles 5 (18 a 22 de septiembre) 2 (18 y 19 de septiembre), un día hábil (20), y otros 2 (21 y 22)
jueves 4 (18 a 21 de septiembre) 4 (18 a 21 de septiembre)
viernes 3 (18 a 20 de septiembre) 4 (18 a 21 de septiembre)
sábado 2 (18 y 19 de septiembre) 4 (17 a 20 de septiembre)
domingo 3 (18 a 20 de septiembre) 4 (16 a 19 de septiembre)

Como se puede ver, la cantidad de días entregada por esta fórmula es más regular. Con una pequeña modificación (si el 18 es martes, adelantar el 18 y 19 un día; si es miércoles, retrasarlos un día), queda garantizado que siempre se celebren exactamente cuatro días...

Véase el anexo ¿Qué se celebra en Fiestas Patrias y qué días lo componen?.

 
3631-06 11/08/2004 archivado Modifica ley Nº 19.668, que traslada a los días lunes los feriados que indica y establece el Día de la mediación Papal.

Este proyecto pretendía reemplazar el feriado religioso de Corpus Christi por el feriado (de carácter civil) "Día de la Mediación Papal", en recuerdo de la mediación de 1978, que evitó detuvo la guerra con Argentina. La fecha habría sido calculada como el lunes posterior a aquel domingo en que la Iglesia Católica Romana celebrare la fiesta de Corpus Christi (actualmente lo hace el domingo inmediatamente posterior a la fecha correcta, que siempre es un jueves): en resumidas cuentas, se habría tratado de un feriado civil móvil, observado 64 días después del Domingo de Resurrección. Ésa debe haber sido de la buena...

Con todo, un aspecto positivo de este proyecto era explicitar que el gobierno debería consultar (con la debida antelación) la fecha correcta de celebración de este feriado a la Iglesia Católica chilena; recuérdese que se desconoce cuál es el sustento legal para el cálculo del Domingo de Resurrección tras la separación, en 1925, entre la iglesia y el estado.

 
3644-06 31/08/2004 archivado Declara feriados los días 17 de septiembre y 24 y 31 de diciembre de cada año.
Compárese con los antiguos feriados administrativos vespertinos víspera de Fiestas Patrias, víspera de Navidad y víspera de Año Nuevo y con el proyecto 2808-06.
 
3645-06 31/08/2004 archivado Traslada feriados que indica, cuando ocurran en domingo, al día lunes siguiente.
Este proyecto pretendía trasladar los feriados de Año Nuevo, Día de la Independencia Nacional, Día de las Glorias del Ejército y Navidad que ocurrieran en día domingo al lunes siguiente. Compárese con el proyecto 4080-06, que busca algo similar.
 
3658-06 08/09/2004 archivado Declara feriado el 19 de noviembre de 2004, para la Región Metropolitana.
El proyecto 3695-06, presentado el 5 de octubre de ese año, propuso lo mismo y se convirtió en la ley 19.978.
 
3709-06 20/10/2004 archivado Fija el 21 de septiembre de cada año como feriado para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena,

La fecha escogida corresponde a la toma de posesión del Estrecho de Magallanes, hecho ocurrido el 21 de septiembre de 1843. Compárese con los proyectos 3142-06, 5416-04 (el único de estos que busca crear un día nacional en vez de un feriado), 7235-06 y 7242-06, y con la efeméride regional dedicada a la ocupación de la Patagonia y la Tierra del Fuego.

El proyecto 5416-04 contiene el siguiente considerando:

Que recogiendo un anhelo de la comunidad chilota de la Región de Magallanes y de muchos de los Alcaldes de comunas de Chiloé, propuse complementarlo con la instauración de un feriado regional para la XII Región y la Provincia de Chiloé el 21 de septiembre de cada año, con el objeto de valorar esta gesta y perpetuar su significado para las futuras generaciones, iniciativa que lamentablemente fue declarada inconstitucional.

Esto deja registro del motivo para haber desechado este proyecto... aunque no está claro por qué se consideró inconstitucional.

 
3868-06 17/05/2005 promulgación pendiente Establece el día 16 de julio de cada año como feriado regional, en la Primera Región de Tarapacá, con motivo de la Fiesta Religiosa de la Virgen del Carmen de La Tirana.

Este proyecto comprendía las actuales regiones de Arica y Parinacota (XV) y de Tarapacá (I). Compárese con los proyectos 1272-06 y 2901-06.

Este proyecto fue refundido con el proyecto 3379-06, que se convirtió en la ley 20.148 (publicada en 2007), que declaró feriado nacional esta fecha. En esas condiciones, este proyecto debería haber sido archivado.

 
3901-06 22/06/2005 archivado Establece como feriado local el día 21 de junio en beneficio de la comunidad aymara.

Este proyecto proponía crear este feriado local en la provincia de Parinacota; su motivo era la celebración de la fiesta de Inti Raima (o "fiesta del sol"), dedicada al comienzo del nuevo año. Compárese con el proyecto 5162-24, dedicado al Año Nuevo Mapuche, y con el Día Nacional de Los Pueblos Indígenas.

 
3941-06 03/08/2005 archivado Establece el 24 de junio Dia de los pueblos Indígenas Originarios, como feriado legal.
El título es incorrecto: este proyecto de ley buscaba establecer este feriado (en la fecha indicada) con el nombre "Día de los Pueblos Originarios"; también hacía referencia explícita al Día Nacional de Los Pueblos Indígenas (vigente desde 1999), por lo que podía entenderse este proyecto como una suerte de "elevación de categoría" de dicha efeméride. Compárese con los proyectos 5162-24, 6730-06, 7020-06, 7037-06 y 7271-06.
 
3954-13 16/08/2005 archivado Excluye del régimen de feriados establecidos en el artículo 2º de la ley Nº 19.973 a los trabajadores de salas de cine de centros comerciales.
El artículo mencionado en el título es el que establece los feriados irrenunciables; este proyecto buscaba permitir el funcionamiento de las salas de cine que existan en un mall durante un feriado de este tipo (la normativa vigente en ese momento obligaba a cerrar todo el centro comercial).
 
4080-06 24/01/2006 en trámite Regula el número de días feriados en el año y favorece el descanso familiar

Este proyecto pretende que cuando los feriados de Año Nuevo, Día de las Glorias del Ejército (sí, el 19 de septiembre, no el 18) y Navidad ocurran en un domingo, el lunes inmediatamente siguiente sea feriado. Nótese que esto no es lo mismo que trasladar el feriado per se (y por lo tanto estos lunes feriados carecerán de nombre, más allá del mote informal de "San Lunes").

Este proyecto fue atendido en agosto de 2006 por la Comisión de Gobierno Interior, Regionalización, Planificación y Desarrollo Social de la Cámara de Diputados, que aprobó reducir el alcance de esta norma al feriado del 19 de septiembre. El mismo mes se discutió en la sala de la cámara baja, en donde se aprobó y se añadió un artículo que declara irrenunciable el feriado del 19 de septiembre.

Lamentablemente, este proyecto no ha seguido su avance. La posterior creación del Día de la Libación Nacional destruye cualquier expectativa realista de que sea aprobado; probablemente terminará archivado.

Compárese este proyecto con:

 
4094-06 07/03/2006 archivado Declara feriado el día lunes siguiente a las fechas que indica, correspondientes a navidad, año nuevo y fiestas patrias
Este proyecto plantea lo mismo que (la versión original d)el proyecto 4080-06. Para colmo, ambos fueron presentados con menos de dos semanas de diferencia, y fueron patrocinados por distintos diputados del mismo partido. ¿Qué habrá llevado a tal situación?
 
4198-06 10/05/2006 archivado Declara feriado para la comuna de Maipú el día 5 de abril de cada año.
Este proyecto buscaba conmemorar el aniversario de la Batalla de Maipú. Compárese con el antiguo feriado Aniversario de la Batalla de Maipú y con el feriado singular del 5 de abril de 1918, ambos dedicados a lo mismo.
 
4445-06 22/08/2006 archivado Declara el día 19 de septiembre como feriado obligatorio e irrenunciable para los trabajadores de centros comerciales.
Compárese con los proyectos 4080-06, 7921-13 y 7933-06.
 
4490-06 06/09/2006 archivado Regula el día feriado correspondiente al 25 de diciembre y favorece el descanso dominical.

Este proyecto propuso declarar feriado el lunes siguiente al 25 de diciembre, si éste ocurriere en un domingo, en los mismos términos que el proyecto 4080-06.

Queda claro que este proyecto insistía en el mismo asunto que el anterior, pues el autor era el mismo y el texto era prácticamente igual. Compárese con el proyecto 4491-06, que buscó hacer lo mismo con el feriado de Año Nuevo.

 
4491-06 06/09/2006 archivado Regula el día feriado correspondiente al 1 de enero y favorece el descanso familiar.

Este proyecto propuso declarar feriado el lunes siguiente al 1 de enero, si éste ocurriere en un domingo, en los mismos términos que el proyecto 4080-06.

Queda claro que este proyecto insistía en el mismo asunto que el anterior, pues el autor era el mismo y el texto era prácticamente igual. Compárese con el proyecto 4490-06, que buscó hacer lo mismo con el feriado de Navidad.

 
4662-24 09/11/2006 promulgación pendiente Establece día feriado las fechas que indica como "Día de la Iglesia Evangélica".
En su versión original, este proyecto contenía un esperpéntico artículo único, que decía Declárase feriado nacional el día 12 de Septiembre o el día 31 de Octubre o cualquier otra fecha que sea decidida para el efecto y sea representativa de dicha Iglesia como el "Día de la Iglesia Evangélica". Afortunadamente, fue refundido con el proyecto 4640-24, que se convirtió en la ley 20.299 (que estableció el feriado Día Nacional de las Iglesias Evangélicas y Protestantes). En esas condiciones, este proyecto debería haber sido archivado.
 
4675-06 16/11/2006 archivado Traslada feriado del Día de Todos los Santos al Día de los Difuntos.
Véase la entrada dedicada al Día de Todos los Santos.
 
4708-06 06/12/2006 archivado Establece como feriado local, en la comuna de Antofagasta, el día 14 de febrero de cada año.
Esta fecha recuerda la ocupación de la ciudad en 1879, al comenzar la Guerra del Pacífico.
 
4825-13 09/01/2007 archivado Hace aplicable disposiciones relativas a feriados obligatorios que indica a supermercados y multitiendas.
Este proyecto buscaba extender los efectos de los feriados irrenunciables a supermercados y multitiendas (pues la ley en ese momento no los incluía).
 
4833-13 11/01/2007 en trámite Establece obligatoriedad del descanso dominical, con las excepciones que indica.
Este proyecto busca que los días domingo sean de descanso obligatorio, con excepciones más restringidas que los que la normativa vigente al momento de la presentación de este proyecto preveía.
 
5160-13 03/07/2007 archivado Declara obligatorios e irrenunciables para los trabajadores que indica, los días domingos y festivos que señala.
Este proyecto pretendía declarar irrenunciables todos los feriados y extender la aplicabilidad del concepto de irrenunciabilidad a todos los establecimientos comerciales que superasen cierto tamaño (con algunas excepciones). Compárese con el proyecto 7209-13, que es prácticamente idéntico.
 
5162-24 03/07/2007 en trámite Establece el 24 de junio "Día del Año nuevo Mapuche".

Este proyecto pretende declarar el 24 de junio como feriado legal; da dos nombres distintos: "Día del We Txipantu" y "Día del Año Nuevo Mapuche". Compárese con los proyectos 3941-06, 6730-06, 7020-06, 7037-06 y 7271-06.

De todos los proyectos similares (incluyendo el ya existente Día Nacional de Los Pueblos Indígenas), éste es el único que trata el motivo correctamente (el año nuevo mapuche) en vez de generalizar indebidamente, asumiendo falsamente que todos los pueblos originarios celebran el mismo día (compárese también con el proyecto 3901-06). Véase la entrada dedicada a dicho día nacional para más detalles.

 
5196-06 11/07/2007 en trámite Declara Feriado el Día 17 de septiembre del año 2007.
El proyecto 4976-13, presentado en abril de 2007 y que se convirtió en la ley 20.215, creó el Día de la Libación Nacional y también declaró (si bien de manera redundante) feriado el 17 de septiembre de 2007. Así, este proyecto no fue atendido por ser innecesario; en algún momento será archivado. Véase el anexo ¿Qué se celebra en Fiestas Patrias y qué días lo componen?.
 
5232-13 02/08/2007 archivado Permite a trabajadores exigir a la empresa dar libre día laboral en caso que indica.
De acuerdo con la normativa vigente cuando se presentó este proyecto (véase la ley 19.920, de diciembre de 2003), el trabajador y el empleador podían acordar que el primero se tomara un día hábil entre dos feriados o entre un feriado y un sábado o domingo (conocido popularmente como "feriado sandwich"), compensándolo con la prestación de servicios con anterioridad o posterioridad a la fecha en cuestión. Este proyecto buscaba dar a los trabajadores (de empresas que no realicen actividades cuya suspensión les ocasione perjuicios) el derecho preferente en este acuerdo, autorizándoles a tomar la decisión por su cuenta y exigiendo su acatamiento a los empleadores.
 
5256-06 13/08/2007 archivado Establece como feriado el día 31 de diciembre de 2007.
El día mencionado fue lunes; este proyecto pretendía establecer un feriado sandwich, recurriendo además al argumento de la productividad naturalmente disminuida por tratarse de la víspera de Año Nuevo.
 
6023-06 07/08/2008 archivado Traslada festividad de la Virgen del Carmen.

Este proyecto pretendía trasladar el feriado de la Virgen del Carmen al lunes de la semana inmediatamente siguiente si ocurriere en un día hábil (sin exceptuar el lunes), porque dicha festividad es civil por cuanto la Iglesia Católica no ha declarado Día de Precepto el 16 de julio, por lo que no es obligatorio para los católicos ir a Misa [sic].

De todos los proyectos malos que hay en este listado, este es lejos el peor de todos. ¿Que esta festividad es de carácter civil? Explíquenle eso a quienes celebran la fiesta de La Tirana. ¿Y qué pasa si el 16 de julio cae en un lunes? ¿Qué sentido tiene trasladar el feriado al lunes 23?

Afortunadamente, esta propuesta fue archivada después de que todos los parlamentarios que la patrocinaron retiraran sus firmas (presumiblemente al darse cuenta de lo descerebrada que era).

 
6064-06 04/09/2008 en trámite Establece feriado regional en la Región de Antofagasta, el día 8 de septiembre de cada año, con motivo de la Fiesta Religiosa de nuestra señora de Guadalupe de Ayquina.
Compárese con el antiguo feriado nacional Natividad de la Virgen.
 
6181-06 04/11/2008 en trámite Establece como feriado nacional el 12 de febrero de cada año, Día de la Proclamación de la Independencia de Chile.
Compárese con el antiguo feriado Aniversario de la Declaración de Independencia.
 
6371-13 20/01/2009 en trámite Modifica Art. 2º de ley Nº 19.973, con el objeto de exceptuar del día de feriado que indica y, en las condiciones que señala, a los trabajadores dependientes de establecimientos de la industria panificadora.
Este proyecto pretende exceptuar a los trabajadores del pan de manera limitada a la irrenunciabilidad del feriado correspondiente al 18 de septiembre (y solamente ése); recuérdese que la ley provee excepciones para ciertos grupos de trabajadores, que no incluyen a la gente indicada, y que es esta industria la que produce las empanadas que son consumidas con frenesí durante las Fiestas Patrias; a diferencia de otras cosas, como la chicha, las empanadas no pueden ser preparadas con antelación.
 
6505-24 07/05/2009 en trámite Establece feriado de Bicentenario.
Éste es uno de los varios proyectos de ley involucrados en el feriado del bicentenario. Véase la entrada dedicada al feriado singular del 17 y 20 de septiembre de 2010 para más información sobre este proyecto (y el enorme embrollo que se produjo).
 
6637-06 04/08/2009 en trámite Instaura, en la Región del Libertador Bernardo O¨Higgins, el día 30 de agosto de cada año, feriado regional, con motivo de la celebración de Santa Rosa de Pelequén.
Este proyecto presenta errores severos en el considerando: lista los feriados nacionales, omitiendo varios e incluyendo el Corpus Christi (derogado en enero de 2007), y afirma que el feriado de la Virgen del Carmen es regional (en realidad es nacional).
 
6730-06 14/10/2009 en trámite Establece como feriado nacional el 24 de junio, "Día Nacional de los Pueblos Indígenas de Chile", y retira dicha calidad al 12 de octubre, "Día del Descubrimiento de Dos Mundos".
Compárese con los proyectos 3941-06, 5162-24, 7020-06, 7037-06 y 7271-06.
 
6929-06 11/05/2010 en trámite Declara feriado el día 17 de septiembre del año 2010.
Éste es uno de los varios proyectos de ley involucrados en el feriado del bicentenario. Véase la entrada dedicada al feriado singular del 17 y 20 de septiembre de 2010 para más información sobre este proyecto (y el enorme embrollo que se produjo).
 
6967-06 02/06/2010 en trámite Declara feriado el día 7 de junio para la Región de Arica y Parinacota.
Compárese con el feriado singular del 6 y 7 de junio de 1955 y con el proyecto 2685-06.
 
7020-06 29/06/2010 en trámite Declara feriado el 24 de junio, en homenaje a los Pueblos Originarios de Chile.
Compárese con los proyectos 3941-06, 5162-24, 6730-06, 7037-06 y 7271-06.
 
7037-06 06/07/2010 en trámite Establece feriado el 24 de junio de cada año, para celebrar el Día Nacional de los Pueblos Indígenas.

Este proyecto pretende elevar de rango al Día Nacional de los Pueblos Indígenas, convirtiéndo este día nacional en un feriado. Compárese con los proyectos 3941-06, 5162-24, 6730-06, 7020-06 y 7271-06.

Este proyecto, además de declarar feriado, otorga permiso a los miembros de los pueblos originarios [reconocidos por el Estado] para ausentarse de su lugar de trabajo, estudio o servicio, desde las 20:00 horas del día 23 de junio hasta la medianoche del día 24 de junio sin excepción. Obviando el grosero error de la última frase (la medianoche del 24 corresponde a las 00:00 horas del día 24, no del día 25, por lo que este permiso abarcaría solamente las últimas cuatro horas del día 23), esto es manifiestamente discriminatorio, pues establece una diferencia legal basada en pertenencia a una etnia, algo que está prohibido por la constitución (el artículo 19 dice claramente que La Constitución asegura a todas las personas: [...] 2º.- La igualdad ante la ley. En Chile no hay persona ni grupo privilegiados.). Compárese con el proyecto 7891-06, que comete el mismo error.

 
7066-13 14/07/2010 en trámite Declara feriado obligatorio e irrenunciable el 19 de septiembre de 2010, para los trabajadores dependientes del comercio.
Éste es uno de los varios proyectos de ley involucrados en el feriado del bicentenario. Véase la entrada dedicada al feriado singular del 17 y 20 de septiembre de 2010 para más información sobre este proyecto (y el enorme embrollo que se produjo).
 
7209-13 14/09/2010 en trámite Declara obligatorios e irrenunciables para los trabajadores que indica, los días domingos y festivos que señala.

Este proyecto pretende declarar irrenunciables todos los feriados y extender la aplicabilidad del concepto de irrenunciabilidad a todos los establecimientos comerciales que superen cierto tamaño (con algunas excepciones). Compárese con el proyecto 5160-13, que es prácticamente idéntico.

Éste es uno de los varios proyectos de ley involucrados en el feriado del bicentenario. Véase la entrada dedicada al feriado singular del 17 y 20 de septiembre de 2010 para más información sobre este proyecto (y el enorme embrollo que se produjo).

 
7235-06 29/09/2010 en trámite Establece un feriado especial para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena.
Este proyecto busca declarar feriado el 21 de septiembre en la región indicada y también en la Provincia de Chiloé. Compárese con los proyectos 3142-06, 3709-06, 5416-04 (el único de estos que busca crear un día nacional en vez de un feriado) y 7242-06 (éste último prácticamente idéntico a este proyecto y presentado el mismo día), y con la efeméride regional dedicada a la ocupación de la Patagonia y la Tierra del Fuego.
 
7242-06 29/09/2010 en trámite Declara feriado el 21 de septiembre para la provincia de Chiloé y la Región de Magallanes y la Antártica Chilena.
Este proyecto busca declarar feriado el 21 de septiembre en la región y en la provincia indicadas. Compárese con los proyectos 3142-06, 3709-06, 5416-04 (el único de estos que busca crear un día nacional en vez de un feriado) y 7235-06 (éste último prácticamente idéntico a este proyecto y presentado el mismo día), y con la efeméride regional dedicada a la ocupación de la Patagonia y la Tierra del Fuego.
 
7271-06 26/10/2010 en trámite Establece el Día de los Pueblos Originarios.
Este proyecto busca reemplazar el feriado del 12 de octubre por el 24 de junio, "Día de los Pueblos Originarios". Compárese con los proyectos 3941-06, 5162-24, 6730-06, 7020-06 y 7037-06.
 
7275-06 27/10/2010 en trámite Establece, como feriado regional en la Región de Atacama, el 22 de agosto como Día de la Esperanza Minera.
Compárese con el proyecto 7281-06, que busca declarar el 22 de agosto como "Día Nacional de la Esperanza"; como ése busca declarar solamente un día nacional en vez de un feriado regional, tiene una mucho mejor opción de convertirse en ley (el legislador, al menos en esta época, mira con recelo los feriados regionales).
 
7587-07 13/04/2011 en trámite Reforma constitucional que establece la facultad presidencial de fijar feriados regionales.

Este proyecto busca reformar la constitución, otorgando al Presidente de la República la facultad de otorgar, año a año, feriados regionales (entendido esto en el sentido estricto: para una región particular del país, de acuerdo con la división político-administrativa vigente, en vez de simplemente un feriado local). El considerando del proyecto explica que esto debería hacerse con arreglo a alguna ley y reglamento para el efecto; presumiblemente, el presidente quedaría facultado para establecer feriados regionales mediante decretos.

Compárese con el proyecto de ley 1248-06.

En su considerando, este proyecto menciona la presentación de diversos proyectos de ley que buscaron crear feriados regionales... y el fracaso de todos ellos, por desinterés del ejecutivo; se argumenta que las celebraciones locales que se efectúen "van a hacerse de todas maneras, por lo que es mejor legislar". Con todo, los autores del proyecto olvidan un punto importante: los feriados locales propuestos en el pasado corresponden en general a celebraciones tradicionales que se han efectuado desde antaño (desde el siglo XIX, como el 7 de junio en Arica o el 2 de octubre en Rancagua, o desde antes de la independencia, como la fiestas de Santa Rosa en Pelequén y de San Sebastián en Yumbel), y que han sido ahogadas parcial o totalmente por la miopía del ejecutivo y del legislativo al establecer normas generales para todo el país, sin atender las tradiciones locales preexistentes.

Si bien este autor concuerda en general con la idea de tener feriados locales en el país, este proyecto en particular tiene varios problemas: una de las dificultades de lograr que un proyecto como éste sea exitoso es que la población en general necesita saber a qué atenerse con la debida antelación: piénsese en las complicaciones que provendrían de estar decretando un feriado regional apenas unos días antes de la fecha en que deba celebrarse (¡cada año!). Otro problema es que esta facultad se prestaría para divergencias de criterio (o derechamente abusos) de todo tipo: el Presidente Centralio Santiáguez podría abstenerse de decretar feriados regionales durante todo su mandato, mientras que su sucesor Aysenio del Campo podría tener a su región favorita en un estado de feriado permanente, en detrimento de las demás, que deberían subsidiarla. Sería mucho mejor establecer, por ley, una cantidad fija de feriados locales (repartidos igualitariamente en cada región) y nada más.

 
7795-18 18/07/2011 en trámite Establece el Día Nacional de la Familia y declara feriado irrenunciable el último domingo del mes de julio para efecto de su celebración.

El propósito de este pretendido feriado, de acuerdo con el considerando del proyecto, es crear una ocasión para reunir a las familias, aprovechando el hecho de que los feriados irrenunciables obligan a cerrar la mayor parte del comercio.

Este proyecto de ley no entrega un motivo acerca de la fecha escogida - se limita a declarar que la designación del último día Domingo del mes de Julio se condice con el hecho que este período exhibe sólo un día declarado feriado y, por tanto, la eventual aprobación de este proyecto no generará un impacto negativo en el devenir natural del país; esto no explica por qué se optó por el último domingo del mes ni, para el caso, por qué el mes de julio.

Por añadidura, el proyecto detalla celebraciones similares en otros países, pero olvida mencionar el Día Nacional de la Familia, día nacional existente en Chile desde 1989. Esta severa omisión ha continuado durante el (aún inconcluso) trámite parlamentario.

 
7891-06 31/08/2011 en trámite Relativo al reconocimiento de los días sagrados del Islam.

Este proyecto busca dar reconocimiento oficial a dos fiestas musulmanas: Eid al-Fitr (fin del ayuno de Ramadán) y Eid al-Adha (celebración del sacrificio, en honor a Abraham) y declararlas como "días no laborables" [sic] para aquellas personas que profesen esta religión; esto es abiertamente inconstitucional, pues establece un mecanismo discriminatorio basado en la religión (el artículo 19 de la carta magna dice claramente que La Constitución asegura a todas las personas: [...] 2º.- La igualdad ante la ley. En Chile no hay persona ni grupo privilegiados.). Compárese con el proyecto 7037-06, que comete el mismo error.

Compárese también con el proyecto 7450-07, que busca reconocer oficialmente la observancia de los días sagrados del bahaísmo (aunque éste no viola la constitución de la misma manera).


Obviando lo anterior, este proyecto de ley tiene un grave error de concepto: trata a estas fechas como móviles (comparándolas directamente con las fiestas móviles cristianas, que dependen del Domingo de Resurrección), cuando en realidad son fechas fijas en el calendario musulmán: Eid al-Fitr se celebra el primer día del mes de Shawwal y Eid al-Adha se celebra desde el décimo día hasta el duodécimo del mes de Dhu al-Hijjah. La aparente movilidad de estas fiestas se produce porque el calendario musulmán es lunar y tiene una duración menor que el calendario gregoriano (solar): 354 ó 355 días en vez de 365 ó 366.

Para complicar más las cosas, en el Islam no hay una autoridad central que establezca normas generales para todos los musulmanes: cada comunidad puede seguir a la autoridad y observar las costumbres que mejor le venga en gana (contrástese, por ejemplo, con la Iglesia Católica y con la Iglesia Ortodoxa, que tienen como autoridades máximas, respectivamente, al Papa y al Santo Sínodo).

Respecto del calendario, debido a lo anterior, hay distintas maneras de determinar cuándo exactamente se produce el comienzo de cada mes, que puede calcularse en base al acto mismo del avistamiento de la luna nueva por una persona de confianza en la región local... o puede dependerse del avistamiento en otro lugar del planeta; otras comunidades optan por cálculos astronómicos y aun otras por datos obtenidos a partir de tablas, aunque aprobados por un avistamiento en base a lo predicho; un efecto conocido de todo esto es que las comunidades musulmanas asentadas más al oeste tienden a iniciar un nuevo mes antes que las más orientales. En casos extremos pueden haber hasta dos días de diferencia entre los calendarios de dos comunidades musulmanas distintas. Este proyecto de ley dice simplemente que las fechas se determinan de acuerdo a la visibilidad de la luna nueva y no sólo con los datos astronómicos de su nacimiento, dejando la responsabilidad de determinar las fechas exactas de ambas fiestas en la mezquita o centro islámico correspondiente a cada creyente... lo que implica que distintos empleados musulmanes en una misma empresa podrían ausentarse en diferentes días para observar la misma fiesta, provocando en sus empleadores confusión o infundadas sospechas de juego sucio, lo que ciertamente no es deseable.

Otro aspecto que ni siquiera es tocado por este proyecto es el hecho de que las festividades musulmanas comienzan al anochecer del día anterior, lo que en ciertas condiciones haría necesario un período de ausencia laboral mayor que el prescrito por este proyecto de ley.

 
7896-06 31/08/2011 en trámite Declara el día 19 de septiembre de 2011 como feriado irrenunciable para los trabajadores del comercio.

Este proyecto, al igual que varios otros, demuestra lo desordenado que puede llegar a ser el proceso de crear leyes en Chile.

Durante la noche del 30 de agosto de 2011, la Ministra del Trabajo anunció en un programa de televisión que el gobierno presentaría al día siguiente un proyecto de ley para declarar feriado irrenunciable el 19 de septiembre de 2011 (véase Gobierno enviará hoy proyecto para que el 19 de septiembre sea feriado irrenunciable). Para cuando llegó el mediodía, el Congreso había recibido otros dos proyectos de ley, uno patrocinado por diputados (7893-13) y otro por senadores (7896-06, éste), que buscaban exactamente lo mismo... y era evidente que fueron escritos a la rápida (ambos eran sustancialmente más breves que el de gobierno y carecían de referencias). El proyecto del gobierno (7900-13) quedó registrado con fecha 1 de septiembre, por lo que, a pesar de ser el primero en haber sido redactado, aparentaba erradamente ser el último.

El 6 de septiembre, los proyectos 7893-13 y 7900-13 fueron refundidos en uno solo y aprobados por la Comisión de Trabajo y Seguridad Social de la Cámara de Diputados, mientras que la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización del Senado aprobó el otro proyecto (7896-06). El día siguiente, este último fue aprobado en la sala de la cámara alta y despachado a la cámara baja, ingresando a su Comisión de Trabajo y Seguridad Social un día más tarde, el 8 de septiembre... la misma fecha en que el proyecto refundido fue aprobado en la sala de la Cámara de Diputados y despachado al Senado, en donde fue aprobado en la sesión de la sala del 13 de septiembre (habiendo sido eximido del trámite de comisión) y enviado al ejecutivo para su promulgación, lo que ocurrió al día siguiente; el 16 de septiembre fue publicado como la ley 20.538.

Como el proyecto originado en el Senado (éste) ya no es necesario, no ha seguido siendo tramitado; no puede ser archivado sin más, pues fue aprobado por una de las cámaras del Congreso - simplemente quedará en su actual estado por un tiempo indefinido.

Además de lo anterior, producto de la discusión general de estos tres proyectos de ley, se presentaron dos más (7921-13 y 7933-06), que buscan declarar irrenunciables todos los días 19 de septiembre. Es de esperar que sean atendidos antes de septiembre de 2012...


Compárese con los proyectos 4080-06 (en trámite hace varios años, y que en agosto de 2006 incorporó la idea de declarar feriado irrenunciable todos los 19 de septiembre), 4445-06, 7066-13 y los ya mencionados 7921-13 y 7933-06.

 
7911-06 06/09/2011 en trámite Establece el Sistema de Elecciones Primarias para la nominación de candidatos a Presidente de la República, Parlamentarios y Alcaldes.

Este proyecto de ley busca establecer un nuevo tipo de consulta popular: las elecciones primarias, que permitirán a la ciudadanía escoger a los candidatos de cada partido político (de entre un conjunto de pre-candidatos escogidos por los mismos partidos...) para las elecciones presidenciales, parlamentarias y municipales (en este último caso sólo para elegir alcaldes, no concejales). Se citan tres artículos de (la versión original de) este proyecto:

Artículo 3.- El Servicio Electoral deberá organizar una elección primaria conjunta para la nominación de los candidatos a los cargos de Presidente de la República y parlamentarios y otra para el cargo de Alcalde.

La elección primaria de Presidente de la República y parlamentarios será de carácter nacional y deberá realizarse el decimoséptimo domingo anterior a la fecha de la elección de Presidente de la República.

La elección primaria de alcaldes deberá realizarse el decimoséptimo domingo anterior a la fecha de las elecciones municipales.

Las elecciones primarias se realizarán simultáneamente en las fechas indicadas para todos los candidatos de los partidos políticos y pactos electorales que participen en ellas.

Artículo 4.- Lo señalado en el artículo anterior regirá siempre y cuando algún partido político o pacto electoral de partidos políticos, haya inscrito candidaturas para las elecciones primarias de Presidente de la República, parlamentarios o alcaldes, según corresponda, de conformidad a lo señalado en los artículos 14 y 15, y éstas hayan sido aceptadas por el Servicio Electoral.

Las elecciones primarias se realizarán sólo en los territorios electorales donde se hayan inscrito candidatos.

Para efecto de esta ley se entenderá como territorio electoral, en el caso de la elección de Presidente de la República a todas las circunscripciones electorales existentes, en el caso de la elección de senadores al territorio comprendido por las circunscripciones senatoriales, en el caso de la elección de diputados al territorio comprendido por el distrito electoral, y en el caso de la elección de alcaldes al territorio de la comuna.

[...]

Artículo 6.- Para las elecciones primarias reguladas por esta ley, en todo lo que no sea contrario a ella y en lo que le sea aplicable, regirán las disposiciones de la Ley 18.700 Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, de la Ley 18.556 Orgánica Constitucional de Inscripciones Electorales y Servicio Electoral y de la ley 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades.

Si este proyecto llega a convertirse en ley sin que estos artículos cambien, se producirán los siguientes efectos:

  1. El artículo 3, en la medida que la ley esté vigente a tiempo, implica que las elecciones primarias previas a las municipales del 28 de octubre de 2012 deberán efectuarse el 1 de julio de 2012, mientras que las correspondientes a las elecciones presidencial y parlamentarias del 17 de noviembre de 2013 deberán ocurrir el 21 de julio de 2013.

  2. Del artículo 6 se desprende que los días en que se efectúen elecciones primarias serán feriados, en virtud del artículo 169 de la ley 18.700 (... aunque, como siempre serán domingo, no habrá mayor repercusión).

  3. Ahora bien... el artículo 4 establece la posibilidad de que cada feriado sea nacional o que sea feriado local, válido solamente en algunas regiones, provincias y/o comunas.

    Por ejemplo, supongamos que previamente a efectuarse elecciones municipales, todos los partidos políticos recurren a primarias para escoger sus candidatos a alcalde en la comuna de Providencia, mientras que en Ñuñoa todos los candidatos son designados directamente por las directivas correspondientes; en la comuna de Macul ocurre lo mismo, con una excepción: el partido de Restauración Democrática Permanente exige efectuar una primaria para escoger su candidato. En tal situación, habría feriado en Providencia y en Macul pero no en Ñuñoa. El mismo criterio es aplicable a las elecciones parlamentarias, en cuyo caso podrían haber feriados regionales, provinciales y comunales simultáneamente en distintas partes del país, dependiendo de en qué circunscripciones y en qué distritos electorales se deban efectuar primarias.


Este proyecto fue aprobado por la Cámara de Diputados el 3 de enero de 2012, con algunas modificaciones:

  • Se modificó el artículo 3, reemplazando las dos palabras "decimoséptimo" por "vigésimo".
  • Dicho lo anterior, si la ley se publica cuando queden menos de 240 días para las elecciones municipales del 28 de octubre de 2012, se mantendrá el decimoséptimo domingo anterior.
  • Finalmente, la ley entrará en vigencia el día en que se publique, siempre que falten al menos 210 días para la siguiente elección general. De no ser así, entrará en vigencia un mes después de la elección.

Esto significa que, de no haber cambios ulteriores:

  • Si la ley es publicada a más tardar el 2 de marzo de 2012, la elección primaria de candidatos a alcaldes se efectuará el 10 de junio de 2012 y las de candidatos a presidente y/o parlamentarios el 27 de octubre de 2013.
  • Si la ley es publicada entre el 3 de marzo y el 1 de abril de 2012, la elección primaria de candidatos a alcaldes se efectuará el 1 de julio de 2012 y las de candidatos a presidente y/o parlamentarios el 27 de octubre de 2013.
  • Si la ley es publicada después del 1 de abril de 2012, no habrán elecciones primarias de candidatos a alcalde.

Las fechas límite para las elecciones de 2013 se dejan como ejercicio para el lector.

 
7921-13 12/09/2011 en trámite Declara feriado obligatorio e irrenunciable, el 19 de septiembre para los trabajadores dependientes del comercio.

Este proyecto busca declarar feriado irrenunciable el Día de las Glorias del Ejército. Fue presentado durante la discusión de los proyectos de ley que buscaron (con éxito) declarar feriado irrenunciable el 19 de septiembre de 2011.

Compárese con los proyectos 4080-06, 4445-06, 7066-13 y 7933-06.

 
7923-06 12/09/2011 en trámite Establece elección directa de los Consejeros Regionales.

En 1992, la ley 19.175 estableció que, en cada región, el gobierno regional está constituido por el intendente y el consejo regional [art. 22]; éste está integrado, además del intendente, por consejeros que serán elegidos por los concejales de la región, constituidos para estos efectos en colegio electoral por cada una de las provincias respectivas [art. 29].

En 2009, la ley 20.390 reformó la constitución indicando que los miembros de cada consejo regional deben ser elegidos por sufragio universal en votación directa. Este proyecto de ley busca dar cumplimiento a dicha norma, creando las elecciones regionales.

Los artículos 82 y 83 propuestos establecen que estas elecciones deben atenerse a lo dispuesto por la ley 18.700 y que se efectúen conjuntamente con las municipales. Si esto se convierte en ley a tiempo y en esos términos, el feriado del 28 de octubre de 2012 lo será por "elecciones regionales y municipales" en vez de simplemente "elecciones municipales".

 
7933-06 14/09/2011 en trámite Declara el día 19 de septiembre como feriado obligatorio e irrenunciable para los dependientes del comercio.

Este proyecto busca declarar feriado irrenunciable el Día de las Glorias del Ejército. Fue presentado durante la discusión de los proyectos de ley que buscaron (con éxito) declarar feriado irrenunciable el 19 de septiembre de 2011.

Compárese con los proyectos 4080-06, 4445-06, 7066-13 y 7921-13.

 
7969-24 04/10/2011 en trámite Establece el día del trabajador radial y declara el 21 de septiembre feriado irrenunciable para los trabajadores de la radiodifusión.
Este proyecto busca reponer la antigua tradición del gremio radial de suspender las transmisiones el 21 de septiembre, fecha reconocida como el Día Nacional del Trabajador de la Radiodifusión Sonora, creando un feriado ocupacional para este efecto.
 
8065-24 28/11/2011 en trámite Establece que el 4 de julio es el día del Congreso Nacional.

El proyecto de ley 7688-07, presentado en junio de 2011, propone trasladar la Cuenta Pública del Presidente de la República del 21 de mayo (fecha establecida por la constitución de 1980, y antes por la de 1925) al 4 de julio, que corresponde al aniversario del Congreso Nacional. Durante la discusión parlamentaria, se acordó presentar un segundo proyecto de ley (éste), que declarare feriado este día (con el nombre Día del Congreso Nacional de Chile) para mantener el carácter solemne de la cuenta pública.

El considerando de este proyecto recomienda la eliminación de un feriado para compensar la creación de éste, dejando en manos del debate parlamentario determinar cuál deberá ser suprimido; el feriado de San Pedro y San Pablo, dadas su cercanía e historia, resulta ser el candidato más natural.

Debe notarse que el 4 de julio se observa el día nacional Día del Congreso Nacional, así declarado mediante un... decreto de gobierno... de 1991; este proyecto de ley no menciona su existencia en ninguna parte.

 
8122-06 21/12/2011 en trámite Establece como feriado el 2 de enero de 2012.

Este proyecto, condenado al fracaso desde un principio, pretende declarar feriado el lunes 2 de enero de 2012, para compensar el hecho de que el 1 de enero y el 25 de diciembre anteriores cayeron en domingo.

¿Por qué condenado al fracaso? ¡Por extemporáneo! Un diputado sugirió esto el 20 de diciembre, pidiendo que el Ejecutivo ingresara el proyecto de ley y que fuese atendido primero por el Senado [sic] (nótese que presentar un proyecto de ley que declare feriado un día NO es de atribución exclusiva del Ejecutivo; además, los proyectos iniciados por éste necesariamente son tramitados primero por la Cámara de Diputados y no por el Senado). Como no obtuvo una respuesta positiva del Ejecutivo, el diputado presentó un proyecto de ley propio (éste) al día siguiente, el 21, que es lo que debió hacer en un principio. Ahora bien, ingresó sin urgencia (un aspecto controlado por el Ejecutivo, no por el Congreso) y el 21 y el 22 de diciembre se celebrarían las últimas dos sesiones del año de la Cámara de Diputados, mientras que el Senado celebraría su última sesión de 2011 el mismo 21, por lo que simplemente no había opción de atenderlo a tiempo.

En algún momento del futuro este proyecto quedará archivado "por haber perdido oportunidad".

 

Última actualización: 9 de enero de 2012.

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